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ANALISIS DE “INTRODUCCION A LOS JUICIOS ORALES EN MATERIA PENAL” DE MIGUEL CARBONELL


Enviado por   •  14 de Septiembre de 2016  •  Ensayo  •  5.704 Palabras (23 Páginas)  •  640 Visitas

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DERECHO PROCESAL PENAL

ANALISIS DE “INTRODUCCION A LOS JUICIOS ORALES EN MATERIA PENAL” DE MIGUEL CARBONELL

CURIEL PEREZ SAUL OMAR

PROFESOR.

LIC. PARRA HERNANDEZ FRANCISCO JAVIER.

Fecha de Entrega: 18 DE ABRIL 2016

¿POR QUE UNA REFORMA EN MATERIA DE JUICIOS ORALES?

Introducción

Al principio de este capitulo el autor nos explica por que era necesaria la reforma del 18 de junio del 2008 a nuestro sistema penal.  Con cambios para la seguridad publica, la procuración de la justicia, la administración de la justicia y la ejecución de las penas privativas de la libertad. De igual forma era urgente la reforma por que el MP no sabe integrar adecuadamente una averiguación previa, hoy en día carpeta de investigación. Nos menciona el autor que esta era una reforma constitucional necesaria, ahora depende de todos los sujetos procesales que en verdad se lleve acabo como se planeo.

La ruta de la reforma: la sociedad civil en marcha

En base a lo que nos expresa miguel Carbonell. Ya tenia conocimiento de que la reforma en juicios orales venia directamente de la sociedad con ayuda de Pedro Joaquín Coldwell hoy en día secretario de estado que gracias a el se pudo entregar como una iniciativa de reforma constitucional. Igual el autor comenta algo que nos dijo el profesor en clase que las dependencias publicas como el ministerio publico tuviera incentivos para que hicieran mejor su trabajo, pero el profesor nos comento que el ministerio publico tenia metas en su trabajo y no les importaba saber si la gente era culpable o inocente, por que tenían que tener cierto numero de ejercicios de la acción penal, no ejercicio de la acción penal y archivo o reserva. Para que los agentes del MP pudieran alcanzar unos bonos.

Respecto a la reforma del 2004 echa en el sexenio del presidente Vicente  Fox desde mi punto de vista fue de gran avance por que la sociedad ya podía estar mas involucrado a las reformas y no solo quedarnos con lo que hicieran los legisladores que muchas veces en vez de hacer lo que la sociedad necesitaba hacían lo que a los partidos políticos les convenía y esto hacia que la política fuera mas sucia y solo trabajara para ellos, que actualmente parece que seguimos igual. Y respecto a la reforma del 2007 hecha por el ex presidente Felipe Calderón Hinojosa no estaba totalmente de acuerdo por que le iba a dar mas poder al ministerio publico e iba a haber mas abusos de autoridad por parte de ellos y desde mi punto de vista el error mas grande era darles la autorización a los policías de poder meterse a propiedades privadas sin autorización y concluyo lo mismo que en caso de que fuera así habrían muchos abusos de autoridad. Que se supone que esto se utilizaría principalmente para atacar al crimen organizado pero pienso que mucha gente no lo utilizaría para ese fin.

 Con base a los datos que nos da el autor sobre la aprobación de la reforma en ambas cámaras a mi me deja muchas dudas por que fue un proceso muy rápido, siento que tuvo que ser mejor estudiada la reforma, pero me hace pensar que los legisladores no la estudiaron como debían por que estaban apunto de terminar su primero periodo de sesiones y estaban pensando ya en sus vacaciones. Y para los legisladores de ese año era más importante sus vacaciones que una buena reforma a nuestra constitución y sobre todo esta reforma que iba a cambiar mucho nuestro sistema penal.

Igual el autor nos menciona las personas que supuestamente consumen drogas legales e ilegales en México pero yo creo que esa cifra se queda corta. Por que yo como estoy mas en la calle y con gente joven me doy cuenta que hay muchas personas que llegan a consumir algún tipo de droga.

Y respecto a la facultad que tiene le congreso de la unión para legislar en materia de legislación única de procedimiento penales yo pienso que eso no es muy bueno ya que ellos no conocen al 100% la materia como los jueces, magistrados y ministros.

Garantismo y proceso penal

Al principio de este subtema el autor nos explica los propósitos del procedimiento penal en México que son esclarecer los hechos que con delitos, proteger a los inocentes, sancionar a los culpables y que reparen el daño y respetar los derechos humanos de nuestra constitución y de los tratados internacionales. Nos explica igual que el garantismo es una ideología jurídica, es decir, una forma de representar, comprender, interpretar y explicar el derecho. Nos menciona que una de las ideas principales es la desconfianza hacia cualquier tipo de poder y este nos hace la idea de no creer en poderes buenos.

Y se supone que las garantías que nosotros como ciudadanos debemos tener es que nos van a garantizar que los procesos penales tiene por objetivo la averiguación de la verdad.

ARTICULO 20 CONSTITUCIONAL: PRINCIPIOS GENERALES DEL PROCESO LEGAR

Introducción

En el principio de este capitulo el autor nos explica que este articulo fue el que tuvo mayores cambias después de la reforma del 18 de junio del 2008 y como principales cambios es que cambio a un sistema acusatorio, los principios del juicio penal, la nulidad de la prueba ilícitamente obtenida, la presunción de influencia y que las personas detenidas sean informadas de sus derechos.

Se supone que estas reformas del 18 de junio del 2008 hechas al articulo 20 constitucional se hicieron para tener una justicia mejor y procesos mejores.

Proceso penal acusatorio y proceso penal inquisitivo

En el principio de este subtema el autor nos menciona lo que nos dice el artículo 20 constitucional de que el proceso penal será acusatorio y oral, pero como el profesor nos ha comentado en clase no todo el proceso es oral y que aun no se llevan como están planificados.

Sistema inquisitivo: concentración de funciones en una misma autoridad

Respecto al sistema inquisitivo desde mi punto es malo por lo que leí, no puede ser posible que acusa a una persona ella misma investiga y sobre todo juzgue es por eso que la mayoría de veces siempre había un fallo a favor del ministerio publico y respecto al sistema inquisitivo mixto es casi lo mismo por que el ministerio publico sigue acusando e investigando y el juez  es el juzgador, pero el ministerio publico sigue haciendo funciones que debería hacer un juez y por ese motivo es que el ministerio publico y la defensa no están en igualdad de partes.

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