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Recuperacion De Cartera


Enviado por   •  25 de Febrero de 2013  •  1.659 Palabras (7 Páginas)  •  591 Visitas

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Etapa Preventiva

Llamadas antes del vencimiento de una cuota (capital y/o intereses) de la(s) obligación(es) de un cliente con el objeto de recordar el próximo pago o vencimiento. Esta labor se enmarca dentro de las tareas de seguimiento y acompañamiento a nuestros clientes.

Etapa Administrativa

Una vez la obligación presente desde un día de mora y no superior a 30 días, se iniciará un proceso de cobro de las obligaciones por intermedio de llamadas, cartas, mensajes de texto y/o telefónicos.

Etapa Pre jurídica

Si cubiertas las anteriores etapas el Banco no ha recibido el pago efectivo de los valores en mora, a partir del día 31 y hasta el día 90 ó de acuerdo al nivel de riesgo, se trasladará la gestión de recuperación a personas jurídicas o personas naturales externas especializadas en la actividad de cobranza persuasiva en aras de no iniciar el cobro jurídico. Se realizará él envió de cartas, llamadas, mensajes de texto y/o telefónicos; y en algunos casos, gestión personalizada al deudor por medio de visita.

4. Etapa Jurídica

A partir del día 91 de mora o de acuerdo al nivel de riesgo, se iniciará esta gestión a través de Abogados Externos y Casas de Cobranza Jurídica.

4.1. Gastos de Gestión Jurídica:

4.1.1 Tarifa plena bajo recaudo

Las siguientes tarifas serán las que se causen para los procesos ejecutivos en los cuales exista recaudo efectivo a favor de las Casas de Cobranza Jurídica o Abogados externos, cuya gestión de cobro se considera de resultado, se generarán cargándose al deudor:

Procesos cuya deuda total sea inferior a cien millones de pesos ($100.000.000) Tarifa - Honorarios a liquidar

Cualquier etapa procesal

15% + IVA*

Procesos cuya deuda total sea igual o superior a cien ($100.000.000) millones de pesos e inferior a mil millones ($1.000.000.000) Tarifa - Honorarios a liquidar

Cualquier etapa procesal

10% + IVA*

Procesos cuya deuda total sea igual o superior a mil millones ($1.000.000.000) Tarifa - Honorarios a liquidar

Cualquier etapa procesal

5%+ IVA*

* A los valores liquidados por este concepto se deberá adicionar el IVA, para los casos en que las Casas de Cobranza Jurídica o Abogados Externos, se encuentren obligados a declarar este concepto, el cual será a cargo del deudor.

4.1.2 Tarifa de honorarios para montos o saldos de normalización de cartera

Para los montos o saldos de obligaciones al cobro jurídico normalizadas en reestructuraciones o refinanciaciones, los honorarios serán calculados con base en los siguientes rangos:

Procesos ejecutivos en créditos

Tarifa - Honorarios a liquidar

Microfinanzas y Clientes Calificados como Pequeños Productores - Cualquier etapa procesal. 3.5% +IVA

Procesos cuya deuda total sea inferior a cien millones de pesos ($100.000.000) Tarifa - Honorarios a liquidar

Cualquier etapa procesal

7.5% +IVA

Procesos cuya deuda total sea igual o superior a cien ($100.000.000) millones de pesos e inferior a mil millones ($1.000.000.000) Tarifa - Honorarios a liquidar

Cualquier etapa procesal

5%+ IVA

Procesos cuya deuda total sea igual o superior a mil millones ($1.000.000.000) Tarifa - Honorarios a liquidar

Cualquier etapa procesal

2.5%+IVA

Estos porcentajes se deberán liquidar sobre el total de los valores reestructurados o refinanciados.

* A los valores liquidados por este concepto se deberá adicionar el IVA, para los casos en que las Casas de Cobranza Jurídica o Abogados Externos, se encuentren obligados a declarar este concepto, el cual será a cargo del deudor.

4.1.3 Daciones en pago o adjudicaciones de bienes

Para efectos del cálculo de honorarios de cobranza jurídica, la Dación en Pago o Adjudicaciones de Bienes, propuesta por los clientes y aceptada por la Entidad, se asimilará a una reestructuración o refinanciación de deuda, es decir que el cálculo se hará de acuerdo a las tarifas de reconocimiento de honorarios para montos o saldos reestructurados o refinanciados, y el rango de cuantía objeto de liquidación se calculará sobre el valor recibido por el Banco y su pago se formalizará una vez se efectúe el registro de títulos a favor de la Entidad.

4.1.4 Tarifas recuperación vía remate o adjudicación de bienes en el proceso ejecutivo

Para efectos del cálculo de honorarios de cobranza jurídica, Remate o Adjudicaciones de Bienes, dentro de procesos ejecutivos, su cálculo se hará de acuerdo a las tarifas de reconocimiento de honorarios plenas, y el rango de cuantía objeto de liquidación se calculará sobre el valor recibido por el Banco y su pago se formalizará una vez se efectúe el registro de títulos a favor de la Entidad.

Las anteriores tarifas se reconocerán en cualquier etapa procesal siempre que el Banco cuente con el soporte de la presentación de la demanda ante la Oficina de reparto y/o Despacho Judicial correspondiente.

A pesar de existir tarifas de honorarios fijadas por parte del Banco, prevalecerá el valor de las agencias en derecho liquidadas por los Despachos Judiciales.

4.1.5 Tarifas de honorarios jurídicos por procesos ejecutivos incorporados dentro de procesos concursales

Cuando se haya iniciado un proceso ejecutivo contra un cliente que posteriormente sea sometido a un proceso concursal, los honorarios por el ejecutivo se calcularan de la siguiente manera:

Procesos cuya deuda total sea inferior a cien millones de pesos ($100.000.000) Tarifa

Admisión de la demanda

3% + IVA

Sentencia favorable en firme

4% + IVA

Remate

5%+ IVA

Procesos cuya deuda total sea igual o superior a cien ($100.000.000) millones de pesos e inferior a mil millones ($1.000.000.000) Tarifa

Admisión de la demanda

2% + IVA

Sentencia favorable en firme

3% + IVA

Remate

4%+ IVA

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