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Aspecto teorico y practico


Enviado por   •  2 de Septiembre de 2011  •  Tutorial  •  9.357 Palabras (38 Páginas)  •  1.234 Visitas

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ASPECTO TEORICO Y PRACTICO

A. LA EMPRESA

La Empresa se ha identificado sólo con unidades económicas de gran infraestructura física, significativo patrimonio o con una producción a gran escala. Sin embargo, conforme iremos desarrollando el contenido del texto, en lo que a dispositivos legales o concepción se refieren, debemos identificar y, por lo tanto, califica. La empresa es toda actividad (económica agrícola, industrial o comercial) cualquiera sea su infraestructura física o área del local (1,000; 200; 50 m2) o su patrimonio esté valorizado en 100,000; 5,000 o 1,000. Más aún en lo que respecta al capital (componente del patrimonio de una empresa), los dispositivos legales vigentes no fijan un mínimo de capital para constituir una empresa y menos para dejar de calificar como tal a cualquier actividad económica incluida, desde luego, la desarrollada por los trabajadores informales que definiéndolos con propiedad nos referiremos a ellos como Empresa, quienes además constituyen un gran porcentaje de la población económicamente activa.

El amplio campo económico nacional está conformado por empresas con una infraestructura pequeña pero indispensable para desarrollar una actividad inmediata y con un patrimonio mínimo como su propia fuente de trabajo (máquinas para un taller de confecciones o imprenta, entre otros). Realidad que está reflejada en el gran porcentaje de unidades económicas que la constituyen los entes familiares, desarrollándolas, generalmente en sus propios hogares. Notándose, sin embargo una ausencia de orientación y desarrollo para su organización y promoción empresarial propiamente dicha de parte de las entidades oficiales relacionadas a la actividad propiamente dicha de parte de las entidades oficiales relacionadas a la actividad empresarial. Algo similar en lo que a una deficiente orientación para su desarrollo progresivo se refiere, podemos apreciarla en los "campos feriales", donde todavía se mantiene el criterio de considerarse asimismo como un trabajador informal. Lo cual no es real ni justo; pues, a ellos también se les debe considerar como Empresarios, porque no sólo reúnen las características anteriormente mencionadas (infraestructura y patrimonio) sino que además son contribuyente de la SUNAT, Municipalidad, entre otros entes administrativos de tributos.

Asimismo debemos manifestar que tanto el Código de Comercio (actos y contratos de comercio), Código Tributario (responsabilidades, sanciones y proscripciones, libros contables) y la Ley de Títulos y Valores (letras de cambio, cheques y pagarés) rigen para todo tipo de empresa, sea ésta grande o pequeña.

B. CONCEPTO DE EMPRESA

Nuestra Constitución Política, define a la empresa, cualquiera sea su modalidad, como "la unidad de producción cuya eficiencia y bien común, son exigidos por el Estado, de acuerdo a ley".

El profesor Ulises Montoya Manfredi, define a la empresa como "la organización de los factores de la producción, capital y trabajo, con el fin de obtener una utilidad". Agrega "no es fácil, de otro lado, establecer la distinción en comerciante y empresario,. la figura de este último ha tenido su origen en el primero. Evidentemente existe una proximidad entre comerciante y empresario. Desde el punto de vista económico la empresa puede ser de diversa índole comercial, industrial, agrícola, etc." Más adelante expresa: "Dentro de una concepción más vasta, puede reputarse Empresa, cualquier clase de actividad humana, que de un modo deliberado persigue la obtención de determinadas finalidades, dado que la palabra en sí deriva de emprendedor; es decir, comenzar alguna cosa".

La ley de Micro Empresas y Pequeñas Empresas, define como Micro Empresa y Pequeña Empresa, a aquella Empresa que opera una persona natural o jurídica, bajo cualquier forma de organización o gestión empresarial y que desarrolla cualquier tipo de actividad de producción o de comercio de bienes o de prestación de servicios. la vigencia de estos tipos de empresa ratifica lo manifestado anteriormente, en primer lugar que a toda actividad comercial, industrial o agrícola realizada por una persona natural o jurídica se le denomina Empresa y, segundo que sólo en razón a sus ingresos o cantidad de personal se les debe separa para fines tributarios o contables, más no insistimos, para dejar de denominarse como tal.

Ahora bien, la Empresa en su concepto más amplio es una entidad operativo-económica organizada por una o más personas, en base a su iniciativa aportando para tal proyecto, recursos económicos e implementando una infraestructura así como una tecnología acorde con la actividad a desarrollar, cuyo objeto puede ser la transformación de recursos naturales, comprar-vender bienes y/o prestar servicios, con la finalidad de lograr un beneficio económico.

C. CLASIFICACION DE EMPRESAS

1. Persona Natural

Desde el punto de vista jurídico, es una persona física que empresarial o tributariamente se le conoce como Empresa Unipersonal. Para constituirse como empresa no requiere de una minuta, escritura, ni inscribirse en los Registros Públicos.

Desde el punto de vista tributario la Persona Natural es considerada como tal; es decir que la persona física que se constituye como empresa no necesita (si ya tiene su RUC) inscribirse en el Registro Único de contribuyentes. En caso de que no lo tuviera debe obtener su R.U.C. como persona natural el mismo que lo utilizará para su empresa. Supongamos que el R.U.C. que posea u obtenga es el Nº 12345678, éste será el número que utilizará en sus comprobantes de pago, declaraciones juradas y otros documentos de carácter oficial, particularmente tributario.

Desde el punto de vista contable la Persona Natural podrá llevar uno, dos libros o contabilidad completa de acuerdo a sus ingresos brutos anuales o sus activos o estar considerada dentro del Régimen de la micro o pequeña Empresa o del R.U.S. para el llevado o no de libros (CAP IV). si tiene personal está obligada a llevar Planilla de Remuneraciones (Sueldos y Salarios).

2. Persona Jurídica

Desde el punto de vista jurídico, la Persona Jurídica es la empresa constituida, distinta a sus integrantes conforme veremos más adelante en algunos casos, el aporte de un participante en la empresa no compromete su patrimonio o bienes personales (casa, vehículo), silo tuviera; como por ejemplo, la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.

Desde el punto de vista tributario, la empresa constituida debe inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes a fin de obtener su propio R.U.C. Es importante destacar que el R.U.C. de la empresa será diferente al de sus integrantes (titular, socio o accionista). En el caso particular de la E.I.R.L. en la que su titular es una persona

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