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Tributacion Municipal


Enviado por   •  14 de Septiembre de 2014  •  6.405 Palabras (26 Páginas)  •  373 Visitas

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Administración tributaria municipal

Introducción

Uno de los sectores de la Administración Pública que ha demorado e ponerse acorde con la modernidad y en carrera de la calidad total en prestación de servicios, es indudablemente la Municipalidad, refiriéndonos a las municipalidades en general. Los servicios en general que se brindan en estas instituciones dejan mucho que desear. Podría decirse que son muestra de la ineficiencia alcanzada con experiencia. Sin embargo, es necesario realizar un análisis mucho más serio del por qué la situación actual de las Municipalidades y sobretodo de la situación de la Administración Tributaria Municipal y su necesaria modernización.

Haciendo un poco de historia podemos decir que, entre 1892 y 1919, en la llamada República Aristocrática, se reorganizó tímidamente la institución municipal. En 1892, se promulgó una Ley Orgánica, que increíblemente, se mantuvo vigente hasta 1984.

En 1920, en el Oncenio de Leguía, se suspendió la electividad de los cargos municipales. Se decidió que el Ministerio de Gobierno, actualmente del Interior, nombre a alcaldes y regidores. En consecuencia tuvieron que pasar cuarentitrés años para que, en el primer gobierno de Fernando Belaunde terry, se volviera a elegir democráticamente a las autoridades locales. Posteriormente, durante el gobierno militar se retomó a la “dedocracia”, para designar a los alcaldes.

Al recuperarse la democracia, en 1980, se reinició la elección de alcaldes y regidores, y al igual que en 1963 fue en el segundo gobierno del presidente Belaunde.

A pesar de este escenario sombrió, los municipios son la vanguardia del proceso de democratización que requiere el país

Cabe manifestar entonces que el desarrollo municipal en general ha sido y es muy incipiente en el Perú, lo cual indudablemente involucra a todos sus sistemas. Y es necesario mencionar que desde que se restablecieron las elecciones democráticas para la elección de alcaldes y regidores, el municipio se convirtió en la fuente para poder pagar los favores políticos, derivando ello en la asimilación de personal que no era el más adecuado para desempeñar funciones propias de dichas instituciones.

En ese sentido el propósito específico de este trabajo es el de revisar la situación de la Administración Tributaria Municipal, así como proponer las un conjunto de opciones para modernizarla, dentro del marco jurídico establecido para el tratamiento tributario.

Asimismo, se analiza en forma general la creación, por parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima, del Servicio de Administración Tributaria SAT.

MODERNIZACION DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL

1. Las Municipalidades - Problemática

Hablar de Municipalidades es traer una serie de definiciones que vienen asociadas a términos tales como: corrupción, mala administración, desorden, etc., y eso no deja ser verdad cuando nos enteramos a través de los medios de comunicación sobre la detención de tal o cual alcalde de alguna municipalidad, si nos enteramos sobre las denuncias formuladas por una comunidad o las acciones penales abiertas por el Poder Judicial en contra de alcaldes.

Es necesario reconocer que en la actualidad, la mayoría de municipalidades tiene un deficiente sistema de administración tributaria, debido principalmente a que nunca se preocuparon e desarrollar o potenciar esta importante área, a través de la cual se captan los recursos necesarios para que puedan cumplir con sus fines y objetivos en favor de sus comunidades. Ese descuido no ha permitido que se implementen sistemas tales como el de fiscalización, recaudación y control de cumplimiento de deuda, con lo cual ha empeorado la situación financiera de los Gobiernos Locales al no poder contar con los recursos por falta de pago de impuestos y tasas, por parte de los contribuyentes, los mismos que en la mayoría de los casos no recaen la responsabilidad sino, por la falta de control de la Administración Tributaria. Asimismo, a ello se suma la falta de infraestructura y de personal idóneo para el desarrollo de las funciones propias de la Administración Tributaria.

1.1 Naturaleza y Finalidad de las Municipalidades

De acuerdo con lo establecido en el artículo 2ª de la Ley Nº 23853, las Municipalidades son los Organos del Gobierno Local, que emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público con autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Les son aplicables las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución, regulen las actividades y funcionamiento del Sector Público Nacional.

La Municipalidades representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armónico de las circunscrpciones de su jurisdicción.

1.2 Jurisdicción Municipal

Las municipalidades ejercen jurisdicción con los siguientes alcances:

a) La Municipalidad Provincial sobre el territorio de la reespectiva Provincia y el Distrito del Cercado.

b) La Municipalidad Distrital sobre el territorio del Distrito.

c) La Municipalidad de Centro Poblado Menor sobre el territorio que le corresponde según delimitación hacha por el respectivo Concejo Provincial.

El Capítulo II, del Capítulo V de la Ley Nº 23853 trata sobre las Rentas Municipales; sin embargo, muchas de las disposiciones en materia de rentas o tributos municipales han sido modificadas, encontrándose vigente actualmente el Decreto Legislativo Nº 776 que aprueba el Texto de la Ley de Tributación municipal.

En ese sentido el análisis que se hace en el presente trabajo se enfoca teniendo como base tanto el mencionado Decreto Legislativo como el Código Tributario aprobado mediante el Decreto Legislativo Nº 816 y vigente desde el año 1996.

2. La Administración Tributaria Municipal

El segundo párrafo del artículo 74° de la Constitución Política del Perú, señala que “Los gobiernos locales puede crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley.”

En concordancia con lo mencionado en el párrafo precedente, la Norma IV del Decreto Legislativo 816 Código Tributario, establece que “Los gobiernos Locales, mediante ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley”.

Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 52° del mencionado Código Tributario, “Los Gobiernos Locales administrarán exclusivamente las contribuciones y tasa municipales, sean estas

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