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PAGO POR JORNADA NOCTURNA


Enviado por   •  9 de Abril de 2019  •  Tarea  •  354 Palabras (2 Páginas)  •  83 Visitas

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PAGO POR JORNADA NOCTURNA:

En primer lugar, es importante conocer a qué se le conoce como jornada nocturna dentro del marco de ley peruano. Según el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), la jornada nocturna se le considera al tiempo trabajado entre las 10:00pm y las 6:00am. Para la remuneración de las personas que desempeñen sus funciones en dicho horario, esta no debe ser menor al sueldo mínimo a la fecha más el 35% del mismo; sin embargo, si la persona percibe un sueldo mayor a este cálculo, no tiene derecho al incremento del 35%. Cabe resaltar que el valor hora de un trabajador se calcula sobre la base de su remuneración por jornada nocturna a partir de las 10:00pm.

Ejemplo matemático:

Si un operario trabaja en horario nocturno y su sueldo base es S/ 930 (sueldo mínimo actual), la remuneración computable que le tocaría es S/ 1255.5 (S/ 930 x 1.35), sin considerar otros conceptos. Por otro lado, si un operario, distinto al primero, tiene por sueldo base S/ 1300, no se aplicaría la sobretasa de 35%, por lo que su remuneración computable sería la misma. Finalmente, si un tercer operario tuviera una jornada de trabajo desde las 4:00pm hasta las 12:00pm, para calcular la remuneración computable se tomaría el valor hora sobre los S/ 930 por 6 horas (de 4pm a 10pm) y el valor hora sobre los S/ 1255.5 por 2 horas (de 10pm a 12m).

Fuente: https://gestion.pe/gestion-tv/trabajo-accion/jornada-laboral-nocturna-beneficios-restricciones-142438 

PAGO DE UTILIDADES:

Ser parte de la participación de utilidades es un derecho de los trabajadores, reconocido en el Art. 29 de la Constitución. Este concepto se refiere al acceso de los trabajadores a las utilidades netas (si las hay) de las empresas donde laboran. Sin embargo, no todas las empresas están obligadas a repartir utilidades, solo las empresas que cuenten con más de 20 trabajadores en planilla y que desarrollen actividades generadoras de rentas de tercera categoría. Cabe resaltar que el porcentaje en la distribución de las utilidades depende de la actividad económica que desarrolla la empresa. (Falta, cómo calcular, el ejemplo y algunas cositas de tería)

Fuentes: https://www.trabajo.gob.pe/archivos/file/informacion/TRABAJADORES/INF_UTILIDADES.pdf 

https://larepublica.pe/economia/1016623-lo-que-debe-saber-del-reparto-de-utilidades-a-los-trabajadores 

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