SOCIEDAD ANONIMA
Enviado por alinnetere • 26 de Julio de 2014 • 2.217 Palabras (9 Páginas) • 272 Visitas
PODER:
1. El poder de dentro del régimen de centralización consiste en la facultad de las autoridades superiores de dar órdenes e instrucciones a los órganos inferiores, señalándoles los lineamientos que deben seguir para el ejercicio de las funciones que les están atribuidas. Este poder de mando se ejercita generalmente por medio de órdenes, instrucciones o circulares dirigidas por las autoridades superiores a los empleados que les están subordinados.
2. En términos jurídicos, se puede atribuir el poder de una persona a otra (apoderado), con el objetivo de que, en nombre del primero, pueda realizar actos en lugar de él, que consten en el documento del apoderamiento.
3. El Derecho Político, el poder es el ejercicio regulado de la autoridad que conduce a una división de la sociedad en gobernantes y gobernados. El poder presupone un ordenamiento jerárquico y la existencia de distintas funciones.
4. Poder, como el que tiene la "posibilidad de una cierta orden con un contenido específico que debe ser obedecidad por un grupo determinado". La concepción weberiana de poder parte de la visión de una sociedad - sujeto, resultado de comportamientos normativos de agentes sociales. Con el concepto de Weber sobre el poder, emergen las concepciones de "probabilidad" y "orden específico".
5. poder es "el hecho de participar en la toma de decisiones". Esta visión del poder se ha convertido en algo común para todas las teorías de "decision-making process" y es criticado por el hecho de presentarse como una concepción muy subjetiva del proceso de toma de decisiones.
MANDATO
1. Contrato en el que una de las partes (mandatario) se compromete a hacer alguna cosa o prestar algún servicio por cuenta y encargo de otra (mandante). Es un contrato consensual, naturalmente gratuito y unilateral, salvo que se pacte retribución.
2. Del latín mandātum, es el precepto o la orden que un superior da a sus súbditos. Se trata de una disposición, una resolución o una pauta que quien se sitúa en la parte superior de una jerarquía indica a quienes se ubican por debajo.
3. Contrato por el que una de las partes confía su representación personal, o la gestión o desempeño de uno o más negocios, a la otra, que lo toma a su cargo.
4. Es un contrato mediante el cual una persona (mandante) confía la gestión de uno o más negocios a otra (mandatario), quien se hace cargo de ellos por cuenta y riesgo de la primera. Es un contrato consensual, bilateral, imperfecto, de buena fe y gratuito.
5. La palabra mandato manum datio o "dar la mano" es reveladora de la naturaleza de este contrato, que involucra como elemento fundamental la confianza que el mandante deposita en el mandatario; se trata de un contrato intuitu personae, que se celebra en atención a las calidades o cualidades del mandatario, lo que equivale a decir que una persona nombra a otra su mandatario.
REPRESENTACION
1. La representación no es una categoría exclusivamente jurídica. Además, aun limitando el objeto de nuestro estudio al campo del Derecho, resulta ciertamente difícil dar un concepto unitario y técnicamente preciso de la representación, debido a la variedad de perfiles que esta institución puede presentar.
2. Tradicionalmente, la doctrina ha venido situando la representación dentro del marco de la teoría general del negocio jurídico, como emisión de una declaración de voluntad o conclusión de un negocio jurídico por medio de otra persona.
3. Es la facultad otorgada por la ley a una persona para obrar en nombre de otra, recayendo en ésta los efectos de tales actos. El ejercicio de esa representación puede ser obligatorio para el representante.
4. DÍEZ-PICAZO, la representación es una figura que comprende toda clase de actos jurídicos, incluso los no negóciales, y se sitúa como un supraconcepto en la teoría general del Derecho, por lo que es aplicable a todos los campos jurídicos.
5. La figura de la representación propiamente se relaciona con diversos problemas jurídicos como por ejemplo la titularidad de los derechos y obligaciones del representante, la capacidad jurídica del representado y del representante, la disposición de los derechos y facultades conferidos a este último, la naturaleza de los derechos y obligaciones otorgadas al representante.
MANDANTE
1. Persona que faculta a otra su representación para actuar en su nombre.
2. Es la persona natural o jurídica que confiere el encargo.
3. Persona que en el contrato consensual llamado mandato confía a otra su representación personal, o la gestión o desempeño de uno o más negocios.
4. Persona que confía a otra la ejecución de un mandato.
MANDATARIO
1. Persona que recibe la confianza de otra para actuar en su nombre.
2. Es la persona que acepta el encargo.
3. Persona que, en virtud del contrato consensual llamado mandato, acepta del demandante representarlo personalmente, o la gestión o desempeño de uno o más negocios.
4. El mandatario podrá separarse de las instrucciones, cuando circunstancias desconocidas que no puedan serle comunicadas al mandante, permitan suponer razonablemente que éste habría dado la aprobación.
TAREA No. 2
SOCIEDAD ANONIMA
1. Sociedad mercantil con personalidad jurídica en la que el capital, dividido en acciones, está integrado por las aportaciones de los socios que no responden personalmente de las deudas sociales.
2. Es una forma de organización de tipo capitalista muy utilizada entre las grandes compañías. Todo el capital se encuentra dividido en acciones, las cuales representan la participación de cada socio en el capital de la compañía.
3. Es una entidad jurídica cuya existencia se distingue de la de su propietario. Sus titulares participan del capital social mediante acciones que les confieren derechos económicos y políticos.
4. Es aquella sociedad mercantil cuyos titulares lo son en virtud de una participación en el capital social a través de títulos o acciones. Las acciones pueden diferenciarse entre sí por su distinto valor nominal o por los diferentes privilegios vinculados a éstas.
5. Constituye un acuerdo de voluntades por el cual los contratantes se obligan a realizar aportes para destinarlos a realizar una actividad económica y participar en las ganancias y pérdidas que ella genere. El acuerdo se recoge en un documento que se llama indistintamente contrato o estatuto.
FRANQUICIA
1. Es un contrato entre dos partes independientes: el franquiciador y el franquiciado. Por una parte, el
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