ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Tercerias


Enviado por   •  8 de Enero de 2013  •  1.038 Palabras (5 Páginas)  •  455 Visitas

Página 1 de 5

Tercerías

Se llaman tercerías a las inversiones de un tercero en un juicio, ejercitado en este el derecho de acción procesal penal, sea que se trate de una acción voluntaria o forzosa.

Clases de tercería:

a) Coadyuvantes.

b) B) excluyentes de dominio y de preferencia

Objeto de la tercería coadyuvante, su proceso obedece a la necesidad de que el tercero ayude a alguna de las partes en sus pretensiones, colaborando, con el actor o con el demandado en el ejercicio de las acciones o de las excepciones hechas valer por cada uno de ellos, puede oponerse en cualquier juicio, sea cual fuere la acción que en el se ejercite y cualquiera que sea el estado que se encuentre con tal de que no se haya dictado sentencia que cause ejecutoria.

Art. 1362. En un juicio seguido por dos o más personas, puede un tercero presentarse a deducir otra acción distinta de las que se debate entre aquellas, este nuevo litigante se llama tercero opositor.

Art. 1363 las tercerías son coadyuvantes o excluyentes.

Es coadyuvante la tercería que auxilia la pretensión del demandante o del demandado los demás se llaman excluyentes.

Art. 1364 las tercerías coadyuvantes pueden oponerse en cualquier juicio, sea cual fuere la acción que en él se ejercite y cualquiera que sea el estado en que este se encuentre, con tal que aun no se haya pronunciado sentencia que cause ejecutoria.

Art. 1365 las tercerías coadyuvantes no produce otro efecto que el de asociar a quien las interpone con la parte, cuyo derecho coadyuva, afín de que el juicio continúe, según el estado en que se encuentra, y se substancie hasta las anteriores diligencias con el tercero y sea litigante coadyuvado, teniéndose presente lo previsto en el art. 1060.

Art. 1366, la acción que deduce el tercero coadyuvante deberá juzgarse lo principal en una misma sentencia.

Tercería excluyente de dominio, tiene tercero opositor es dueño del bien que está en el juicio principal, que se levante el embargo que ha recaído sobre él y se devuelva con sus frutos y accesorios. O bien que se reconozca que es el titular de la acción ejercida en dicho caso.

Tercería excluyente de preferencia tiene por objeto que se declare que el tercerista tiene preferencia en el pago respecto del acreedor embargante en el juicio principal.

Parte de la tercería excluyente.

a) El tercerista

b) El ejecutante

c) El ejecutado

Art. 1367 las tercerías excluyentes son de dominio o de preferencia en el primer caso deben fundarse con el dominio que sobre los bienes en cuestión o sobre la acción que se ejercite alega el tercero, y en el segundo en el mejor derecho que este deduzca para ser pagado.

Art. 1368 las tercería excluyente no suspenderán el curso del negocio en que se interponen, se ventilan por cuerda separada, conforme a los art. Siguientes, oyendo al demandante y al demandado en traslado por tres días a cada uno.

Art. 1369 cuando el ejecutado, este conforme con la reclamación del tercer opositor; solo se seguirá el juicio de tercería entre este y el ejecutante.

Art.1370 el opositor deberá fundar su oposición

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (6 Kb)
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com