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Trabajo Auditoria


Enviado por   •  29 de Mayo de 2014  •  5.961 Palabras (24 Páginas)  •  262 Visitas

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INTRODUCCIÓN

1. Debido al proceso de globalización de la economía, es cada vez más frecuente que entidades venezolanas efectúen inversiones directas en el exterior, originándose filiales y afiliadas que mantienen sus registros de contabilidad de acuerdo con los principios de contabilidad y la moneda de los respectivos países donde operan.

2. Estas inversiones están expuestas a fluctuaciones cambiarias, cuyos efectos relacionados con los activos y pasivos se hace necesario analizar para registrarlas en los estados financieros de la entidad venezolana.

3. La evolución del mercado de capitales en Venezuela, la incorporación de nuevos instrumentos de inversión, los efectos de la inflación y la creciente complejidad de dicho mercado, hacen necesario emitir una Declaración que facilite el registro inicial, los rendimientos posteriores y las variaciones en los valores de las inversiones.

4. Esta declaración complementa los párrafos 56 al 59 de la Declaración de Principios de Contabilidad Nro. 10 (DPC

10) "Normas para la elaboración de Estados Financieros Ajustados por los Efectos de la Inflación" y a la Declaración de Principios de Contabilidad Nro. 12 (CPC

12) "Tratamiento Contable de las Transacciones en moneda extranjera y traducción o conversión a moneda nacional de operaciones en el extranjero".

5. Esta Declaración complementa y no deroga la Declaración de Principios de Contabilidad Nro.

7 (DPC 7) "Estados financieros consolidados, combinados y valuación de inversiones permanentes por el método de participación patrimonial".

6. Cuando en algún caso concreto sea necesario aclarar o modificar alguno de los párrafos contenidos en las normas indicadas en los párrafos 4 y 5 anteriores, se hará mención expresa a tal circunstancia.

Esta declaración es aplicable a las inversiones temporales y permanentes, en Venezuela o en el exterior

COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL

GENERADORES DE CONFIANZA !!!

incluyendo empresas tenedoras de acciones, bancos y otras instituciones financieras, casas de bolsa, bolsa de valores y empresas de seguros.

Esta Declaración no es aplicable a instrumentos

financieros con pacto de retracto, ya que el fondo económico de estas transacciones está más vinculado a operaciones de crédito de dinero; tampoco tiene aplicación a los contratos de seguros, planes de pensiones, las opciones de compras de acciones, los fideicomisos y los contratos de arrendamiento.

9. Esta Declaración regula:

a) El reconocimiento del costo de las inversiones

b) El reconocimiento de las ganancias o pérdidas

posteriores.

c) El registro de las variaciones del precio de los

títulos

d) La venta de los títulos

10. Las inversiones se clasifican en atención a los tipos de inversión y la intención del propietario de las mismas, como sigue:

I Tipos de Inversiones:

a) deuda

b) capital

II) Según la intención del propietario de la inversión

a) Inversiones negociables

b) Inversiones disponibles para la venta

c) Inversiones conservadas hasta su vencimiento d) Inversiones permanentes

Títulos de Deuda - son títulos que representan una

relación entre un acreedor y la entidad. Incluye las

acciones preferentes que deben ser redimidas por la

entidad emisora o que pueden ser redimidas a voluntad del

inversionista. Pueden citarse como ejemplos los

siguientes:

* Títulos de la Deuda Pública

* Bonos Quirografarios

* Bonos convertibles

* Inversiones negociables

* Acciones preferentes redimibles

* Otros instrumentos de deuda respaldados por hipotecas, por activos y por otros bienes raíces.

Se excluyen de los títulos de deuda, las cuenta a cobrar y pagar comerciales, las opciones y contratos a futuro, los contratos de arrendamiento y otros de naturaleza similar a los anteriores.

Títulos de Capital - son títulos valores que representan

propiedad de la entidad, ya sean en acciones comunes, preferentes no redimibles o de algún otro tipo, incluyendo el derecho a adquirir o vender una participación en la propiedad a precio fijo o determinable, tales como opciones de compra o venta, certificados y derechos sobre acciones.

Inversiones negociables - son inversiones temporales, representadas por valores o instrumentos de inversión negociables, convertibles en efectivo en el corto plazo y tienen un mercado activo tal como las bolsas de valores, en el cual puede obtenerse un valor de mercado o algún indicador que permita calcular ese valor. Su valor razonable es fácilmente determinable y este valor se registra en el balance general.

Inversiones disponibles para la Venta - son inversiones en títulos de deuda o de capital respecto de las cuales se tiene la intención de mantenerlas disponibles para la venta. Se clasifican en esta categoría aquellos títulos que no pueden incluirse como inversiones adquiridas para ser negociadas, inversiones a ser conservadas hasta su vencimiento o inversiones permanentes.

INVERSIONES COTIZADAS Cambios en el valor razonable

12. Las Inversiones Cotizadas deberán valorarse al cierre del ejercicio en base al valor razonable de conformidad con el párrafo 56 de la DPC-10. Una vez ajustadas a su valor razonable, se consideran activos monetarios para efectos de la determinación de los Resultados Monetarios del

Ejercicio (REME).

13. La fluctuación entre el costo de adquisición o el valor razonable al cierre del ejercicio anterior y el valor razonable de las Inversiones Cotizadas a la fecha de cierre, debe incluirse en los resultados del ejercicio.

14. Si las Inversiones Cotizadas están denominadas en moneda extranjera, se debe obtener el valor razonable en dicha moneda y luego traducirlo a moneda nacional al tipo de cambio vigente al cierre del ejercicio, para así obtener el valor razonable en moneda nacional. Una vez expresadas a su valor razonable en moneda nacional, se consideran activos monetarios para efectos de la determinación del Resultado Monetario del Ejercicio (REME).

15. La fluctuación entre el costo de adquisición y el valor razonable de las Inversiones Cotizadas en la moneda de origen se debe registrar en los resultados del ejercicio.

Así mismo, la ganancia (o pérdida) en cambio resultante de traducir las Inversiones Cotizadas en moneda extranjera a moneda nacional al tipo de cambio vigente a la fecha de cierre, también deben incluirse en los resultados

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