ACCIONES DE PROTECCIÓN DEL DERECHO DEL ACREEDOR
Enviado por Rubén Machorro Díaz • 14 de Noviembre de 2017 • Trabajo • 2.091 Palabras (9 Páginas) • 915 Visitas
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ÍNDICE
- INTRODUCCIÓN …………………………………..…………. 3
- ACCIÓN OBLICUA ---------------------------------------------------3
- ACCIÓN PAULIANA -------------------------------------------------4
- DERECHO DE RETENCIÓN …………………………………5
- SIMULACIÓN DE ACTOS ------------------------------------------6
- CONCLUCIÓN …………………………………………………7
VII. BIBLIOGRAFÍA ……………………………………………….7
ACCIONES DE PROTECCIÓN DEL DERECHO DEL ACREEDOR
Para poder entender de mejor a las acciones de protección del derecho del acreedor, es sumamente importante entender que el acreedor es aquella persona que puede exigir un pago o el cumplimiento de una obligación. El acreedor puede ser quirografario aquel que únicamente tiene como garantía documento en el que se plasmó el acto jurídico que celebró y también puede tener garantía real.
ACCIÓN OBLICUA
La acción oblicua es una la facultad que la ley brinda al acreedor, para ejercitar las acciones o derechos de su obligado-deudor, en contra del o de los que a su vez son obligados-deudores pecuniarios de éste, de tal forma que el deudor recupere su solvencia económica e inmediatamente pueda pagar a su acreedor.
Existen determinados requisitos para que se pueda ejercitar la acción oblicua, los cuales son:
- Que exista un crédito exigible;
- Que el deudor sea insolvente o caiga en insolvencia de no ejercitarse tales acciones, declarando tal insolvencia ante notario o en jurisdicción voluntaria.
- Que el deudor se rehúse a ejercitar sus acciones habiendo sido excitado por el acreedor
- Que no se trate de acciones personalísimas.
Ahora bien, la acción oblicua trae determinados efectos al patrimonio del deudor pasivo en los bienes o beneficios de que era titular ya que una vez obrando en ese patrimonio, el acreedor que ejercitó la acción oblicua tendrá la preferencia para que sean pagadas las deudas que el titular de estos derechos tuvo con él.
Para ejemplificar esta figura jurídica puede utilizarse el siguiente supuesto: Carlos es el acreedor de Juan, por un crédito de 1.000.000 de pesos, cuyo plazo es de un año. Sin embargo, Juan incumple con el pago. Buscando satisfacer su derecho de crédito, Carlos se entera de que Juan había vendido una propiedad en Cartagena tiempo atrás, que no habían terminado de pagarle, siendo la deuda exigible desde algunos meses atrás. Ante esa situación, y al no haber ningún otro bien que pueda embargarle a Juan, Carlos decide pedir la autorización judicial para poder ejercer la acción oblicua, y cobrar el monto debido por la venta de la propiedad en representación de su deudor.
ACCIÓN PAULIANA
Debemos de entender a la acción pauliana como una facultad que otorga la ley a la víctima de un hecho ilícito, para pedir a la autoridad judicial que nulifique o revoque, según sea el caso, el o los actos de disposición de los bienes que produjeron la insolvencia de éste. Por ende, los efectos que de la acción pauliana en primera instancia estarán encaminados a obtener a través de una sentencia favorable una revocación, o nulificación de los actos realizados por el deudor y hacer que los bienes afectados vuelvan al patrimonio de éste para que pueda efectuarse el pago correspondiente al acreedor que ejercita la acción.
Los actos que se pueden impugnar con la “Acción Pauliana” son a groso modo todos los que realice el deudor con el fin de caer en estado de insolvencia, y así pretender que sus acreedores no hagan efectivo el monto de sus indemnizaciones. Sin embargo, no debe confundirse con la simulación de actos. Entre los actos impugnables están
- Repudiación de una herencia en perjuicio de sus acreedores.
- Enajenación real y verdadera de los bienes que forman parte del patrimonio activo.
- Renuncia al usufructo legal.
- Renuncia de derechos constituidos a favor del deudor, y cuyo goce no sea exclusivamente personal.
- Renuncia de facultades.
- Pagos anticipados que haga el deudor y que lo hacen caer en insolvencia, o la agraven.
- Conversión de créditos ordinarios en créditos preferentes.
Requisitos para ejercitar la acción pauliana son los siguientes: primeramente, debe tratarse de un acto jurídico, ya que los hechos materiales que realice el deudor para esconder sus bienes no podrán impugnarse por medio de esta acción. Así mismo el acto debe disminuir, o bien no permitir que aumente, el patrimonio pecuniario activo del deudor. En el mismo contexto el acto debe ser causa de insolvencia del deudor y debe haber mala intención de las partes interesadas en la realización del acto, o éste debe ser a título gratuito.
Así mismo la acción pauliana también puede ejercitarse en contra del adquirente a título oneroso de mala intención, y el a título gratuito, sea de buena fe, o de mala intención. Y también contra el sub-adquirente o ulteriores sub-adquirentes.
Para concluir cabe resaltar que la víctima de un hecho ilícito que decide ejercitar esta acción, precisa tener a su favor un crédito que sea anterior al acto realizado por su deudor y que produjo la insolvencia de éste, pues si se trata de un crédito posterior a este estado, ya no procede el ejercicio de esta acción.
Se puede ejemplificar a la acción pauliana de la siguiente manera: Juan celebró un contrato de mutuo con intereses con Pedro, juan deja de realizar los pagos estipulados en el contrato, pedro demanda a Juan el cumplimiento del contrato y al enterarse de esto, Juan vende a su hermano su inmueble de mayor valor, declarándose en estado de insolvencia, por lo que Pedro ejercita acción Pauliana con el objetivo de devolverle la solvencia económica a Juan para que así este cumpla su obligación.
DERECHO DE RETENCIÓN
El derecho de retención es una figura jurídica que faculta al acreedor para negarse a devolver una cosa, propiedad de su deudor, mientras éste no le pague lo que le debe en relación con esa misma cosa o por algún otro motivo.
El derecho de retención consta de los siguientes elementos: 1. Tenencia de una cosa ajena; 2. Un crédito del tenedor de la cosa contra quien exige la entrega. 3. Cierta conexión entre la cosa y el crédito.
Los principales efectos que genera el derecho de retención son 1. Que el acreedor ejerce presión sobre su deudor para que le sea más fácil cobrar su crédito. 2. Que en caso del no pago de la deuda el acreedor tendrá toda la facilidad del remate del bien en retención.
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