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Acuerdo 444


Enviado por   •  2 de Junio de 2014  •  2.054 Palabras (9 Páginas)  •  288 Visitas

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Original: Martes 21 de octubre de 2008

Modificado: Martes 23 de junio de 2009 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)

SECRETARIA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

ACUERDO número 444 por el que se establecen las competencias que constituyen el marco curricular común del

Sistema Nacional de Bachillerato.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación

Pública.

JOSEFINA EUGENIA VAZQUEZ MOTA, Secretaria de Educación Pública, con fundamento en los

artículos 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9o., 14, fracciones I, II, y último párrafo,

37 y 47 de la Ley General de Educación; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación

Pública, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 en su Eje 3. “Igualdad de Oportunidades”, Objetivo 9

“Elevar la calidad educativa”, Estrategia 9.3 establece la necesidad de actualizar los programas de estudio,

sus contenidos, materiales y métodos para elevar su pertinencia y relevancia en el desarrollo integral de los

estudiantes, y fomentar en éstos el desarrollo de valores, habilidades y competencias para mejorar su

productividad y competitividad al insertarse en la vida económica. Asimismo, en su Objetivo 13 establece la

necesidad de fortalecer el acceso y la permanencia en el sistema de enseñanza media superior, brindando

una educación de calidad orientada al desarrollo de competencias;

Que en congruencia con lo anterior el Programa Sectorial de Educación 2007-2012, en su Objetivo 1

“Elevar la calidad de la educación para que los estudiantes mejoren su nivel de logro educativo, cuenten con

medios para tener acceso a un mayor bienestar y contribuyan al desarrollo nacional”, numeral 1.7 señala que

es necesario definir un perfil básico del egresado que sea compartido por todas las instituciones, por medio

del cual se establezcan las competencias básicas que los alumnos deben obtener, así como el incorporar en

los planes y programas de estudio contenidos y actividades de aprendizaje dirigidas al desarrollo de

competencias tanto para la vida como para el trabajo;

Que en el México de hoy es indispensable que los jóvenes que cursan el bachillerato egresen con una

serie de competencias que les permitan desplegar su potencial, tanto para su desarrollo personal como para

contribuir al de la sociedad;

Que las competencias a que se refiere este Acuerdo son parte del Marco Curricular Común que da

sustento al Sistema Nacional de Bachillerato (SNB), eje en torno al cual se lleva a cabo la Reforma Integral de

la Educación Media Superior;

Que para definir el perfil del egresado del Sistema Nacional de Bachillerato, la Secretaría de Educación

Pública estimó indispensable invitar a las autoridades educativas estatales y a las instituciones representadas

en la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), a aportar sus

experiencias y propuestas para la generación de consensos que doten al bachillerato de una identidad y un

eje articulador que garantice una mayor pertinencia y calidad en un marco de diversidad;

Que asimismo las competencias objeto de este Acuerdo son resultado de las aportaciones de diversos

grupos de trabajo. En una primera etapa, desarrollada en el mes de noviembre de 2007, participaron cinco

grupos regionales que representaron a las autoridades educativas estatales y se contó además con la

intervención de diversos especialistas de las instituciones pertenecientes a la Red Nacional del Nivel Medio

Superior de la ANUIES. En una segunda etapa, realizada durante el mes de diciembre del mismo año, un

equipo técnico especializado, representativo de los ámbitos federal y local, hizo aportaciones adicionales. Una

tercera etapa, que comprende diversos talleres y reuniones desarrollados durante 2008 ha permitido llegar a

los acuerdos aprobados en las reuniones del Consejo Nacional de Autoridades Educativas en su Capítulo de

Educación Media Superior;

Que entre las competencias a que se refiere el presente Acuerdo se concluyó que las competencias

genéricas son las que todos los bachilleres deben estar en capacidad de desempeñar; las que les permiten

comprender el mundo e influir en él; les capacitan para continuar aprendiendo de forma autónoma a lo largo

de sus vidas, y para desarrollar relaciones armónicas con quienes les rodean, así como participar eficazmente

en los ámbitos social, profesional y político. Dada su importancia, dichas competencias se identifican también

como competencias clave y constituyen el perfil del egresado del Sistema Nacional de Bachillerato;

Que el logro de un consenso sobre las competencias genéricas y por lo tanto, del perfil del egresado de la

Educación Media Superior (EMS) es un paso sólido hacia la construcción del SNB. Las competencias

genéricas son complementadas por las competencias disciplinares, que se construyen desde la lógica y

Original: Martes 21 de octubre de 2008

Modificado: Martes 23 de junio de 2009 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)

estructura de las disciplinas en las que tradicionalmente se ha organizado el saber, y por las competencias

profesionales que se refieren a un campo del quehacer laboral o de formación para el trabajo, y

Que la modernización de la EMS mediante la implantación del Marco Curricular Común permitirá que este

tipo educativo sea un propulsor del desarrollo del país, precisamente en el momento en que el número de

jóvenes en edad de cursarlo alcanzará su máximo histórico, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO NUMERO 444 POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS COMPETENCIAS QUE CONSTITUYEN EL

MARCO CURRICULAR COMUN DEL SISTEMA NACIONAL DE BACHILLERATO

Capítulo I

Objeto y Disposiciones Generales

Artículo 1.- El presente Acuerdo tiene por objeto establecer para el tipo medio superior:

I. Las competencias genéricas;

II. Las competencias disciplinares básicas, y

III. Los aspectos que deberán considerarse para la elaboración y determinación de las competencias

disciplinares extendidas y las competencias profesionales.

Artículo 2.- El Marco Curricular Común del Sistema Nacional de Bachillerato está orientado a dotar a la

EMS de una identidad que responda a sus necesidades presentes y futuras y tiene como base las

competencias

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