Tributacion
Enviado por Matrix • 21 de Noviembre de 2014 • 550 Palabras (3 Páginas) • 206 Visitas
Material de exposición de Tributación.
FACULTADES DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.
Son las que la ley asigna para identificar en caso particular la obligación tributaria, cuyos presupuestos de hecho y de carácter general se encuentran establecidos en la ley.
El código tributario establece facultades de recaudación, determinación y fiscalización, y de sanción.
DE RECAUDACIÓN.
Su función es recaudar los tributos. Para ello, podrá contratar los servicios de las entidades del sistema bancario y financiero para recibir el pago de deudas correspondientes a tributos administrados.
DE RECAUDACIÓN.
Medidas cautelares previas
Cuando por el comportamiento del deudor existan razones que permitan presumir que la cobranza podría devenir en infructuosa, la Administración a fin de asegurar el pago de la deuda, podrá trabar medidas cautelares para satisfacer la deuda. Los supuestos para trabar una medida cautelar previa son:
Presentar declaraciones o documentos falsos que reduzcan total o parcialmente la base imponible;
Ocultar total o parcialmente activos, ingresos, egresos; o consignar activos, bienes, egresos total o parcialmente falsos;
Destruir u ocultar total o parcialmente los libros de contabilidad.
No exhibir y/o no presentar los libros, registros y/o documentos que sustenten la contabilidad.
No entregar al acreedor tributario el monto de las retenciones o percepciones de tributos que se hubieren efectuado al vencimiento del plazo que para hacerlo.
DE DETERMINACION Y FISCALIZACION DETERMINACION
Se entiende por determinación de la obligación tributaria:
POR EL DEUDOR TRIBUTARIO
o Verifica la realización del hecho generador
o Base imponible
o Cuantía del tributo
POR LA ADMINISTRACIÓN
o Verifica la realización del hecho generador
o Identifica al deudor
o Base imponible
o Cuantía del tributo
La determinación de la obligación tributaria se inicia:
• Por declaración del deudor tributario. (Base cierta)
• Por la Administración Tributaria; por propia iniciativa o denuncia de terceros. (Base presunta).
• Hecho generador: identificación del deudor, base imponible y cuantía del tributo.
• Base cierta: cuando se toma como referencia la declaración hecha por el deudor tributario.
• Base presunta: lo hace la Administración por denuncia de terceros o de oficio. Se realiza cuando no se presenta declaración, la Administración Tributaria toma como referencia al hecho generador del tributo; por ejemplo, si el contribuyente es un ingeniero que tiene oficina de consultoría, se basara en función a la actividad que realiza.
FISCALIZACION
La fiscalización viene a constituir un conjunto de actos y actividades dirigidas
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