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REFORMAS FISCALES 2016


Enviado por   •  14 de Marzo de 2016  •  Resumen  •  1.084 Palabras (5 Páginas)  •  232 Visitas

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REFORMA FISCAL 2016

Régimen de incorporación fiscal 2016 art. 111 LISR

  • Personas físicas con actividad empresarial en copropiedad puedan tributar bajo el RIF.

[pic 1]

Requisitos art. 111 LISR

  • Los ingresos de todos los copropietarios, sin deducción alguna, no excedan de $2,000,000 en el ejercicio inmediato anterior.
  • Se podrá nombrar a un copropietario como responsable legal.

[pic 2]

Nueva actividad que se integra en el

RIF

Se integra la actividad de arrendamiento de bienes inmuebles, como actividad integrante del régimen de incorporación fiscal, siempre que no exceda de 2 millones de pesos en el ejercicio que se obtuvo el total de los ingresos.

[pic 3]

  • Socios, accionistas o integrantes de P.M. con fines no lucrativos siempre que no reciban remanente distribuible.
  • [pic 4]Socios, accionistas o integrantes de instituciones y sociedades civiles (administrar).
  • P.F. que integren las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo.
  • Socios, accionistas o integrantes de P.M. siempre que no perciban ingresos de la P.M.

Determinación del pago bimestral de

ISR 2016

Los contribuyentes que tributan en el RIF desde 2014, su reducción solo será del 80%,

los del 2015 será del 90% y los del 2016

[pic 5]

        

[pic 6]Declaración informativa en materia de precios de transferencia

Erosión contra la base imponible y el traslado de beneficios

[pic 7]

Se adiciona el articulo 76-A LISR Obligación de presentar declaraciones informativas cuando se celebren partes relacionadas.

Personas obligadas

(art. 32H CFF)

  • Personas morales que en el ejercicio inmediato anterior hayan declarado ingresos por $644,599,005.

[pic 8]

  • Personas morales que tengan acciones en la bolsa de valores.

[pic 9]

  • P.M. que pertenezcan al régimen opcional de grupo de sociedades.

[pic 10]

  • Entidades paraestatales

  • Personas morales extranjeras que tengan establecimiento permanente en México. Personas morales mexicanas que tengan operaciones con residentes en el extranjero.

[pic 11]

Declaraciones a presentar

Declaración informativa maestra de partes relacionadas del grupo empresarial multinacional.

  1. Estructura organizacional.[pic 12]
  2. Descripción de la actividad.
  3. Posición financiera y fiscal.

Declaración informativa local de partes relacionadas:

  1. Descripción de la estructura organizacional de partes relacionadas.
  2. Información financiera del contribuyente obligado.        [pic 13]

Declaración informativa, país por país del grupo empresarial:

  1. Información a nivel jurisdicción fiscal (distribución ingresos e impuestos).
  2. Indicadores de localización de actividades económicas (información global).
  3. Listado de todos sus establecimientos permanentes. [pic 14]

La declaración informativa país por país solo se presentara en los siguientes casos:

  1. Sean residentes en México.
  2. Tengan empresas subsidiarias en términos de las NIF o establecimientos permanentes en el extranjero.
  3. No sean subsidiaras de empresas en el extranjero.
  4. Que estén obligados a presentar estados financieros consolidados según las NIF.
  5. Reporten en sus estados financieros resultados de entidades extranjeras.
  6. Hayan obtenido ingresos consolidados mayores a $12,000,000,000.

[pic 15]

Presentación de la declaración

A mas tardar el 31 de diciembre de 2017 será la primera declaración.        [pic 16]


Consecuencias de incumplimiento

Multa por incumplimiento que haciende de $140,540 hasta $200,090 (art. 81 XL, 82 XXXVII CFF).

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