Tipo De Contratos
Enviado por sieben • 19 de Febrero de 2014 • 1.300 Palabras (6 Páginas) • 198 Visitas
CONTRATO DE TRABAJO
El contrato de trabajo es un acuerdo de voluntades entre una empresa y un trabajador, mediante el cual el trabajador se compromete a prestar personalmente a la empresa sus servicios y la empresa se compromete a respaldar un salario.
- Consensual
- Bilateral
- Oneroso
CONTRATOS INDEFINIDOS
No significa que el trabajador quede vinculado a la empresa de forma vitalicia.
Simplemente quiere decir que le contrato no tiene vencimiento. predeterminado, es decir, que el contrato estará en vigor mientras el trabajador no decida marchar o mientras el empresario no decida despedirlo.
El trabajador puede romper el contrato en cualquiera momento. Artículo 49, d, TRLET.
La empresa puede rescindir el contrato con plena libertad. Artículos 49 a 57 del TRLET.
El contrato indefinido puede concertarse a jornada completa o a tiempo parcial.
Estos contratos tienen bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social.
Hay diversas modalidades de contratos indefinidos, todos ellos bonificados:
CONTRATOS INDEFINIDOS BONIFICADOS
Contrato indefinido bonificado para jóvenes desempleados entre 16 y 30 años.
Contrato indefinido bonificado para mujeres desempleadas.
Trabajadores mayores de 45 años.
Desempleados inscritos durante 6 o más meses, etc.
CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL
Se entiende que le contrato a tiempo parcial es aquel que se ha acordado durante un número de horas inferior a la jornada completa. Artículo 12 TRLET
Es utilizado por las empresas para adaptar los recursos humanos a las necesidades laborales.
El contrato a tiempo parcial podrá celebrarse por tiempo indefinido o por duración determinada.
En los contratos a tiempo parcial se podrán realizar horas complementarias.
El número de horas complementarias no podrá exceder del 15% de las horas ordinarias del contrato, siempre y cuando la suma de horas ordinarias y complementarias no sea superior al tope de horas de una jornada completa. *Caso práctico.
El trabajador habrá de conocer con una antelación de siete días el momento en el que realizará las horas complementarias.
Las horas complementarias se pagarán igual que las ordinarias.
La conversión de un contrato a tiempo completo en otro a tiempo parcial y viceversa es siempre voluntaria y no puede imponerla la empresa de forma unilateral. No se puede sancionar al trabajador por no optar por esta conversión. Artículo 12.4 TRLET. *Caso práctico.
CONTRATOS FIJOS DISCONTINUOS
En estos contratos se alternan períodos de actividad y períodos de inactividad. Ej.: campañas agrícolas de recogida, servicios de comedores escolares, actividades turísticas.
Se trata de contratos en los que el vínculo entre el empresario y el trabajador no se rompe durante el período de inactividad, aunque, como es lógico, durante este período el empresario no abona salario.
Si durante la fase de inactividad, el empleado no trabaja queda en situación de desocupación con derecho, si se da el caso, a la correspondiente prestación.
CONTRATOS DE DURACIÓN DETERMINADA
Son aquellos en los que en el contrato queda especificada una duración concreta.
Estos contratos pretenden adaptar la duración del contrato de trabajo a la causa que lo origina
Tratan de cubrir actividades o situaciones temporales con contratos de la misma duración, reservando los contratos indefinidos para actividades, en principio, ilimitadas. *Caso práctico.
Si la duración de estos contratos se inferior a siete días, se establecerá un recargo en las cuotas empresariales a la Seguridad Social.
Por abusos con los contratos de duración determinada, los convenios colectivos podrán adoptar medidas para evitar que los trabajadores ocupen de forma reiterada, mediante contratos temporales, un mismo puesto de trabajo. *Caso práctico
El articulo 15 del TRLET incluye la obligación de hacer fijos a aquellos trabajadores que hayan estado con contratos temporales durante 24 meses, aunque sea con interrupciones, dentro de un período de 30 meses.
TIPOS DE CONTRATOS DE DURACION DETERMINADA
Actualmente existen 3 modalidades de contratos de duración determinada: Artículo 15 TRLET
- Contrato por obra o servicio determinado.
- Contrato eventual por circunstancias de la producción.
- Contrato de interinidad.
CONTRATO POR OBRA O SERVICIO DETERMINADO
Se realizan para realizar una obra o prestar un servicio concreto
La ejecución de este trabajo será en principio de duración incierta.
Es
...