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ARTICULO N°3 COMUN A LOS CONVENIOS.


Enviado por   •  27 de Julio de 2016  •  Resumen  •  1.935 Palabras (8 Páginas)  •  612 Visitas

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ARTICULO N°3 COMUN A LOS CONVENIOS

El artículo 3, común a los cuatro Convenios de Ginebra marcó un gran avance, ya que abarca los conflictos armados no internacionales, que nunca antes habían sido incluidos en los tratados. Estos conflictos pueden ser de diversos tipos. Puede tratarse de guerras civiles, conflictos armados internos que se extienden a otros Estados, o conflictos internos en los que terceros Estados o una fuerza internacional intervienen junto con el gobierno. El artículo 3 común establece las normas fundamentales que no pueden derogarse. Es una suerte de mini convenio dentro de los Convenios, ya que contiene las normas esenciales de los Convenios de Ginebra en un formato condensado y las hace aplicables a los conflictos sin carácter internacional:

  • Establece que se debe tratar con humanidad a todas las personas que no participen en las hostilidades o que caigan en poder del adversario, sin distinción alguna de índole desfavorable. Prohíbe específicamente los atentados contra la vida, las mutilaciones, la toma de rehenes, la tortura, los tratos humillantes, crueles y degradantes, y dispone que deben ofrecerse todas las garantías judiciales.
  • Establece que se debe recoger y asistir a los heridos y los enfermos.
  • Concede al CICR el derecho a ofrecer sus servicios a las partes en conflicto.
  • Insta a las partes en conflicto a poner en vigor, mediante acuerdos especiales, la totalidad o partes de los Convenios de Ginebra.
  • Reconoce que la aplicación de esas normas no afecta el estatuto jurídico de las partes en conflicto.

Dado que la mayor parte de los conflictos armados actuales no son de carácter internacional, es de suma importancia aplicar el artículo 3 común. Es necesario que se lo respete plenamente. 

EJEMPLOS DE LA PARTICIPACION DEL CICR (ARTICULO N°3)

 

El CICR y el conflicto de Cachemira  


En 1945, al terminar la Segunda Guerra Mundial, el Gobierno británico manifestó claramente su intención de conceder la independencia a la India.
 

A partir de entonces, el conflicto entre los ingleses y los nacionalistas indios pasó a segundo plano, a medida que se iba acentuando el antagonismo entre hindúes y musulmanes. Los primeros, reunidos en el Partido del Congreso dirigido por Yawaharlal Nehru, deseaban mantener la unidad de la India y formar un gobierno integrado por representantes de ambas comunidades. Los segundos, agrupados en torno a la Liga Musulmana presidida por Muhammad Alí Yinnah, exigían la creación de un Estado musulmán separado: Pakistán. La problemática era tanto más complicada cuanto que los aproximadamente trescientos millones de hindúes, seis millones de sikhs y cien millones de musulmanes que poblaban la India en aquella época no ocupaban zonas claramente delimitadas, particularmente en los territorios de Penjab y de Bengala, donde la población era mixta.
 
Cuando estallaron los disturbios de Penjab, el CICR no tenía representantes sobre el terreno, ya que, en febrero de 1947, cerró la delegación que había mantenido en la India británica desde la Segunda Guerra Mundial. Preocupada por la lamentable situación de los refugiados  , a finales de 1947 la Institución decidió enviar en misión de información al doctor Otto Wenger. Delegado en la India británica de 1943 a 1947, el doctor Wenger había efectuado allí numerosas visitas a campamentos de prisioneros de guerra y de internados civiles alemanes e italianos, y estaba ya familiarizado con el subcontinente.

  Primera misión del doctor Wenger  

 
Al partir de Ginebra, en diciembre de 1947, el doctor Wenger llevaba, en particular, instrucciones para entablar, contactos con los nuevos Gobiernos y con las nuevas Sociedades Nacionales de la Cruz Roja de la India y de Pakistán [5 ] , recoger datos sobre las necesidades precisas de las víctimas y formular propuestas sobre las acciones que el CICR podría emprender en la región.

La Cruz Roja de Pakistán fue fundada inmediatamente después de la creación del Estado de Pakistán, y fue reconocida por el CICR el 21 de julio de 1948. En 1974, esta Sociedad Nacional cambió de emblema y adoptó el nombre de «Media Luna Roja de Pakistán», en virtud de una decisión de las autoridades pakistaníes, que también adoptaron la media luna roja como emblema del cuerpo de sanidad militar. Tal medida fue notificada oportunamente por el Gobierno de Pakistán a todos los Estados Partes en los Convenios de Ginebra.

Las Sociedades Nacionales de ambos países han prestado asistencia a las víctimas de los disturbios registrados desde la partición.
 

Dispuesto a apoyar a las Sociedades de la Cruz Roja de la India y de Pakistán, el CICR había previsto hacer, de común acuerdo con ellas, un llamamiento a todas las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, a fin de que enviaran socorros para los refugiados. Al parecer, nadie pensó en que, tan pronto como se encontrara en su destino, el delegado del CICR iba a ser acaparado por el conflicto de Cachemira. En efecto, inmediatamente después de su llegada a Nueva Delhi, se solicitó que el doctor Wenger actuase como intermediario neutral para lograr la evacuación de varios miles de personas civiles no musulmanas (hindúes y sikhs) bloqueadas en «Azad Cachemira».

 
Con el fin de hacerse una idea acerca de la situación en las mismas zonas de los incidentes y para establecer los contactos necesarios, el delegado del CICR efectuó varios desplazamientos entre Nueva Delhi, el Estado de Jammu y Cachemira, el territorio de «Azad Cachemira» y Pakistán. Estos viajes se llevaron a cabo en condiciones difíciles, pues en la región, muy montañosa, se habían registrado abundantes nevadas, por lo que a algunas comarcas se podía llegar únicamente a lomo de mula o a pie; en segundo lugar, existía el riesgo de ataques de la aviación india.

 
A finales de 1948, los esfuerzos desplegados por el doctor Wenger habían dado los siguientes resultados:

  • Envío inmediato de socorros, por la Cruz Roja de Pakistán, y de personal sanitario, por la «Christian Relief Association», al campamento de Alibeg. El delegado del CICR pudo visitar este campamento, ubicado en «Azad Cachemira», en las cercanías de la frontera con Pakistán. Allí se habían refugiado 1.600 personas no musulmanas, que vivían en medio de una gran miseria.
  • Aceptación por Pakistán de encargarse de la evacuación, a través de su territorio, de todas las personas no musulmanas bloqueadas en «Azad Cachemira» que quisieran ir a la India, y de comprometerse a abastecer con víveres los campamentos que se encontraban en condiciones de gran precariedad, hasta su evacuación.
  • Aceptación por «Azad Cachemira» de dejar partir a las personas no musulmanas que lo solicitasen.

 
Este acuerdo se aplicaba a unas 5.000 personas civiles, tanto libres como internadas, de las cuales 2.500 se encontraban en Muzaffarabad, 1.600 en Alibeg, 125 en Gobindpar y de 700 a 800 en Bagh.

Actividades del CICR en Sudáfrica desde 1963 hasta 1995

"Lo importante no es solo lo bueno que aporta el CICR, sino lo malo que impide."
Nelson Mandela, prisión de Robben Island

En 1963, el Ministerio de Justicia autorizó por primera vez la  visita del CICR a un prisionero en la Isla Robben. Desde entonces, el CICR ha visitado a miles de prisioneros en todo el país y ha provisto a los familiares alimentos y pasajes para permitirles visitar a los detenidos.

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