Recurso de Queja ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Enviado por Manuel Prz • 24 de Julio de 2017 • Síntesis • 442 Palabras (2 Páginas) • 497 Visitas
Recurso de Queja ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
De acuerdo a la información proporcionada en este artículo el recurso de queja, se puede interponer por actos que no son siempre del propio Tribunal, sino de las autoridades demandadas que incumplen con las resoluciones que emite el Tribunal, y se encuentra fundamentado en el artículo 58 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA).
El Recurso de Queja puede ser interpuesto por el contribuyente si se encuentra en las siguientes circunstancias que están previstas en el artículo 58 de la LFPCA y son las siguientes:
*Queja 1 por Incumplimiento de la suspensión definitiva.
*Queja 2 por Incumplimiento de la sentencia firme.
Sin lugar a dudas este tipo de recursos es un “salvavidas” para los contribuyentes que después de un largo litigio, en defensa de sus propios intereses, la autoridad competente concluye en favor del contribuyente, pero para sorpresa de propios y extraños tiempo después regresa nuevamente la autoridad demandante, para exigir el pago de los créditos que en su momento el contribuyente obtuvo una resolución favorable.
Es de suma importancia que los contribuyentes tengan totalmente conocimiento de este medio de defensa, ya que no es de extrañarse que la autoridad siempre actúa con alevosía y ventaja y el día de hoy ya no te da ninguna garantía una resolución favorable, por lo cual hay que estar preparados para cualquier acción secundaria después del termino del juicio fiscal.
Lo que resulta algo inconcebible y difícil de creer es que la autoridad no tiene expediente alguno, menciono esto ya que en pleno siglo XXI, la autoridad no tenga un expediente ya no en físico si no en digital, todo esto sale a relucir ya que en el artículo en cuestión hace mucha énfasis en guardar por tiempo indeterminado el expediente completo del juicio, ya que en caso de no contar con dicha documentación simplemente el contribuyente quedaría en total indefensión.
El cumplimiento de este derecho que les asiste a los contribuyentes conlleva a vivir un estado de derecho. Hoy en día existen muchos asuntos resueltos por el tribunal y que la Autoridad administrativa llámese SAT, Finanzas del Estado o cualquier otra autoridad no han acatado el cumplimiento de las sentencias ejemplo; existen sentencias favorables a los contribuyentes para que les devuelvan su saldo a favor de IVA o ISR y la Autoridad no las ha realizado, argumentado alegatos infundados. Por lo que se puede observar que no solo se termina, a veces, un asunto con resolución del TFJFYA cabe la posibilidad que se prolongue el proceso con la presentación de este recurso de queja. La burocracia lamentablemente siempre se hace presente en nuestro país.
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