Taller Fuentes De Financiación
Enviado por oceballos • 9 de Octubre de 2012 • 2.360 Palabras (10 Páginas) • 731 Visitas
TALLER FUENTES DE FINANCIACIÓN
AUTORES:
PROFESORA:
SILVIA MARIA SERRANO
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE BUCARAMANGA
ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS VIRTUAL
GERENCIA FINANCIERA II
JULIO 2012
GERENCIA FINANCIERA II
Taller de Fuentes de Financiación
Objetivo: Reconocer las características, condiciones y costo de las diferentes fuentes de financiación para las empresas.
1) Escoger una fuente de Financiación de largo plazo existente (bonos, acciones preferentes, créditos en pesos, créditos en dólares, leasing domestico, leasing internacional o titularización)
2) Investigar:
Conceptualización: qué es, como funciona, principales características, plazos, condiciones comerciales, garantías solicitadas, etc.
QUE ES EL LEASING?
En sentido amplio, el leasing es un contrato mediante el cual una parte entrega a la otra un activo para su uso y goce, a cambio de un canon periódico, durante un plazo convenido, a cuyo vencimiento, el bien se restituye a su propietario o se transfiere al usuario, si éste último decide ejercer una opción de adquisición que, generalmente, se pacta a su favor.
La utilización de dicho bien por parte del arrendatario tiene un plazo establecido en el contrato, que al momento de cumplirse le permite escoger entre varias opciones, entre las que puede devolver el bien, así como también renovar el contrato para continuar arrendándolo por un período de tiempo que, usualmente, es más corto al anteriormente establecido. Existe una última opción que consiste en comprar el bien a un precio residual, es decir, adquirirlo al monto calculado a partir de la diferencia obtenida entre el precio original en el que arrendador adquirió el bien (en el que se incluyen a demás los intereses y gastos asociados al uso del bien) y las sumas de dinero que el arrendatario ha ido aportando a través de la renta.
Como podemos ver las ventajas del leasing son variadas, sin embargo, la más importante consistiría en la posibilidad de obtener determinado bien aún sin contar con el monto de dinero total necesario para su compra. A través del leasing es posible obtenerlo y darle uso a través del establecimiento de un contrato (con posibilidades de adquirirlo) con un arrendador que lo compra y a quien se le debe pagar una renta a cambio de su préstamo. Como un ejemplo, el leasing en la actualidad se ofrece en algunos lugares para adquirir automóviles, con la opción de compra o recambio por un modelo más nuevo pasados un par de años. Puede ser bastante conveniente, dependiendo del caso.
CUALES SON LAS CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO DE LEASING?
1°- Es un contrato Bilateral; vale decir, hay obligaciones reciprocas entre las partes contratantes. Se entiende sinalagmático en el sentido de que las obligaciones generadas del mismo actúan las unas como causa de las otras.
2°- Es un contrato Consensual; para su perfeccionamiento basta la voluntad de las partes, y no se requiere solemnidad alguna. No obstante lo anterior, para fines probatorios, la mayoría de los contratos se hacen constar por escrito y en el caso de leasing inmobiliario, no es extraño que, además, se eleve a escritura pública.
No obstante, el artículo 4 del Decreto 1787 del 3 de junio de 2004 señala que los contratos de leasing habitacional destinado a vivienda familiar deben celebrarse por escrito.
3°- Es Oneroso; ambos contratantes persiguen con su celebración un beneficio económico, gravándose cada uno en beneficio del otro.
4°- Es Conmutativo, puesto que existe un equilibrio entre las prestaciones de las partes. Las ventajas que esperan derivar las partes del contrato pueden ser determinadas desde el mismo momento de celebración del contrato.
5°- Es de tracto sucesivo, porque las obligaciones de las partes se van cumpliendo periódicamente durante la vigencia del contrato. Las obligaciones de las partes se cumplen a cada instante, periódico y continuamente.
6°- Es un contrato de naturaleza mercantil, dado que se celebra entre comerciantes y sobre bienes susceptibles de producir renta. Inclusive, si el locatario es una persona natural no comerciante, la compañía de leasing como arrendadora siempre es una sociedad comercial, lo que hace incuestionable el que el contrato se rija por las disposiciones de la ley mercantil.
7º- Es principal; subsiste por sí solo sin necesidad de otro contrato.
PRINCIPALES OBLIGACIONES DEL LOCATORIO
a.- Pagar el canon en los plazos convenidos.
b.- Hacer un correcto uso del bien y conservarlo en buen estado de funcionamiento. La ley prohíbe expresamente a las compañías de leasing asumir directamente el mantenimiento de los bienes entregados en leasing financiero. Esta prohibición legal no existe para el caso de leasing operativo.
La utilización del bien debe ceñirse a los términos convenidos en el contrato y a la naturaleza del bien; su explotación económica debe ser racional, como la desarrollaría un "buen empresario" respecto de sus bienes propios.
c.- Permitir la inspección del bien, con el objeto de que la compañía de leasing pueda velar por la debida conservación y seguridad del bien de su propiedad; de ésta forma la sociedad arrendadora podrá cerciorarse del cumplimiento adecuado de la obligación de uso adecuado del bien por parte del locatario.
d.- Dado que en el leasing financiero el locatario, además del uso y el goce del bien, tiene la vocación de adquirirlo, responde por su deterioro y contractualmente se compromete a repararlo en caso de que sea necesario. De ésta forma el locatario tiene la obligación de asumir todos los gastos de reparación, tanto necesarias para conservar el bien y mantener su buen funcionamiento, como las derivadas del uso normal del mismo.
e.- Los locatarios responden por la destrucción, robo o pérdida del bien en leasing; así se debe establecer en los contratos.
f.- Restituir el bien a la compañía de Leasing si no ejerce la opción de adquisición o si no ha cumplido con las obligaciones a su cargo; debe recordarse que el locatario usa y goza el bien en virtud de un título precario de mera tenencia. Los gastos de desmonte del sitio de operación y de traslado hasta el lugar de destino y restitución, son de cargo del locatario.
g.- Asegurar
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