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Articulo 123 Constitucional


Enviado por   •  22 de Noviembre de 2012  •  1.627 Palabras (7 Páginas)  •  4.215 Visitas

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Introducción

ARTÍCULO 123

El contenido que actualmente contempla el artículo 123 Constitucional, considerado en su momento como pionero a nivel Latinoamericano, en cuanto a logros de garantías y prestaciones laborales alcanzados por la sociedad mexicana se refiere, hoy en día ha querido ser modificado, ya sea para ampliar éstos, o en su caso, para delimitar algunos de los alcances de plasmados en dicha disposición. Han sido diversos los cuestionamientos en tornos a la realidad y puesta en marcha de los derechos sociales señalados en el artículo 123, en ambos apartados –A y B-, que actualmente existen una serie de prerrogativas que se han puesto a consideración. La globalización y la competitividad han sido unos de los argumentos más notorios para la modificación y eliminación de muchos de estos derechos, tales como el sindicalismo, antigüedad, pensiones, prestaciones como el de vivienda, recreación, vacaciones etc, ello en aras de economizar en la etapa de la producción o creación de bienes y/o servicios.

Desarrollo

Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la ley. El Congreso de la Unión, sin contravenir a las bases siguientes deberá expedir leyes sobre el trabajo, las cuales regirán:

A. Entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general, todo contrato de trabajo:

• La duración de la jornada máxima será de 8 horas.

• La jornada máxima de trabajo nocturno será de 7 horas.

• Queda prohibido el trabajo a menores de 14 años, Los mayores a esta edad y menores de 16 tendrán una hora jornada laboral máxima de 6 horas.

• Por cada 6 días de trabajo deberá tener un día de descanso, cuando menos.

• . Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con el embarazo. gozarán forzosamente de un descanso de seis semanas anteriores a la fecha fijada aproximadamente para el parto y seis semanas posteriores al mismo.

• Los salarios mínimos que deberán disfrutar los trabajadores serán generales o profesionales. Los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos. Los salarios mínimos profesionales se fijarán considerando, además, las condiciones de las distintas actividades económicas.

• Para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo ni nacionalidad.

• El salario deberá pagarse precisamente en moneda de curso legal, no siendo permitido hacerlo efectivo con mercancías, ni con vales, fichas o cualquier otro signo representativo con que se pretenda sustituir la moneda.

• Por circunstancias extraordinarias deban aumentarse las horas de jornada, se abonará como salario por el tiempo excedente de un 100% más de lo fijado por las horas normales

• Toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo,

• estará obligada, según lo determinen las leyes reglamentarias a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas.

• Las empresas, cualquiera que sea su actividad, estarán obligadas a proporcionar a sus trabajadores, capacitación o adiestramiento para el trabajo.

• . Los empresarios serán responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores, sufridas con motivo o en ejercicio de la profesión o trabajo que ejecuten.

• El patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento, y a adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo.

• Tanto los obreros como los empresarios tendrán derecho para unirse en defensa de sus respectivos intereses, formando sindicatos.

• Las leyes reconocerán como un derecho de los obreros y de los patronos, las huelgas y los paros.

• Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de suspensión involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares.

• La aplicación de las leyes del trabajo corresponde a las autoridades de los Estados, en sus respectivas jurisdicciones, pero es de la competencia exclusiva de las autoridades federales en los asuntos relativos a:

• Ramas industriales y servicios:

a) Textil.

b) Eléctrica.

c) Cinematográfica.

d) Hulera.

e) Azucarera.

f) Minera.

g) Metalúrgica y siderúrgica, abarcando la explotación de los minerales básicos, el beneficio y la fundición de los mismos, así como la obtención de hierro metálico y acero a todas sus formas y ligas y los productos laminados de los mismos.

h) De hidrocarburos

i) Petroquímica.

j) Cementera.

k) Calera.

l) Automotriz, incluyendo autopartes mecánicas o eléctricas.

m) Química, incluyendo la química farmacéutica y medicamentos.

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