Resolucion miscelanea fiscal
Enviado por javier_0682 • 15 de Julio de 2012 • 2.629 Palabras (11 Páginas) • 575 Visitas
RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2012
Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 3, fracción XXII del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y
Considerando
Que de conformidad con el artículo 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación las resoluciones que establecen disposiciones de carácter general se publicarán anualmente, agrupándolas de manera que faciliten su conocimiento por parte de los contribuyentes.
Que en esta Resolución, que consta de dos libros y anexos, se agrupan aquellas disposiciones de carácter general aplicables a impuestos, productos, aprovechamientos, contribuciones de mejoras y derechos federales, excepto a los relacionados con el comercio exterior, y que para fines de identificación y por el tipo de leyes que abarca, es conocida como la Resolución Miscelánea Fiscal.
Que es necesario expedir las disposiciones generales que permitan a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones fiscales en forma oportuna y adecuada, el Servicio de Administración Tributaria expide la siguiente:
Objeto de la Resolución
El objeto de esta Resolución es el publicar anualmente, agrupar y facilitar el conocimiento de las reglas generales dictadas por las autoridades fiscales en materia de impuestos, productos, aprovechamientos, contribuciones de mejoras y derechos federales, excepto los de comercio exterior.
Glosario
Para los efectos de la presente Resolución se entiende por:
1. AGAFF, a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal y por ALAF, la Administración Local de Auditoría Fiscal.
2. AGJ, a la Administración General Jurídica y por ALJ, a la Administración Local Jurídica.
3. AGR, a la Administración General de Recaudación y por ALR, a la Administración Local de Recaudación.
4. AGSC, a la Administración General de Servicios al Contribuyente y por ALSC, a la Administración Local de Servicios al Contribuyente.
5. AGGC, a la Administración General de Grandes Contribuyentes, por ACFI, a la Administración Central de Fiscalización Internacional, por ACNI, a la Administración Central de Normatividad Internacional y por ACNGC, a la Administración Central de Normatividad de Grandes Contribuyentes.
6. CBB, el código de barras bidimensional.
7. CESD, el certificado especial de sello digital.
8. CFD, el Comprobante Fiscal Digital.
9. CFDI, el Comprobante Fiscal Digital a través de Internet o Factura Electrónica.
10. CFF, el Código Fiscal de la Federación.
11. CIECF, a la Clave de Identificación Electrónica Confidencial Fortalecida.
12. CSD, el certificado de sello digital.
13. CURP, la Clave Unica de Registro de Población a 18 posiciones.
14. DeclaraNot, la Declaración Informativa de Notarios Públicos y demás Fedatarios.
15. DOF, el Diario Oficial de la Federación.
16. DPA’s, derechos, productos y aprovechamientos.
17. Escrito libre, aquél que reúne los requisitos establecidos por el artículo 18 del CFF.
18. FED, Formato Electrónico de Devoluciones.
19. FIEL, la Firma Electrónica Avanzada.
20. IDE, el impuesto a los depósitos en efectivo.
21. IEPS, el impuesto especial sobre producción y servicios.
22. IETU, el impuesto empresarial a tasa única.
23. INPC, el Indice Nacional de Precios al Consumidor.
24. ISAN, el impuesto sobre automóviles nuevos.
25. ISR, el impuesto sobre la renta.
26. IVA, el impuesto al valor agregado.
27. La página de Internet del SAT y de la Secretaría, www.sat.gob.mx y www.shcp.gob.mx, respectivamente.
28. LFD, la Ley Federal de Derechos.
29. LIF, la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012.
30. PSECFDI, el proveedor de servicios de expedición de comprobante fiscal digital a través de Internet.
31. PSGCFDSP, el prestador de servicios de generación de CFD del Sistema Producto.
32. RFC, el Registro Federal de Contribuyentes.
33. SAT, el Servicio de Administración Tributaria y por RISAT, el Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria.
34. Secretaría, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
35. SICOFI, el Sistema Integral de Comprobantes Fiscales.
36. SIPRED, el Sistema de Presentación del Dictamen de estados financieros para efectos fiscales.
37. TESOFE, la Tesorería de la Federación.
38. AGCTI, a la Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información.
39. OCDE, a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos.
40. RMF, la Resolución Miscelánea Fiscal.
41. REPECOS, el Régimen de Pequeños Contribuyentes.
Salvo señalamiento expreso en contrario cuando se haga referencia a algún número de una regla o Anexo se entenderán referidos a las reglas o anexos de esta Resolución.
Los epígrafes, así como cualquier referencia a la legislación aplicable que aparece al final de cada regla, son meramente ilustrativos y no confieren derecho alguno.
Cuando se haga referencia a declaraciones, avisos o cualquier información que deba o pueda ser presentada a través de medios electrónicos o magnéticos, se estará a lo siguiente:
I. Tratándose de medios electrónicos, deberán utilizarse los programas que para tales efectos proporcione el SAT a través de su página de Internet o, en su caso, enviar las declaraciones, avisos o información a la dirección de correo electrónico que para tal efecto se establezca.
II. Tratándose de medios magnéticos, se deberá estar a lo dispuesto en el Instructivo para la presentación de información en medios magnéticos, contenido en el Anexo 1, rubro C, numeral 6.
Del Libro Primero
Contenido
Títulos
I.1. Disposiciones generales
I.2. Código Fiscal de la Federación
Capítulo I.2.1. Disposiciones generales
Capítulo I.2.2. De los medios electrónicos
Capítulo I.2.3. Devoluciones y compensaciones
Capítulo I.2.4. De la inscripción al RFC
Capítulo I.2.5. De los avisos al RFC
Capítulo I.2.6. De los controles volumétricos para gasolina, diesel, gas natural para combustión automotriz y gas licuado de petróleo para combustión automotriz, que se enajene en establecimientos abiertos al público en general y comprobantes fiscales que se emitan
Capítulo I.2.7. De los Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet o Factura Electrónica
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