LEY DEL SERVICIO PUBLICO
Enviado por morquecho1234 • 18 de Septiembre de 2014 • 2.716 Palabras (11 Páginas) • 250 Visitas
LEY DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 1975
TEXTO VIGENTE
Última reforma publicada DOF 09-04-2012
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
LUIS ECHEVERRIA ALVAREZ, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed:
Que el H. Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO:
"El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, Decreta:
LEY DEL SERVICIO PUBLICO DE ENERGIA ELECTRICA
CAPITULO I
Disposiciones Generales
ARTICULO 1o.- Corresponde exclusivamente a la Nación, generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público, en los términos del Artículo 27 Constitucional. En esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares y la Nación aprovechará, a través de la Comisión Federal de Electricidad, los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines.
ARTICULO 2o.- Todos los actos relacionados con el servicio público de energía eléctrica son de orden público:
ARTICULO 3o.- No se considera servicio público:
I.- La generación de energía eléctrica para autoabastecimiento, cogeneración o pequeña producción;
II.- La generación de energía eléctrica que realicen los productores independientes para su venta a la Comisión Federal de Electricidad;
III.- La generación de energía eléctrica para su exportación, derivada de cogeneración, producción independiente y pequeña producción;
IV.- La importación de energía eléctrica por parte de personas físicas o morales, destinada exclusivamente al abastecimiento para usos propios; y
V.- La generación de energía eléctrica destinada a uso en emergencias derivadas de interrupciones en el servicio público de energía eléctrica.
Artículo reformado DOF 23-12-1992
ARTICULO 4o.- Para los efectos de esta Ley, la prestación del servicio público de energía eléctrica comprende:
I.- La planeación del sistema eléctrico nacional;
II.- La generación, conducción, transformación, distribución y venta de energía eléctrica, y;
III.- La realización de todas las obras, instalaciones y trabajos que requieran la planeación, ejecución, operación y mantenimiento del sistema eléctrico nacional.
ARTICULO 5o.- La Secretaría de Energía dictará, conforme a la política nacional de energéticos, las disposiciones relativas al servicio público de energía eléctrica, que deberán ser cumplidas y observadas por la Comisión Federal de Electricidad y por todas las personas físicas o morales que concurran al proceso productivo.
Artículo reformado DOF 27-12-1983, 09-04-2012
ARTICULO 6o. Para los efectos del artículo anterior, la Secretaría de Energía autorizará, en su caso, los programas que someta a su consideración la Comisión Federal de Electricidad, en relación con los actos previstos en el artículo 4o. Todos los aspectos técnicos relacionados con la generación, transmisión y distribución de energía eléctrica serán responsabilidad exclusiva de la Comisión Federal de Electricidad.
Artículo reformado DOF 27-12-1983, 09-04-2012
CAPITULO II
Del organismo encargado de la prestación del servicio público de energía eléctrica.
ARTICULO 7o.- La prestación del servicio público de energía eléctrica que corresponde a la Nación, estará a cargo de la Comisión Federal de Electricidad, la cual asumirá la responsabilidad de realizar todas las actividades a que se refiere el artículo 4o.
ARTICULO 8o.- La Comisión Federal de Electricidad es un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio.
ARTICULO 9o.- La Comisión Federal de Electricidad tiene por objeto:
I.- Prestar el servicio público de energía eléctrica en los términos del artículo 4o. y conforme a lo dispuesto en el artículo 5o.;
II.- Proponer a la Secretaría de Energía los programas a que se refiere el artículo 6o.;
Fracción reformada DOF 27-12-1983, 09-04-2012
III.- Exportar energía eléctrica y, en forma exclusiva, importarla para la prestación del servicio público.
Fracción reformada DOF 23-12-1992
IV.- Formular y proponer al Ejecutivo Federal los programas de operación, inversión y financiamiento que a corto, mediano o largo plazo, requiera la prestación del servicio público de energía eléctrica;
V.- Promover la investigación científica y tecnológica nacional en materia de electricidad;
VI.- Promover el desarrollo y la fabricación nacional de equipos y materiales utilizables en el servicio público de energía eléctrica;
VII.- Celebrar convenios o contratos con los Gobiernos de las Entidades Federativas y de los Municipios o con entidades públicas y privadas o personas físicas, para la realización de actos relacionados con la prestación del servicio público de energía eléctrica;
VIII.- Efectuar las operaciones, realizar los actos y celebrar los contratos que sean necesarios para el cumplimiento de su objeto; y
IX.- Los demás que fijen esta ley y sus reglamentos.
ARTICULO 10.- La Comisión Federal de Electricidad estará regida por una Junta de Gobierno, integrada por los Secretarios de Hacienda y Crédito Público; de Desarrollo Social; de Economía; de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; y de Energía, quien la presidirá. También formarán parte de la Junta de Gobierno, el Director General de Petróleos Mexicanos y tres representantes del sindicato titular del contrato colectivo de trabajo que rija las relaciones laborales en la Comisión Federal de Electricidad.
Párrafo reformado DOF 23-12-1992, 09-04-2012
Los integrantes de la Junta de Gobierno nombrarán a sus respectivos suplentes. La Junta de Gobierno designará a un secretario de la misma.
La vigilancia del Organismo estará encomendada a un Consejo integrado por tres miembros, con sus correspondientes suplentes, que serán nombrados y removidos libremente por los titulares de las Secretarías de la Función Pública y de Energía así como por un representante designado por la Junta
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