Legislacion Educativa Peruana
Enviado por noelia1545 • 12 de Noviembre de 2014 • 1.788 Palabras (8 Páginas) • 584 Visitas
Legislación Educativa Peruana
1. ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA PERUANA (1)
Relatar un esbozo de las legislaciones educativas peruanas es muy complejo debido a la cantidad de estas, según el educador Jorge Lazo, es “la muestra indiscutible de lo mal que ha marchado la educación en nuestro país”.
Pretendemos enmarcar la evolución de la Legislación Educacional en los siguientes períodos:
a. PERIODO DE INICIACIÓN (1821-1850)
Solo se emitieron enunciados teóricos alejadas completamente de la realidad e hicieron imposible su aplicación debido a la desorganización. Entre lo más significativo podemos mencionar:
- En 1821, Don José de San Martín, ordenaba que los presidentes o prefectos de los departamentos velen por la moral de los ciudadanos y la buena marcha de los planteles de primeras letras.
- En 1822, se crea la Primera Escuela Normal, se enfatiza que la educación es un derecho de los hombres y que sin ella ningún pueblo podrá prosperar.
- La Constitución Liberal de 1823, señala que el Estado tiene la obligación de impartir la educación a todos los ciudadanos, sin distinción de clases.
- En 1825, Simón Bolívar, establece disposiciones referidas a la creación de una escuela normal en la capital de cada departamento, adjudicación de becas para los alumnos seleccionados y de bajos recursos, adopción del sistema lancasteriano de enseñanza en cada escuela.
- La Constitución Vitalicia de 1826 sostenía que a la Cámara de Senadores correspondía formular el plan de estudios y métodos de enseñanza, proponer reglamentos, conceder permisos y recompensas nacionales.
- La Constitución Liberal de 1828 establecía que el Estado garantizaba la instrucción gratuita a todos los ciudadanos.
- En 1836, Andrés de Santa Cruz, al frente de la Confederación Perú Boliviana, determinó la unificación de los sistemas educativos y al mismo tiempo, estableció el Reglamento Orgánico de la Enseñanza, que se puede considerar documento inicial de futuras disposiciones con carácter reglamentario.
- La Constitución Política de 1839 encargaba al Poder Ejecutivo la responsabilidad de la instrucción pública.
b. PERIODO DE PLANEAMIENTO (1850-1900)
Se plantea la educación desde puntos de vista doctrinarios (liberales y conservadores), la Legislación Educativa se hace más orgánica incidiendo en el desenvolvimiento coherente del sistema educativo con carácter unitario; aunque prevaleció la esencia elitista en la educación. Los actos más importantes son:
- En 1850, durante el gobierno del Mariscal Ramón Castilla, se promulgó el Reglamento de Instrucción Pública para Escuelas y Colegios de la República. Su importancia radica en que es el Primer Código Orgánico de carácter general sobre el funcionamiento del régimen educativo en toda la República.
- En 1855, Castilla promulgó, el Nuevo Reglamento de Instrucción Pública, importante por su tecnicismo y precisión en la determinación de fines pedagógicos. Establecía una nueva división de la educación en primaria, media y especial; el ente centralizador fue la Dirección General de Estudios y el profesorado fue declarado “carrera pública”.
- En 1872, durante el gobierno de Manuel Pardo, se organizó el Ministerio de Instrucción, Culto, Justicia y Beneficencia.
- En 1876, estando todavía como presidente, promulga el Reglamento General de Instrucción Pública, cuya concepción orientaba la descentralización administrativa de la educación.
- En 1884, durante el gobierno del general Miguel Iglesias (después de la guerra con Chile), la educación sufrió una profunda crisis. Se promulgó el Reglamento de Instrucción, que no modificó lo sustancial de la educación por la situación existente.
- En 1895, durante el gobierno de Don Nicolás de Piérola, se inició la elaboración de un Proyecto de Ley Orgánica por una Comisión Especial, que sirvió de base para la promulgación de la Ley Orgánica de Instrucción, de 1901.
c. PERÍODO DE ORGANIZACIÓN (1900-1940)
En esta etapa se consolida la educación, pues las leyes que se emitieron plasmaron reformas educativas que respondieron en lo sustantivo a la polémica que, a inicios del presente siglo, sostuvieron Alejandro Deústua y Manuel Vicente Villarán; el primer representante, de la “mentalidad del civilismo feudal” y, el segundo, del “programa del civilismo burgués” y por ende demoliberal, como bien sentenció José Carlos Mariátegui. También se caracterizó porque las legislaciones emitidas trataron sobre la organización y estructura del sector. Se inició la reconstrucción de la educación nacional con una definida orientación extranjera, especialmente francesa y norteamericana, profundizándose, además, el desarrollo de la educación privada. Los hechos más relevantes son:
- En 1901, durante el gobierno de Eduardo López de Romaña, se promulgó la LEY ORGÁNICA DE INSTRUCCIÓN, la cual establecía que toda instrucción es dada por el Estado, excepto la instrucción media, que también podían darla los particulares a través de liceos.
- En 1902, nuevamente se promulga otra norma educativa con el nombre de LEY DE REFORMA DE LA SEGUNDA ENSEÑANZA, que suprime los liceos y establece los colegios orientados a implementar el enciclopedismo, intelectualismo y la actitud memorística.
- En 1905, durante el gobierno de José Pardo, se promulga la LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN Nº 162, que determina la obligatoriedad y gratuidad de la enseñanza primaria o elemental, estableciendo un fondo único para aumentar su desarrollo.
- En 1920, durante el gobierno de Augusto B. Leguía, se promulgó la LEY ORGÁNICA DE ENSEÑANZA, dispositivo de marcada tendencia norteamericana, impulso a la educación secundaria y técnica, enseñanza obligatoria de 3 a 5 años, etc.
- En 1924, gobernando Leguía, orienta la educación peruana a través de planes de estudio, centralizando para ello la marcha administrativa y pedagógica.
- La Constitución Política de 1933, reunió en un solo título todos los artículos referentes a educación pública.
- En 1935, durante el gobierno del general Óscar R. Benavides, se promulgó la Ley Nº 8124, que transforma el Ministerio de
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