Codigo Deontologico
Enviado por arlogf • 19 de Mayo de 2013 • 5.010 Palabras (21 Páginas) • 381 Visitas
CODIGO DEONTOLOGICO DEL PSICOLOGO
PREAMBULO
TITULO PRELIMINAR
I. PRINCIPIOS GENERALES
II. DE LA COMPETENCIA PROFESIONAL Y DE LA RELACION CON OTROS
PROFESIONALES
III. DE LA INTERVENCION
IV. DE LA INVESTIGACION Y DOCENCIA
V. DE LA OBTENCION Y USO DE LA INFORMACION
VI. DE LA PUBLICIDAD
VII. DE LOS HONORARIOS Y REMUNERACION
VIII. GARANTIAS PROCESALES
ANEXO: REGLAMENTO DE LA COMISION DEONTOLOGICA ESTATAL DEL
COLEGIO OFICIAL DE PSICOLOGOS
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Preámbulo
En el I Congreso del Colegio Oficial de Psicólogos celebrado en Madrid en mayo
de 1.984 la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Psicólogos adquirió el
compromiso de desarrollar un Código Deontológico para la profesión del
Psicólogo, partiendo para ello del Anteproyecto presentado en aquél por el
profesor don Alfredo Fierro Bardají.
Este compromiso se concretó en la celebración de unas "Jornadas de Trabajo
para la elaboración del Código Deontológico del Psicólogo", que se realizaron
en Madrid los días 16 y 17 de enero de 1.987. El Comité Organizador estuvo
formado por don Carlos Camarero Sánchez (presidente), don Alejandro Avila
Espada (Vicesecretaría y Secretaría Técnica), don Alfredo Fierro Bardají
(vocal), don Adolfo Hernández Gordillo (vocal) y don Javier Mauleón Alvarez de
Linera (vocal). Asistieron a las mismas delegados o representantes de las
siguientes instituciones: Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Psicólogos;
Col.legui Oficial de Psicòlegs de Catalunya; Delegaciones y Subdelegaciones
del Colegio Oficial de Psicólogos (Andalucía Occidental, Andalucía Oriental,
Aragón, Baleares, Galicia, Madrid, Norte, País Valenciano, Tenerife,
Extremadura y Murcia); Facultades Universitarias de Psicología (Universidad
Nacional de Educación a Distancia, Universidad Autónoma de Madrid, Universidad
Central de Barcelona, Universidad de Valencia, Universidad Complutense de
Madrid, Universidad Pontificia de Salamanca); Sociedad Española de Rorschach y
Métodos Proyectivos; Asociación Española de Neuropsiquiatría; Sociedad
Española de Evaluación Psicológica; Asociación Española de Terapia del
Comportamiento; Sociedad Española de Psicología; Asociación Psicoanalítica de
Madrid.
Además participaron en las mismas numerosos y distinguidos profesionales,
entre ellos el profesor don José Luis Pinillos Díaz, así como el Subsecretario
de Justicia, ilustrísimo señor don Liborio Hierro Sánchez-Pescador.
En dichas Jornadas se discutieron numerosas enmiendas y se elaboró un nuevo
Proyecto de Código Deontológico del Psicólogo, el cual fue sometido a un
período de información pública durante el mes de febrero de 1987. Tras dicho
período, el día 13 de marzo de 1987 se reunió la Comisión de Seguimiento del
Código Deontológico nombrada en las Jornadas de Trabajo, coordinada por el
profesor don Alejandro Avila Espada, vicepresidente de la Junta Rectora de la
Delegación de Madrid, e integrada por don Adolfo Hernández Gordillo,
secretario de la Junta de Gobierno Estatal y presidente de la Junta Rectora de
la Delegación de Madrid; don Alfredo Fierro Bardají, vocal de la Junta de
Gobierno Estatal; don Javier Mauleón Alvarez de Linera, asesor jurídico del
Colegio; don Lluis Maruny i Curtó, representante del Col.legui Oficial de
Psicòlegs de Catalunya; don Antonio Sánchez Barranco, representante por la
Delegación de Andalucía Occidental; don Miguel Anxo García Alvarez, presidente
de la Junta Rectora de la Delegación de Galicia, y don Joan Huerta Pérez,
presidente de la Junta Rectora de la Delegación del País Valenciano, la cual
estudió, e incorporó o no, todas y cada una de las nuevas enmiendas
presentadas, elevando el texto definitivo a la ratificación por la Junta de
Gobierno del Colegio Oficial de Psicólogos. En su reunión de 22 de mayo de
1987 la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Psicólogos ratificó esté
Código Deontológico del Psicólogo, iniciándose el período de difusión pública,
estudio y desarrollo del mismo, que culmina en su sometimiento a refrendo por
la Asamblea General del Colegio Oficial de Psicólogos de 27 de Marzo de 1.993.
La Junta de Gobierno quiere expresar públicamente su reconocimiento a la
meritoria labor realizada por los profesores don Alfredo Fierro Bardají y don
Alejandro Avila Espada, en la preparación y elaboración final de este Código
Deontológico del Psicólogo.
La Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Psicólogos eleva este Código a
Norma de Conducta Profesional de todos sus colegiados el cual ha sido además
ratificado hasta el presente por las siguientes asociaciones científicas, que
lo han hecho extensivo a sus afiliados: Sociedad Española de Psicología;
Sociedad Española de Evaluación Psicológica; Asociación Española de Terapia
del Comportamiento; Asociación Española de Neuropsiquiatría; Sociedad Española
de Rorscharch y Métodos Proyectivos; Sociedad Española para el Desarrollo del
Grupo, la Psicoterapia y el Psicoanálisis.
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
TITULO PRELIMINAR
Artículo 1º
Este CODIGO DEONTOLOGICO de la profesión de Psicólogo/a está destinado a
servir como regla de conducta profesional, en el ejercicio de la Psicología en
cualquiera de sus modalidades. El Colegio Oficial de Psicólogos lo hace suyo y
de acuerdo con sus normas juzgará el ejercicio de la profesión de los
colegiados.
Artículo 2º
La actividad del Psicólogo se rige, ante todo, por los principios de
convivencia y de legalidad democráticamente establecidos en el Estado Español.
Artículo 3º
En el ejercicio de su
...