Articulo 19 Nº8
Enviado por lauvg • 3 de Noviembre de 2013 • 1.661 Palabras (7 Páginas) • 299 Visitas
Constitución Política de la República de Chile
Articulo 19
Nº8: El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza .La ley podrá establecer restricciones específicas al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente
Se considera un derecho, ya que el medio ambiente es un sistema global, constituido por elementos naturales y artificiales que condiciona la existencia y el desarrollo de la vida en sus múltiples manifestaciones, además es parte del bienestar humano y no debe estar contaminado. Pero no es un derecho absoluto ya que hay que asumir contaminaciones propias de la naturaleza e inmanejables, además existen diferentes tipos de contaminación que pueden afectar nuestro entorno como la del agua, aire, acústica, luminaria, etc. Con esto lo que se busca este derecho es evitar la contaminación de origen humano, que sean dañinas para la salud o el ecosistema en nivel de peligrosidad, porque se asumió que el hecho que el hombre viva en comunidad y realice labores productivas, estas actividades contaminan, como también los desechos, y todo esto es casi imposible de evitar. El Estado es el único que está encargado de velar para que este derecho no sea afectado, ni violado, ni pasado a llevar y debe cuidar la preservación de la naturaleza, conservar los recursos naturales renovables, las áreas geográficas que se encuentran libres de la manipulación humana, como CONAF y los parques nacionales. Además este mismo no podría promover actividades que tengan como fin sobrepasar una norma medio ambiental. A su vez todo propietario debe contribuir en parte con la comunidad para gozar de su propiedad y de un medio ambiente libre de contaminantes. Por eso cuando alguien comete la acción de contaminar debe reparar materialmente el daño causado en el lugar señalado, recibir un castigo, como aseo comunitario o recibir una multa por este delito. Para evitar
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