REQUISITOS GENERALES DE DISEÑO Y CONSTRUCCION SISMO RESISTENTE
Enviado por JULIAN FERNANDO VELANDIA MORENO • 25 de Noviembre de 2015 • Trabajo • 5.177 Palabras (21 Páginas) • 275 Visitas
eTALLER 3 – ESPESCIFICACIONES TENICAS FINAL
NORMATIVIDAD IMPORTANCIA
NSR-2010 – REGLAMENTO COLOMBIANO DE CONSTRUCCION SISMORESISTENTE
TITULO A - REQUISITOS GENERALES DE DISEÑO Y CONSTRUCCION SISMO RESISTENTE:
MODIFICACIONES MÁS IMPORTANTES.
1. Toda construcción debe contar con esta norma debido a que si hay un sismo, dicha construcción no debe salir afectada estructuralmente ya que se espera una respuesta favorable por seguridad a las personas que estén dentro de la edificación o sus alrededores.
Los requisitos se actualizaron con base en el de reglamento de 1984 y la actualización del reglamento NSR-98. Y en especial se tomaron en cuenta los datos del 2006 NEHRP (Programa de Reducción de Riesgos de Terremoto Nacional.)
CAPITULO A. Introducción. Se aclara la responsabilidad del constructor que firma la solicitud de licencia de construcción ya que cumple el diseño y la calidad de los materiales que van a utilizar en la edificación. Se pasó a sistema internacional de medidas como la exige la legislación de Colombia.
CAPITULO A.2 Zonas de amenaza sísmica y movimientos sísmicos de diseño. La definición de las zonas de amenaza sísmica se mantiene de acuerdo con el reglamento NSR-98, solo que la versión de NSR-10 se define con mayor valor al NSR-98. Por otro lado, durante el mismo tiempo se han hecho investigaciones de universidades e instituciones serias e importantes sobre la tectónica nacional. Esto ha llevado a un mejor entendimiento de las causas de los sismos en el país. Y la comisión realizo un convenio a través del ministerio de ambiente vivienda y desarrollo territorial y la asociación colombiana de ingeniería sísmica con el profesor Mario Ordaz del Instituto de Ingeniería de la Universidad Nacional Autónoma de México para que realizaran un mejor control de calidad sobre el medio ambiente y calidad de trabajos mencionados.
CAPITULO A.3 Requisitos generales de diseño sismo resistente. Materiales estructurales innecesarios, se actualizaron los métodos de análisis, debido al avance tecnológico y a que con la computarización ha avanzado y es más llevadero.
CAPITULO A.4 Método de fuerza horizontal equivalente. El límite máximo de vibración de un sismo fue modificado dependiendo de los sistemas estructurales y la resistencia sísmica, ya que el NSR-98 el valor era único.
CAPITULO A.5 Método de análisis dinámico. Los análisis matemáticos fueron actualizados teniendo en cuenta los avances de la tecnología (Computación) y fue modificada para las prácticas estructurales diseñadas en oficina a nivel nacional e internacional.
CAPITULO A.6 Requisitos de la deriva. Se simplificaron algunas estructuras regulares; Cuando la estructura tiene irregularidad torsional se debe analizar en todos los ejes verticales de columna y en los bordes verticales en los muros estructurales. Se introdujo en procedimiento nuevo para edificaciones con muros estructurales por medio del cual se permite evaluar la deriva máxima en los pisos superiores utilizando la Tangente. Esto produce un soporte a las edificaciones de antes que consistían en muros únicamente.
CAPITULO A.7 Interacción suelo-estructura. Los requisitos de este capítulo permanecen iguales a los del REGLAMENTO NSR-98.
CAPITULO A.8 Efectos sísmicos sobre elementos estructurales que no hacen parte del sistema de resistencia sísmica. De este capítulo la única actualización es la forma como se evalúan las fuerzas sísmicas sobre los elementos de (Método de fuerza horizontal equivalente).
CAPITULO A.9 Elementos no estructurales. Se toma en cuenta la responsabilidad del constructor y el supervisor técnico teniendo en cuenta la construcción adecuada de elementos no estructurales con importancia en la prevención de la vida ante un sismo fuerte.
CAPITULO A.10 Evaluación e intervención de edificaciones construidas antes de la vigencia de la presente versión del reglamento. A estos se les puede aplicar a los diseños alternos de edificaciones construidas y declaradas como patrimonio histórico nacional donde puede existir un daño en estas estructuras convencionales por medio de un sismo.
Este capítulo fue actualizado teniendo en cuenta el reglamento NSR-98.
Las principales modificaciones son las siguientes:
- Reparaciones y cambios menores.
- Cambio de uso.
- Vulnerabilidad sísmica.
- Modificaciones.
- Reforzamiento estructural.
- Reparación de edificaciones dañadas por sismos.
CAPITULO A.11 Instrumentación sísmica. Este capítulo no se modificó mucho, solamente la parte en la que se hiciese más efectivo los métodos sobre la licencia de construcción y el permiso de ocupación ya que se han presentado algunos incumplimientos.
CAPITULO A.12 Requisitos especiales para edificaciones indispensables de los grupos de uso III y IV. El periodo de retorno según el umbral del daño debido a un sismo fue modificado para incrementar su efectividad.
CAPITULO A.13 Definiciones y nomenclatura del Título A. Se actualizo y se incluyeron nuevos términos en el Reglamento NSR-10: (Ejemplos).
Acabados — Partes y componentes de una edificación que no hacen parte de la estructura o de su cimentación. Véase elementos no estructurales.
Aceleración pico efectiva, Aa — Es un parámetro utilizado para determinar el espectro de diseño.
Acelerograma — Descripción en el tiempo de las aceleraciones a que estuvo sometido el terreno durante la ocurrencia de un sismo real.
Acelerógrafo — Instrumento que permite registrar las aceleraciones a que se ve sometido el terreno durante la ocurrencia de un sismo. Este registro queda consignado en un acelerograma.
Altura de la edificación en la colindancia — Es la suma de las alturas de piso en la colindancia.
Amortiguamiento — Pérdida de energía en un movimiento ondulatorio.
Apéndice — Es un elemento no estructural que sobresale del volumen general de la edificación.
Armadura — Véase cercha.
TITULO B – CARGAS:
LAS ACTUALIZACIONES MÁS IMPORTANTES SON: Se han hecho los requisitos más acordes con el documento, sobre cuya versión de 1995 estaba basado este Título en el Reglamento NSR-98, lo cual ha incluido los siguientes aspectos. Para el Reglamento NSR-10 se tuvo en cuenta además del documento ACI IPS-1, el cual fue desarrollado en Colombia a través de un convenio suscrito
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