Politicas Creditos Personales
Enviado por eltirulin • 18 de Noviembre de 2013 • 10.583 Palabras (43 Páginas) • 406 Visitas
1.1 Requisitos Mínimos de Admisión
a) Ocupación:
• Las siguientes ocupaciones deberán contar con la aprobación mínima de la Unidad de Créditos Personas y Pequeña Empresa: músicos, actores, agrícola y afines, religiosos, deportistas profesionales, taxistas, profesiones riesgosas (no cubiertas por el seguro de desgravamen, como por ejemplo, pilotos de prueba, corredores de autos/motos, etc), tripulantes y personal embarcado.
• Para otorgar créditos personales a personas que desempeñan cargos de dirección política en el Gobierno Nacional, Ministros y Vice Ministros de Estado o cargos generados por elección popular Congresistas, Alcaldes y otros similares se deberá contar con la autorización de la Unidad de Créditos Personas y Pequeña Empresa.
b) Ingresos:
• Se aceptan ingresos de 1ra, 3ra, 4ta y 5ta categoría. No se deberán considerar los ingresos generados por el concepto de DIETAS.
c) Recurrencia Interna:
• Todo cliente que tenga un producto vigente en el Banco (no Tarjetas de Crédito) deberá tener al menos 3 cuotas canceladas en su fecha de vencimiento (no adelantadas) del producto anteriormente desembolsado antes de optar por un producto diferente con incremento de exposición.
d) Residencia:
• Sólo se otorgarán créditos a peruanos residentes en el Perú o Extranjeros con carné de extranjería con residencia vigente.
e) Firmas:
• Deberán firmar los documentos del crédito todos los intervinientes. En el caso de las Sociedades Conyugales, se deberá requerir obligatoriamente la firma de ambos cónyuges cualquiera que sea el monto y/o el producto, con excepción de aquellas sociedades conyugales que presentan separación de bienes.
• Para Tarjeta de Crédito (TC): no será obligatoria la firma del cónyuge.
f) Exposición:
• La exposición interna total máxima permitida a un cliente y/o sociedad conyugal sin garantías será S/. 150,000.
g) Referencias Personales:
• Mínimo dos con teléfono fijo. En caso el solicitante sea soltero se buscará que las referencias sean de padres u otros familiares.
h) Seguro de Desgravamen:
• Toda operación deberá estar cubierta por el seguro durante la vigencia de la misma, es decir, ningún plazo de crédito podrá exceder la vigencia del seguro de desgravamen.
i) Créditos Vinculados:
• Todos los créditos que se consideran vinculados al personal del Banco (padres, hijos y hermanos) deberán contar con la conformidad de Recursos Humanos.
1.2 Verificaciones Domiciliaria y Laboral
1.2.1 Verificación Domiciliaria
• Zonas de Residencia: Todas, con excepción de aquellas que a juicio del verificador sean de difícil acceso o zonas peligrosas.
• Vigencia de la Verificación: 6 meses.
• Antigüedad en el Domicilio: 6 meses. Se exonera en caso de tener casa propia.
• Para el caso de clientes que tengan Pago de Haberes en el Banco que soliciten un crédito bajo convenio Prestabono o Descuento por Planilla y para los créditos con garantía líquida se podrá efectuar la verificación domiciliaria con posterioridad a la aprobación. El cumplimiento de la misma recae directamente como responsabilidad del FDN y Gerente de Agencia. Esta verificación deberá ser ordenada en el momento en el que se genera el crédito, en caso el resultado fuera negativo el FDN es responsable de la ubicación del cliente para una nueva verificación en coordinación con SCI, y de subsanar la observación.
• No son sujetos de crédito aquellos que residan en calidad de espacio cedido cuando se cumpla alguna de las siguientes condiciones:
- El cliente ocupa un inmueble en calidad de guardián.
- El cliente ocupa una parte del local de la empresa donde labora sin pagar alquiler.
• La verificación es exonerada en los siguientes casos:
- El recibo de servicio público presentado esté a nombre del titular, siempre y cuando no resida en zonas peligrosas.
- Para Crédito Hipotecario.
- A los clientes que estén solicitando un préstamos personal, vehicular o TC y tengan en el banco una crédito hipotecario (casa habitación) vigente.
- El EECC de TC o cronograma de pago de la otra entidad presentado tenga la misma dirección de domicilio a la consignada en la solicitud.
1.2.2 Verificación Laboral
• Zonas de ubicación: Todas, con excepción de aquellas que a juicio del verificador sean de difícil acceso o zonas peligrosas.
• Se solicita a ambos cónyuges.
• Vigencia de la verificación: 6 meses.
• Para el caso especifico de los clientes que acreditan sus ingresos a través del régimen de 1era. categoría, se deberá inspeccionar en campo cada predio arrendado, para confirmar la vigencia del alquiler.
• Se podrá sustituir la verificación laboral en campo por verificación telefónica en caso el cliente sustente únicamente ingresos de quinta categoría, siempre y cuando presente boleta de pago y estado de cuenta de AFP. En ambos casos dicha información será validada a través de las páginas WEB de la AFP y/o ESSALUD. Asimismo, podrá ser sustituida a discreción de la Unidad de Créditos Personas y Pequeña Empresa.
• Exoneración de Verificación Laboral: Sólo aplica para créditos bajo convenio Descuento por Planilla y Prestabono.
1.3 Antecedentes Crediticios
1.3.1 Internos (titular, cónyuge y/o aval)
• No registrar créditos vencidos y/o cuotas impagas de los créditos o tarjeta de crédito.
• Morosidad histórica máxima de 30 días en los últimos 12 meses.
• No registrar mercadería adjudicada.
• No registrar crédito refinanciado vigente.
• No registrar crédito castigado.
1.3.2 Externos (titular, cónyuge y/o aval)
• Calificación SBS.
100% Normal en los últimos 4 meses y hasta CPP en los 8 meses anteriores para:
- Préstamos Personales de Libre Disponibilidad y Tarjeta de Crédito.
100% Normal en los últimos 2 meses y hasta CPP en los 10 meses anteriores para:
- Convenio Descuento por Planilla.
- Prestabono.
- Préstamos Hipotecarios.
- Préstamos con Garantía Hipotecaria.
- Préstamos Vehiculares.
- Ahorro Meta.
Calificación Cónyuge: 100% Normal último periodo sólo para Tarjeta de Crédito.
• No registrar deuda vencida y crédito refinanciado vigente en los últimos cuatro meses reportados y deuda en cobranza judicial o castigada en los últimos doce
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