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Modelo De Minuta


Enviado por   •  19 de Septiembre de 2014  •  3.763 Palabras (16 Páginas)  •  416 Visitas

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MINUTA DE CONSTITUCIÓN DE GESAV SOCIEDAD COLECTIVA

En la ciudad de Valledupar a los doce (12) días del mes de febrero de 2013 comparecieron: SOLANYI ÁLVAREZ PADILLA, Colombiana, mayor de edad, de estado civil soltera, domiciliado y residente en la Diagonal 16E No 24-39 barrio Los Fundadores de la ciudad de Valledupar, identificada con la cédula de ciudadanía número 95112714210 expedida en Valledupar Cesar, RICARDO JAVIER RÍOS PALOMINO, Colombiano, mayor de edad, de estado civil soltero, domiciliado y residente en la Calle 17 Bis No 43-05 barrio Cicerón Maestre de la ciudad de Valledupar, identificado con la cédula de ciudadanía número 1065624814 expedida en Valledupar Cesar, PABLO SEGOVIA OSPINO, Colombiano, mayor de edad, de estado civil soltero, domiciliado y residente en la Manzana C Casa 22 barrio Nuevo Milenio de la ciudad de Valledupar, identificado con la cédula de ciudadanía número 1010151286 expedida en Astrea Cesar, HEMERSON PALLARES RAMOS, Colombiano, mayor de edad, de estado civil soltero, domiciliado y residente en la Manzana 28 Casa 98 barrio Villa Jaidí de la ciudad de Valledupar, identificado con la cédula de ciudadanía número

106290947 expedida en Pelaya Cesar, ANYI ESCOBAR ALCENDRA, Colombiana, mayor de edad, de estado civil soltera, domiciliado y residente en la Calle

17 A No 28-71 barrio Pupo de la ciudad de Valledupar, identificado con la cédula de ciudadanía número 1065663829 expedida en Valledupar Cesar, FERNANDO DAVID LÓPEZ ZAPATA, Colombiano, mayor de edad, de estado civil soltero, domiciliado y residente en la transversal 21 No 18A-22 barrio Los Caciques de la ciudad de Valledupar, identificado con la cédula de ciudadanía número 1065564787 expedida en Valledupar Cesar, quienes manifestaron que por medio del presente instrumento público han decidido constituir una Sociedad Colectiva, la cual se regirá por los siguientes estatutos: CLAUSULA PRIMERA. NOMBRE, ESPECIE, DOMICILIO, OBJETO Y DURACION DE LA SOCIEDAD. Artículo 1º. La sociedad girará bajo la razón social GESTORES ADMINISTRATIVOS DE VALLEDUPAR, “GESAV”, tendrá el carácter de sociedad regular colectiva de comercio, con domicilio principal en la ciudad de Valledupar, departamento de Cesar, República de Colombia, pero ella se reserva la facultad de mudar su domicilio y de darse otro u otros, así como también la de crear sucursales y agencias en otros lugares dentro o fuera del país. Artículo 2º. El objeto social será GESAV tiene como objeto social: la prestación de servicio administrativo en atención al cliente, asesoría en gestión documental, organización y ejecución de eventos y cualquier actividad civil o comercial lícita. Artículo 3º. La sociedad durará por el término de Diez (10) años, contados a partir del día 12 de febrero del presente año, fecha desde la cual inició operaciones esta sociedad, término que podrá ser prorrogado o darse por expirado antes de su vencimiento, en las condiciones y mediante el lleno de los requisitos que se establecen en los presentes estatutos. CLAUSULA SEGUNDA. CAPITAL Y SOCIOS. Artículo 4º. El capital de la sociedad es de SESENTA MILLONES DE PESOS ($60.000.000.oo) moneda legal colombiana, el cual para todos los efectos que fueren necesarios se considera representado o dividido en SESENTA MIL (60.000) derechos a partes de interés de un valor nominal de mil pesos ($1.000) cada uno, derechos o partes que no estarán representados por títulos ni son negociables en el mercado pero si pueden cederse por escritura pública previo cumplimiento de los requisitos que más adelante se estipula. Artículo 5º. El capital social y los derechos o

partes de interés en que se haya dividido ha sido aportado por los socios constituyentes así: DIEZ MILLONES DE PESOS aportados por cada socio, para un total de SESENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($60.000.000.oo). Suman los anteriores aportes el capital social o sea la suma de SESENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($60.000.000.oo). Artículo 6º. A entera satisfacción de la sociedad los socios han suscrito y pagado en su integridad todos los aportes de la siguiente manera: en efectivo CLAUSULA TERCERA. DIRECCION Y ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD. Artículo 7º. Son órganos directivos y administrativos de la sociedad los siguientes: a) La Asamblea General de Socios, b) La Junta Directiva y c) Un Gerente General, un Gerente Administrativo y un Gerente de Ventas. PARAGRAFO- La disposición de este artículo obedece a la delegación expresa e irrevocable que la totalidad de los socios hace de las facultades directivas y administrativas que de derecho les corresponde a todos y a cada uno de ellos a favor de los expresados organismos. Artículo 8º. La representación, administración y uso de la razón social así como de marcas, corresponde al Gerente General por delegación de los socios. Esta delegación que obliga igualmente a los causa habientes de los socios no se opone a que la Gerencia General quede sometida en e cuanto a representación y administración de la sociedad, a lo estipulado en los estatutos sociales. CLAUSULA CUARTA. ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS. Artículo 9º. La Asamblea General de Socios se compone por todos los socios de la compañía y en ella está las facultades plenas directivas y dispositivas y su funcionamiento se rige de acuerdo a los reglamentos prescritos en los estatutos de la compañía. Artículo 10º. La Asamblea General de Socios se reunirá de forma ordinaria cada seis meses en el domicilio social de de la empresa en la fecha y hora que determine el Gerente General o quien haga sus veces, quien convocará a los socios por escrito mínimo con cinco días de anticipación. También se reunirá en forma extraordinaria en cualquier tiempo, en el domicilio social de la empresa o en cualquier acordado por los socios, por convocatoria hecha por la misma asamblea o por la Junta Directiva, o por el Gerente General o por un número de socios que representen por lo menos las dos terceras partes del capital social, en este evento la convocatoria deberá hacerse por escrito y con anticipación no menor de diez días a la fecha fijada para la reunión. Artículo 11º. El Gerente General presidirá las reuniones de la Asamblea General de Socios cuando este sea socio de la Compañía, y a falta de este o si no tiene el carácter de socio, por la persona que designa los concurrentes. A cada socio le corresponderán tantos votos o cuantos derechos o partes posea en la sociedad. Actuará como secretario, la persona que designe el Presidente. PARAGRAFO. Las deliberaciones, resoluciones y, en general, todas las actuaciones de la Asamblea General, se harán constar en un libro de actas previamente registrado en la Cámara de Comercio de la ciudad de Valledupar y cada acta será autenticada con la firma del Presidente y del Secretario. Artículo 12º. Constituirá quórum para deliberar y decidir en la Asamblea General, la

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