Titulos De Crédito
Enviado por ariana002 • 5 de Mayo de 2015 • 1.864 Palabras (8 Páginas) • 229 Visitas
TITULOS DE CRÉDITO
Se definen los títulos de crédito como los documentos necesarios para ejercitar el derecho literal que en ellos se consigna. O bien el documento necesario para ejercitar y transferir el derecho en él mencionado, el cual, por efecto de la circulación y en tanto que ésta tiene lugar por los medios propios de los títulos de crédito, se considera literal y autónomo frente a quienes lo adquieren de buena fe.
consiste en un documento de carácter mercantil, constitutivo, creador de derecho que está ligado permanentemente al título, por lo que se dice en forma metafórica, que el derecho está incorporado al título.
Características de Características de los títulos de crédito
• Incorporación
• Legitimación
• Literalidad
• Autonomía
• Circulación
La Incorporación. El título de crédito lleva incorporado un derecho, va unido al título, y su ejercicio se ha condicionado a la exhibición del documento, (sin exhibir el título, no se puede ejercitar el derecho en él incorporado).Quien posee legalmente el título, posee el derecho en él incorporado, y su razón de tener el derecho, es el hecho de poseer el título.
La Legitimación. Es una consecuencia de la incorporación. Para ejercer el derecho es necesario “legitimarse” exhibiendo el título de crédito. La legitimación puede ser activa o pasiva. La legitimación activa consiste en la calidad que tiene el título de crédito de atribuir a su titular, la facultad de exigir del obligado en el título, el pago de la prestación que en él se consigna. Sólo el titular del documento puede “legitimarse” el derecho incorporado y exigir el cumplimiento de la obligación. En cambio el deudor se legitima en forma pasiva, al pagar a quien aparece activamente legitimado.
Literalidad. La ley dice que el derecho que conlleva el título es “literal”. Significa que tal derecho se medirá en su extensión y demás circunstancias por lo que literalmente en él se consigne. Si la letra de cambio, dice que el aceptante se obliga a pagar tal cantidad, en determinado lugar y fecha, estará obligado en esa medida
La autonomía. Es el derecho que adquiere de manera sucesiva quien se convierte en titular, sobre el documento y sobre los derechos en él incorporados; cada persona adquiere un derecho propio al adquirir el título, distinto del derecho que tenía quien le trasmitió el título. El término autonomía significa que el derecho del titular es un derecho independiente.
Circulación. De acuerdo a la economía, la circulación es el movimiento de los productos, monedas, signos de crédito y, en general de la riqueza. Esta característica aplica a los títulos de crédito, dado que los mismos circulan como medio de convenio, contrato o acuerdo y por ello, se justifica su existencia
Tipos de títulos de crédito
Letra de cambio.
Es un titulo de crédito que contiene la orden incondicional que una persona llamada el girador da a otra llamado girado, de pagar una suma de dinero a un tercero que se llama beneficiario, en época y lugar determinado.
La letra de cambio es entre los títulos de crédito, el de mayor importancia. Tan es así, que la letra de cambio da nombre a aquella rama del derecho mercantil que se ocupa del estudio de los títulos de crédito: derecho cambiario. a través del estudio de la letra de cambio y de los problemas que plantea, los juristas han elaborado la doctrina general de los títulos de crédito.
Es un título de crédito esencialmente formalista: es un acto formal. En ella, la forma constituye su propia sustancia. Faltando esa forma o siendo defectuosa, el contenido carece del valor jurídico que se buscaba, por que la ley ha querido condicionar su existencia a la existencia de la forma. Sin forma cambiaria, no hay contenido cambiario, por más que lo haya causal.
Pagaré.
Es un titulo de crédito que contiene la promesa incondicional del emisor de pagar una suma de dinero en lugar y época determinados a la orden del tomador.
Es un título de crédito en el que se consigna la promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero, promesa hecha por el emisor al tomador.
A diferencia de la letra de cambio en el pagaré no existe la figura del girado, ni la del aceptante y el emisor asume el papel de este último, respondiendo directamente del cumplimiento de las obligaciones consignadas en el título.
Otra diferencia entre pagaré y letra de cambio consiste en que en el pagaré es posible estipular intereses, mientras que en la letra de cambio no lo es.
Los requisitos que el pagaré debe de contener son:
• La mención de ser pagaré, inserta en el texto del documento
• La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero;
• El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago;
• El lugar y la época del pago;
• La fecha y el lugar en que se suscriba el documento;
• La firma del emisor o de la persona que firme a su ruego o en su nombre.
Cheque.
Es un titulo de crédito en virtud del cual una persona llamada girador ordena incondicionalmente a una institución de crédito que es el librado, el pago de una suma de dinero a favor de una persona llamada beneficiaria.
Es un título de crédito nominativo o al portador que contiene la orden incondicional de pagar a la vista una suma determinada de dinero expedido a cargo de una institución de crédito por quien tiene en ella fondos de los que puede disponer en esa forma.
La importancia y trascendencia de las funciones económicas del cheque derivan de su consideración de medio o instrumento de pago. El empleo del cheque en los pagos implica importantes ventajas en los aspectos particular y general.
Fundamentalmente, el cheque es un instrumento o medio de pago, que sustituye económicamente
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