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Tributación Municipal


Enviado por   •  28 de Mayo de 2015  •  787 Palabras (4 Páginas)  •  265 Visitas

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Tributación Municipal

*Definición de los impuestos municipales

Los impuestos municipales son los tributos mencionados por el presente título en favor de los Gobiernos Locales, cuyo cumplimiento no origina una contraprestación directa de la Municipalidad al contribuyente. La recaudación y fiscalización de su cumplimiento corresponde a los Gobiernos Locales.

*Relación de los impuestos municipales

Los Impuestos Municipales son, exclusivamente, los siguientes:

a) Impuesto Predial

b) Impuesto de Alcabala

c) Impuesto al Patrimonio vehicular

d) Impuesto a las Apuestas

e) Impuesto a los Juegos

f) Impuesto a los Espectáculos Públicos no deportivos

A continuación presentamos la definición de cada uno:

a) Impuesto Predial

El Impuesto Predial es de periodicidad anual y grava el valor de los predios urbanos y rústicos. Para efectos del Impuesto se considera predios a los terrenos, incluyendo los terrenos ganados al mar, a los ríos y a otros espejos de agua, así como las edificaciones e instalaciones fijas y permanentes que constituyan partes integrantes de dichos predios, que no pudieran ser separadas sin alterar, deteriorar o destruir la edificación. La recaudación, administración y fiscalización del impuesto corresponde a la Municipalidad Distrital donde se encuentre ubicado el predio.

b) Impuesto a la alcabala

El Impuesto de Alcabala es de realización inmediata y grava las transferencias de propiedad de bienes inmuebles urbanos o rústicos a título oneroso o gratuito, cualquiera sea su forma o modalidad, inclusive las ventas con reserva de dominio; de acuerdo a lo que establezca el reglamento.

- Venta no afecta al impuesto: La primera venta de inmuebles que realizan las empresas constructoras no se encuentra afecta al impuesto, salvo en la parte correspondiente al valor del terreno.

c) Impuesto al patrimonio vehicular

El Impuesto al Patrimonio Vehicular, de periodicidad anual, grava la propiedad de los vehículos, automóviles, camionetas, station wagons, camiones, buses y ómnibuses, con una antigüedad no mayor de tres años. Dicho plazo se computará a partir de la primera inscripción en el Registro de Propiedad Vehicular.

d) Impuesto a las apuestas

El Impuesto a las Apuestas grava los ingresos de las entidades organizadoras de eventos hípicos y similares, en las que se realice apuestas.

Los Casinos de Juego continuarán rigiéndose por sus normas especiales.

e) Impuesto a los juegos

El Impuesto a los Juegos grava la realización de actividades relacionadas con los juegos, tales como loterías, bingos y rifas, así como la obtención de premios en juegos de azar. El impuesto no se aplica a los eventos a que alude

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