ENSAYO DELITOS INFORMATICOCS
Enviado por GLOSETO07 • 14 de Octubre de 2014 • 2.297 Palabras (10 Páginas) • 405 Visitas
ENSAYO DELITOS INFORMATICOS
INTRODUCCION
El desarrollo de la tecnología informática ha abierto las puertas a posibilidades de delincuencia. La manipulación fraudulenta con ánimo de lucro como el fraude, el terrorismo, el narcotráfico, la pornografía, la destrucción de programas o datos y el acceso o la utilización indebida de la información que puede afectar la esfera de la privacidad son algunos de los procedimientos mediante los cuales es posible obtener grandes beneficios económicos o causar importantes daños materiales o morales.
Los hacker surgieron poco a poco, anteriormente las empresas y los gobiernos comenzaron a utilizar a la informática como medio de desarrollo, esto alerto a jóvenes investigadores pues a pesar de que era un trabajo arduo y serio, la innovación se fue convirtiendo en un juego, a veces peligroso, y así uniendo lo lúdico con lo científico en la segunda mitad del siglo XX, estos jóvenes crearon bloques de trabajo, conectados en red y comenzó a consolidarse la cultura hacker.
DESARROLLO
Actualmente, la mayoría de las personas hacemos uso de las tecnologías, y algunas viven en función de ellas. Nos vemos en la necesidad de utilizar las redes sociales, el correo electrónico, la mensajería instantánea, etc., pero desafortunadamente no somos conscientes de los riesgos que corremos, tales como, perder nuestra intimidad y privacidad, ya que al revelar información sobre nosotros en un medio que trasciende fronteras, quedamos expuestos ante los demás.
En Colombia, según la Unidad de Delitos Informáticos de la Policía Judicial (Dijín) se robaron más de 3.500 millones de pesos de usuarios del sistema financiero en el 2006. Cabe resaltar, que un delito informático es cualquier comportamiento antijurídico, no ético o no autorizado, relacionado con el procesado automático de datos y/o transmisiones de datos. Se realizan por medios informáticos y tienen como objetos a la información en sí misma.
En nuestro país se han creado diversas leyes relacionadas con delitos informáticos y la protección de la información y de los datos, las cuales conllevan a penas de prisión de hasta 120 meses y multas de hasta 1500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Sin embargo, todos sabemos que la justicia en nuestro país cojea por todos lados, y una cosa es que existan las leyes y otra muy diferente que se hagan cumplir, considero que lo importante no es crear cualquier cantidad de leyes, lo realmente importante es que los delitos no queden impunes. "Al final, la gente se dará cuenta de que no tiene ningún sentido escribir leyes específicas para la tecnología. El fraude es el fraude, se realice mediante el correo postal, el teléfono o Internet. Un delito no es más o menos delito si se utilizó criptografía (...). Y el chantaje no es mejor o peor si se utilizaron virus informáticos o fotos comprometedoras, a la antigua usanza. Las buenas leyes son escritas para ser independientes de la tecnología. En un mundo donde la tecnología avanza mucho más deprisa que las sesiones del Congreso, eso es lo único que puede funcionar hoy en día. Mejores y más rápidos mecanismos de legislación, juicios y sentencias...quizás algún día.
La cifra de delitos informáticos en el país va en aumento. Tanto que Colombia es, actualmente, el tercer país en Latinoamérica donde más se cometen. Se calcula que 187 denuncias mensuales son interpuestas por fraude a diferentes bancos.
Así lo reveló en los últimos días el Colegio Colombiano de Juristas, que explicó que la lista de esta modalidad de delito la encabezan Brasil y México. Algunos de los delitos electrónicos que más se presentan en el país y que, según expertos de la Fiscalía, van en aumento son acceder a bases de datos de bancos u otras entidades sin permiso, sustraer archivos de computadores, ingresar a redes sociales y correos ajenos y clonar tarjetas bancarias.
Ante este panorama, el Congreso de la República de Colombia sancionó la Ley 1273 el 5 de enero de 2009, "por medio del cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado denominado 'De la Protección de la información y de los datos' y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones".
A partir de dicha normativa, la información se convirtió en un bien titulado y de esta manera se logró establecer un marco regulatorio para conductas delictivas relacionadas con la tecnología o que son perpetradas desde medios informáticos. Así, el país pasó a ser pionero a nivel mundial en materia de legislación de delitos informáticos.
"Algo que se hizo muy bien en Colombia al momento de legislar sobre esta materia es que no se utilizó tanto tecnicismo. Cosa que no sucedió en países como México cuando se tipificó el pishing. En ese país, tres meses después de sancionada la norma esa conducta criminal pasó a llamarse 'Drive by Pharming', lo que hizo que las autoridades ya no pudieran castigarla con las normas existentes". En Colombia existen instituciones de educación como UNICOLOMBIA que promueven capacitaciones en temas relacionados con Delitos Informáticos, el mejor manejo y uso de la prueba digital, establecer altos estándares científicos y éticos para Informáticos Forenses, Llevar a cabo investigación y desarrollo de nuevas tecnologías y los métodos de la ciencia del análisis forense digital e Instruir a los estudiantes en diversos campos específicos sobre nuevas tecnologías aplicadas a la informática Forense, la investigación científica y el proceso tecnológico de las mismas.
En México los delitos de revelación de secretos y acceso ilícito a sistemas y equipos de informática ya sean que estén protegidos por algún mecanismo de seguridad, se consideren propiedad del Estado o de las instituciones que integran el sistema financiero son hechos sancionables por el Código Penal Federal en el titulo noveno capítulo I y II.
El artículo 167 fr.VI del Código Penal Federal sanciona con prisión y multa al que intencionalmente o con fines de lucro, interrumpa o interfiera comunicaciones alámbricas, inalámbricas o de fibra óptica, sean telegráficas, telefónicas o satelitales, por medio de las cuales se transmitan señales de audio, de video o de datos.
La reproducción no autorizada de programas informáticos o piratería esta regulada en la Ley Federal del Derecho de Autor en el Título IV, capítulo IV. También existen leyes locales en el código penal del Distrito Federal y el código penal del estado de Sinaloa.
La Argentina sancionó el 4 de junio del 2008 la Ley 26.388 (promulgada de hecho el 24
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