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Modificaciones A La Miscelanea Fiscal 2012


Enviado por   •  19 de Octubre de 2012  •  1.083 Palabras (5 Páginas)  •  552 Visitas

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El pasado 12 de octubre del presente se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Tercera Resolución de Modificaciones a la Miscelánea Fiscal 2012, por lo que damos a conocer los puntos sobresalientes así como aquellos aspectos de importancia de dicha publicación:

Se derogan las siguientes reglas en general correspondientes a la emisión de comprobantes fiscales:

I.2.7.1.3. Relativa a señalar el Régimen fiscal al emitir comprobantes fiscales

I.2.7.1.4. Identificación de vehículo de persona física integrante de coordinado

I.2.7.1.12. Identificación de forma de pago en el CFDI

I.2.9.2. Facilidad para emitir comprobantes fiscales simplificados sin mencionar

el régimen fiscal y la unidad de medida

II.2.5.1.5. Régimen fiscal a utilizar en la emisión de comprobantes fiscales

"Se deroga el Capítulo I.2.20. Opción para tributar en el portal Microe"

Inscripción al RFC de trabajadores (Regla I.2.4.6.)

Se elimina la opción de inscribir a los trabajadores por medio de discos magnéticos, ahora el patrón deberá de realizarla por medio de la nueva herramienta por internet de "Inscripción Masiva" contenida en la página web del SAT.

Concepto de unidad de medida a utilizar en los comprobantes fiscales (Regla I.2.7.1.5.)

Se modifica esta regla otorgando a los contribuyentes la facilidad de señalar en los comprobantes fiscales que emitan, la unidad de medida que utilicen conforme a los usos mercantiles. Dicha facilidad será aplicable a los comprobantes fiscales expedidos desde el 1 de enero de 2012.

Cumplimiento de requisitos en la expedición de comprobantes fiscales (Regla I.2.7.1.16.)

Se adiciona esta regla que otorga la facilidad a los contribuyentes de no incorporar en los comprobantes fiscales que emitan, la información relativa a los siguientes requisitos:

I. Régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR.

II. Identificación del vehículo que les corresponda, tratándose de personas físicas que cumplan sus obligaciones fiscales por conducto del coordinado, las cuales hayan optado por pagar el impuesto individualmente de conformidad con el artículo 83, séptimo párrafo de la Ley del ISR.

III. Número de cuenta predial del inmueble de que se trate o, en su caso, los datos de identificación del certificado de participación inmobiliaria no amortizable, tratándose de los comprobantes que se expidan por la obtención de ingresos por arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles.

IV. Clave vehicular que corresponda a la versión enajenada, tratándose de los comprobantes que expidan los fabricantes, ensambladores o distribuidores autorizados de automóviles nuevos, así como aquéllos que importen automóviles para permanecer en forma definitiva en la franja fronteriza norte del país y en los Estados de Baja California, Baja California Sur y la región parcial del Estado de Sonora.

V. Forma en que se realizó el pago y últimos cuatro dígitos del número de cuenta o de la tarjeta correspondiente.

Los contribuyentes que emitan CFDI o CFD, señalarán en los apartados designados para incorporar dichos requisitos, la expresión NA o cualquier otra análoga, y cuando resulte aplicable, no incluirán el complemento respectivo. También podrán señalar la información con la que cuenten al momento de expedir los comprobantes respectivos.

Únicamente aplica para comprobantes fiscales expedidos desde el 1 de enero de 2012.

Expedición de CFDI a través del SAT (Regla

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