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Clases De Negocio Juridico


Enviado por   •  9 de Octubre de 2013  •  1.260 Palabras (6 Páginas)  •  548 Visitas

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Clases de Negocios Jurídicos

Para su estudio encontramos que los "negocios jurídicos" se clasifican en:

• Unilateral. Es el que resulta de una sola declaración de voluntad y produce efectos para quien la emita, independientemente de la voluntad de otros sujetos, y aún en contra de la voluntad de estos. El ejemplo por excelencia de este "negocio jurídico" lo encontramos en el testamento.

Ahora bien, es conveniente destacar que no toda declaración de voluntad constituye necesariamente un "negocio jurídico", porque existen situaciones en que la declaración unilateral de voluntad no produce por si sola efectos jurídicos, sino que para ello es necesario la acción voluntaria del otro sujeto de derecho, para que unida a la primera conformen el "negocio jurídico". Como ejemplo de esta circunstancia tenemos la oferta simple de contratar, donde es necesaria la aceptación del otro sujeto para que se perfeccione al acto jurídico.

A su vez los negocios jurídicos unilaterales se han dividido en Recepticios y No Recepticios.

Recepticios: Es la figura de "negocio jurídico" dirigida a un determinado destinatario y solo existe cuando se pone en conocimiento de ese destinatario; por ello son considerados como revocables mientras no estén en conocimiento de dicho destinatario e irrevocables después de haber ocurrido el reconocimiento.

No Recepticios: Es el "negocio jurídico" que se caracteriza por no estar dirigido a una determinada persona pero produce efectos, independientemente de su comunicación o conocimiento por persona alguna.

• Bilateral: Son aquellos "negocios jurídicos" que están conformados por dos o más manifestaciones de voluntad que conjugadas, producen efectos para todas las partes. Como ejemplo de este tenemos a los contratos y entre ellos el matrimonio, ya que los contrayentes asumen por voluntad propia este compromiso y sus efectos jurídicos recaen por igual sobre ellos una vez realizado en acto que los convierte en cónyuges.

En este punto es importante señalar que los negocios jurídicos bilaterales están consagrados en nuestro ordenamiento jurídico, donde el artículo 1.133 del Código Civil (C.C.) señala:

"El contrato es una convención entre dos o más personas para constituir, reglar, transmitir, modificar o extinguir entre ellas un vínculo jurídico"

Por su parte el artículo 1.134 C.C. desarrolla el concepto de unilateralidad y bilateralidad del contrato como se señala:

"El contrato es unilateral, cuando una sola de las partes se obliga; y bilateral, cuando se obligan recíprocamente".

Por otra parte y ahondando un poco más en la importancia de la bilateralidad en cuanto a los negocios jurídicos se refiere, la doctrina moderna distingue entre los negocios bilaterales los sinalagmáticos perfectos y los imperfectos.

Cabanellas[2]en su obra define el término sinalagmático como sinónimo de bilateralidad en la contratación dentro del tecnicismo jurídico. Los sinalagmáticos perfectos son aquellos que dan origen desde su inicio a obligaciones para ambas partes (compra-venta) y los sinalagmáticos imperfectos generan obligaciones para una sola de las partes, pero pueden llegar a generar obligaciones para ambas partes (el comodato y el depósito).

• Negocios jurídicos ínter vivos

Los "negocios jurídicos" ínter vivos (entre vivos) son los que se realizan en vida de la persona o sujeto de derecho aunque se difieran los derechos hasta el tiempo de muerte del disponente. Ejemplo de ello lo encontramos en la compra-venta y la donación.

• Negocios jurídicos Mortis Causa

Son los que están destinados a regular las relaciones jurídicas de una persona para el caso de su futura desaparición. El acto es verificado en vida de la persona pero los efectos del mismo tendrán lugar a partir de la muerte de este.

El testamento solo adquiere eficacia a partir de la muerte del otorgante y si el favorecido vive al momento de ello, convirtiéndose de esta forma en el ejemplo más relevante de este "negocio jurídico".

• Negocios Familiares

Son los que tienen por objeto las relaciones de familia o se originan del concepto general de familia. Su objetivo es tutelar y regular las nociones fundamentales de la familia. Ejemplo de ello son el matrimonio y la adopción.

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