PUNTOS DE DEBATES Y PROBLEMAS.
Enviado por Merlcas • 18 de Octubre de 2016 • Tarea • 1.422 Palabras (6 Páginas) • 1.924 Visitas
Universidad Tecnológica De Honduras
Universidad con Liderazgo[pic 1]
Lic. Germán Javier Bulnes
Auditoría Financiera
Ejercicios Prácticos
MERLIN CASTRO SOTO --- 242062106
DELMI SANTOS ARITA --- 200820620035
LICENCIATURA EN GERENCIA DE NEGOCIOS
LA CEIBA, ATLÁNTIDA 24 DE OCTUBRE
2014
HONDURAS C.A.
PUNTOS DE DEBATES Y PROBLEMAS
4-20 Las siguientes situaciones involucran la prestación de servicios distintos a los de auditoría. Indique si prestarlos es una violación a las reglas del AICPA, de la SEC o de los requerimientos Sarbanes-Oxley sobre independencia. Explique su respuesta cuando sea necesario.
- Proporcionar servicios de teneduría de libros a una compañía pública. Los servicios fueron previamente aprobados por el comité de auditoría de la compañía.
La Ley de Sarbanes-oxley y las reglas de la SEC las restringen, pero no eliminan por completo esto con el propósito de mejorar la independencia de las firmas ya que no es lógico que la misma firma que audita sea la misma que pueda dar servicios como:
- Teneduría de libros y otros servicios.
- Diseño e implementar sistemas de Información Financiera.
- Servicios de Evaluación o Valoración.
- Servicios de actuaria.
- Outsourcing auditoría interna.
- Funciones de Admón. o RRHH
- Servicios De corredor, comerciante o consejero en inversiones o banqueros de inversiones.
- Servicios legales y de expertos no relacionados con la auditoria.
- Cualquier otro servicio que prohíba la reglamentación del PCAOB.
Pero los servicios que no prohíbe la Ley de sabones-oxley y las reglas de la SEC deben ser aprobadas por el comité de auditoría de la compañía.
- Prestar servicios de auditoría interna a una compañía pública que no es cliente de auditoría.
No se les prohíbe a los despachos de CPC desempeñar estos servicios a compañías tanto privadas como públicas que no son clientes de auditorías. Además podrían proporcionar otros servicios como servicios de impuestos. Pero los servicios distintos a auditoria que no prohíbe la ley deben ser aprobados previamente por el comité de auditoría de la compañía.
- Diseñar e implementar un sistema de información financiera para una compañía privada.
Igual no está prohibido para los despachos CPC realizar este tipo de servicios tanto de compañías privadas como públicas por tanto ellos pueden desempeñar este servicio sin ningún problema.
- Recomendar un paraíso fiscal al cliente de manera pública. El comité de auditoría aprobó previamente los servicios.
Según la ley de Sarbanes-Oxley dispone que le comité de auditoría de una compañía pública es el responsable de la asignación, compensación y vigilancia del trabajo de auditor. Este debe aprobar previamente todos los servicios de auditoría y distintos a los auditoria, siendo responsable de vigilar el trabajo del auditor, incluyendo la resolución de desacuerdos que involucran informes financieros entre la administración y el auditor. De esta forma el comité es cliente de las compañías públicas, en lugar de la administración.
- Proporcionar los servicios de auditoría interna a un cliente de compañía pública con la aprobación previa del comité de auditoría.
La SEC impuso restricciones adicionales sobre servicios distintos a los de auditoría y exige que se muestren los honorarios de auditoría y distintos a los de auditoría.
Con frecuencia, el personal profesional de una firma de auditoría acepta el empleo con clientes de auditoría anteriores. Aunque esta práctica es permisible, con la excepción de ocupar puesto claves de administración, esta situación crea preocupación con respecto a la independencia de los auditores. Comprometen su independencia para ganarse el trabajo con los clientes, pueden utilizar sus conocimientos del plan de auditoría y personal para burlar la eficacia de la auditoria.
- Prestar servicios de teneduría de libros a un cliente de auditoría que es una compañía privada.
De igual no está prohibido para los despachos CPC realizar este tipo de servicios tanto de compañías privadas como públicas por tanto ellos pueden desempeñar este servicio sin ningún problema. Siempre y cuando no comprometa la independencia de la personal y de la firma.
4-23 Actualmente, la SEC exige que todas las compañías públicas cuenten con un comité de auditoría independiente.
- Describa un comité de Auditoría.
Es una selección de miembros de la junta directiva de una compañía, cuyas responsabilidades incluyen ayudar a los auditores para que permanezcan independientes de la administración. La mayoría de los comités de auditoría están constituidos por tres o cinco o a veces hasta siete directores que no son parte de la administración de la compañía.
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