Tipos De Contratos
Enviado por mariana_221089 • 4 de Diciembre de 2013 • 9.004 Palabras (37 Páginas) • 318 Visitas
Cuaderno 1
Tipos de contratos
Equipos
La creciente incursión de las empresas a nuevos y complejos mercados las ha llevado a perfeccionar no solo sus procedimientos internos sino también la forma en la que negocian y establecen acuerdos con sus clientes externos. En esta vertiginosa internacionalización, los importadores y exportadores han tenido que recurrir a diferentes estrategias, técnicas e instrumentos que les permita cerrar los acuerdos establecidos bajo términos claros y precisos que brinden confianza a ambas partes, ya que de ello depende la efectividad en las transacciones internacionales.
En este contexto, resulta fundamental dominar, de acuerdo con el tipo de transacción que se llevará a cabo, los pormenores de los tipos de contrato de compraventa internacional, de franquicias y de licencia de marca, lo cual, es el propósito de las siguientes actividades.
Instrucciones: Realice lo que a continuación se le indica.
1. Conforme equipos de trabajo y realicen una investigación en diferentes medios (libros, la web, organismos internacionales) sobre las características, obligaciones de las partes y cláusulas de cada tipo de contrato.
2. Elaboren una tabla comparativa que integre los resultados obtenidos de la investigación.
Tipo de contrato. Características Obligaciones de las partes Clausulas de cada tipo de contrato.
CONTRATO MERCANTIL Cuando el acuerdo tiene carácter comercial, el contrato a que se deriva es clasificado como contrato mercantil. Existen una gran variedad de contratos mercantiles, como los de compraventa, arrendamiento mercantil, mandato mercantil, garantía, colaboración, depósito, contratos publicitarios, de crédito, permuta, transporte, entre otros. Son tipos de contratos regulados por el derecho mercantil.
El vendedor deberá entregar las mercaderías en el lugar determinado.
El comprador deberá examinar las mercancías en el plazo más breve
CONTRATO DE SUMINISTRO En este tipo de contrato, mediante un precio, el que suministra se obliga ante otra persona a prestaciones periódicas o continuadas de bienes. Las empresas necesitan aprovisionarse de insumos, e incluso proporcionar a otras productos terminados para su comercialización o consumo directo. El proveedor, quien hace el suministro a través de entregar los bienes en forma periódica o continua. • El suministrado, quien debe recibir los bienes y efectuar el pago al precio pactado.
Las partes deben tener la capacidad de contratar. Expresan libremente su consentimiento.
Respecto al objeto, habrá libre disponibilidad del bien a suministrar así como de la transferencia de dominio. Como causa está la entrega periódica o continua del bien, y el compromiso cierto del pago según precio convenido.
CONTRATO DE CRÉDITO, DE PRÉSTAMO O DE MUTUO En cuanto crédito comercial o mercantil, el contrato tiene carácter de oneroso con derechos y obligaciones por partes que intervienen (por lo tanto no es gratuito). Además, este tipo de contrato tiene las siguientes características.
• Es de traslado de dominio al transferirse la propiedad de dinero o bien fungible.
• Es único en cuanto no necesita de otros contratos.
• Es de ejecución periódica; esto es, las entregas no hacen necesariamente una sola vez.
• Igualmente es conmutativo, susceptible de variar por acuerdo de las partes por variación de los derechos y obligaciones convenidos. Una institución crediticia o acreedor o mutuante como la persona que da el préstamo, y con capacidad para ello. • De un receptor o deudor o mutuario (o mutuatario) como la persona que recibe el préstamo, y con capacidad para hacerlo. • También puede aparecer en el contrato un garante o fiador para la devolución del préstamo, o la prenda de un bien como garantía para este efecto. Aunque la transacción se traduce finalmente en dinero, este no necesariamente será en efectivo, puede ser en documentos o mediante la transferencia de bienes adquiridos a cuenta del préstamo, generalmente bienes fungibles.
CONTRATO FUTURO Se trata de un acuerdo para comprar o vender un activo (llamado activo subyacente) en una fecha determinada (fecha de liquidación) por un precio también determinado (precio de liquidación). Estos contratos son negociados en una Bolsa de Futuros y son garantizados por una Cámara de Compensación. • Quienes se cubren de la disponibilidad de un bien en el futuro a un precio determinado. Evitan los riesgos de variación de intereses y contra la caída de las negociaciones.
• Quien busca especular sobre la evolución del precio entre la fecha de compra hasta la del vencimiento. Por ejemplo, ante un alza inminente de las operaciones bursátiles. Contratos similares.
Contratos de forward. Es una operación de plazo que obliga al comprador y vendedor. No existe una organización intermediaria.
Contratos de opción. El comprador tiene la opción , pero no la obligación de comprar, se cuenta con bolsas de opciones, y respectivas cámaras de compensación.
CONTRATO DE COMPRAVENTA INTERNACIONL Se trata de un contrato de título oneroso por el cual una persona, de un determinado país, compra mercadería a otra persona, de un país distinto, según un precio pactado. Este tipo de contrato caracteriza a la función de transacción, básica en el comercio exterior. El carácter mercantil del contrato implica que la compra se hace para la continuación del negocio; esto es, en un acto de intermediación. Comprador y vendedor identifican a las dos partes claras de este contrato. No es necesario que sean distintas. La misma unidad económica puede vender desde un país, y ella misma comprar la mercadería en otro.
Respecto al objeto comercial del negocio, se trata de mercadería que incluye tanto bienes muebles como inmuebles (según su clasificación jurídica nacional). Al no existir una legislación única que regule el contrato de compraventa internacional, se presentan situaciones de conflicto por interpretación, como en el caso de las cartas de fianza.
CONTRATO DE FRANQUICIA A través de este contrato, el franquiciante se obliga a mantener un interés permanente en términos de know-how y entrenamiento, mientras que el franquiciador opera bajo un nombre y sistema de propiedad del franquiciante y sobre el cual ha hecho una inversión importante. El franquiciador, franquiciante o franqueado. Es el titular de un conocido y marca reconocida, con distintivos y signos particulares, y goza de un prestigio bien ganado. Por ello, tiene la capacidad de otorgar licencia a un comerciante independiente para que venda sus productos bajo el mismo modelo.
El franquiciador, franqueado
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