Apuntes forenses seguridad social
Enviado por juanitop2015 • 7 de Noviembre de 2015 • Documentos de Investigación • 1.237 Palabras (5 Páginas) • 192 Visitas
10 DE JULIO DE 2010
Cambio de salón B 315
Accidente[pic 1]
MUERTE RIESGO DE TRABAJO o[pic 2]
Enfermedad
- Estar al servicio del patrón (Relación de Trabajo)
- Que se provoca dentro de la jornada y/o horario de trabajo
Si hay desviación
- Trayecto a trabajo y/casa Diversa ruta
Existencia elementos ajenos al trayecto
PRESTACIONES A QUE ESTA OBLIGADO EL PATRON
Las prestaciones a las que esta obligado a entregar el patrón al liquidar a los beneficiarios del trabajador fallecido.
De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo
- 2 meses de indemnización por concepto de ayuda para gastos funerales , según lo dispone al art 89
- Se deberán cubrir prestaciones de ley (Vacaciones, Aguinaldo, Prima Vacacional)
- Cualquier otra prestación que se haya devengado, de conformidad con el articulo 84 (
A la junta le corresponde señalar a quien le corresponde el pago de las prestaciones (beneficiarios de los trabajadores)
Existen terceros llamados al juicio autoridad laboral y de seguro social
Acreditar las prestaciones que devengaba, los beneficiarios deben a través de su abogado solicitar mediante pruebas (inspección), reforzarla con las testimoniales.
Para acreditar las prestaciones reclamadas conforme al articulo 84 , se deberá acreditar mediante la prueba de inspección, misma que tendrá por objeto por parte del actuario que de fe publica acreditar todas las prestaciones reclamadas por los beneficiarios que estas en su momento ya se cubrieron o dejaron de cubrirse
En caso de que el patrón no tenga asegurado al trabajador y este se le produce la muerte por riesgo de trabajo, el patrón estará obligado además de las prestaciones antes señaladas a indemnizar a los deudos o beneficiarios (730 dias de salario, según art. 502)
Los beneficiarios podrán exigir el pago de las prestaciones en base al Salario Diario Integrado , según lo dispone el Art 89, el patrón alegara que se pagaban las prestaciones por cuota diaria, ya que el art. 502 no establece sobre que salario se pagaran las prestaciones.
Pensionar a los beneficiarios que dependían económicamente del trabajador fallecido
Padres[pic 3]
Hermanos
LEY
Hijos
Esposa o Concubina
Para el IMSS el concubinato no opera, para efectos civiles si procede, por que los alimentos son de orden publico.
Procedimiento Especial de la Junta.
Cualquier dependiente económico solicitara ala JCA la indemnización y el pago de prestaciones.
La JCA se encargara de verificar el parentesco, a través de las actas de matrimonio, de nacimiento
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