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Atribuciones Del Congreso De La Unión


Enviado por   •  4 de Junio de 2015  •  2.629 Palabras (11 Páginas)  •  1.231 Visitas

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LICENCIATURA EN DERECHO

MATERIA:

DERECHO CONSTITUCIONAL II

FÉLIX RICARDO ERNOLT VARGAS

MATRÍCULA: 54280

ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE 3. ATRIBUCIONES DEL CONGRESO DE LA UNIÓN.

ASESOR:

MTRO. AGUSTIN ORTÍZ VÁLDEZ

28 DE MARZO DEL 2015

La Constitución Federal de México no menciona expresamente al veto, no obstante, el inciso c) del artículo 72 constitucional, otorga al Presidente de la República la facultad de hacer observaciones a los proyectos de ley o decreto que el Congreso le envíe para su promulgación, estas observaciones sólo son suspensivas, debido a que pueden ser superadas mediante las dos terceras partes del número total de votos y ante ésta situación el Ejecutivo tendrá necesariamente que publicar la ley.

El veto en México buscó en la Constitución de 1917 fortalecer la figura del Presidente de la República, pero su interpretación, mientras no se modifique la Constitución actual, es difícil porque el veto es una parte del proceso legislativo, y el veto concluye cuando el Ejecutivo promulga o publica un proyecto de ley o decreto que le envía el Congreso de la Unión, y de acuerdo con el artículo 72 constitucional el Presidente no veta leyes o decretos, simplemente objeta proyectos. ( El veto constitucional en: La Jornada. Consultado el 23-12-2004.)

¿Cuáles son las obligaciones del Poder Ejecutivo en general?

El Poder Ejecutivo que es el centro del aparato Administrativo y vela por la buena coordinación de las políticas de administración del país. También tiene como función la representación del país hacia el resto del mundo.

Es el responsable último de la buena gestión en el manejo de los recursos entregados en administración.

El poder ejecutivo es una de las tres facultades y funciones primordiales del Estado (junto con la legislativa y la judicial) consiste en dictar y hacer cumplir las leyes que suele aprobar el gobierno o el propio jefe del Estado.

El Poder Ejecutivo tiene la función de promulgar y ejecutar leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia a través de la facultad reglamentaria

En la ciencia política y el derecho constitucional, el ejecutivo es la rama de gobierno responsable de la gestión diaria del Estado.

¿Qué diferencia existe en ser un Diputado o un Senador de la República?

La función principal tanto de los diputados como de los senadores es aprobar nuevas leyes y modificar las existentes, pero más allá de esta facultad constitucional común, ¿qué diferencias hay entre pertenecer a una o a otra Cámara del Congreso de la Unión?

Entre la Cámara Alta y la Baja hay diferencias en el número de integrantes que las componen, en los requisitos y los métodos por los que son electos sus integrantes, en la duración del encargo, en los sueldos y en algunas responsabilidades específicas que la Constitución les asigna a cada una.

A continuación te presentamos los detalles de cada una de estas diferencias.

CANTIDAD DE INTEGRANTES

Una de las diferencias más obvias entre ser diputado federal y senador de la República es la cantidad de legisladores que integran cada uno de los Plenos.

La Cámara Baja la conforman 500 diputados, mientras que en la Cámara Alta hay 128 senadores.

DURACIÓN DEL PERIODO

Otra de las diferencias más evidentes entre ambos cuerpos legislativos es la duración del periodo para el que son electos.

Los diputados son electos para ocupar el cargo durante una legislatura, es decir, un periodo de tres años; mientras que a los senadores se les elige por dos legislaturas, es decir, por seis años.

MÉTODO DE ELECCIÓN

Aunque ambas Cámaras se integran por legisladores electos tanto por el principio de mayoría relativa como por el de representación proporcional (plurinominales), la manera en que se aplican dichos principios es distinta en cada una de ellas.

En la Cámara Baja, 300 diputados –60% del total– son electos por el principio de mayoría relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales; así, el candidato de cada distrito que obtenga más votos se convierte en el diputado de dicha demarcación.

Los restantes 200 diputados 40% del total son electos por el principio de representación proporcional, repartidos en cinco circunscripciones plurinominales.

En la Cámara Alta, 96 senadores 75% del total son electos por mayoría relativa: dos escaños por cada entidad va para la fórmula ganadora en esa demarcación, uno más para la primera minoría, es decir, para el candidato que ocupa el primer lugar de la fórmula del partido que quedó en el segundo lugar en dicho estado. Los 32 senadores restantes se eligen por el principio de representación proporcional con base en una lista nacional (no hay circunscripciones).

Los diputados plurinominales sí quedan registrados como diputados de uno de los estados que integran la circunscripción en la que fueron electos, pero los senadores plurinominales no tienen ninguna conexión formal con alguna de las regiones o entidades del país.

REQUISITOS

El Artículo 55 de la Constitución establece que para ser diputado es necesario ser ciudadano mexicano por nacimiento, estar en el ejercicio pleno de sus derechos, tener 21 años cumplidos el día de la elección y ser originario o haber residido seis meses antes de la elección en la entidad por la que se busca llegar a San Lázaro (o de alguna de las entidades de la circunscripción en la que participa, en el caso de los plurinominales).

En el caso del Senado de la República, el Artículo 57 señala que los requisitos son los mismos que los de los diputados con excepción de la edad mínima: para ser senador se necesita haber cumplido 25 años el día de la elección.

SALARIO Y PRESTACIONES

La remuneración total anual neta de cada diputado es de un millón 510,159 pesos, lo que representa 125,847 pesos por mes, según se detalla en el anexo 22 del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2013.

Por su parte, en el Senado de la República la remuneración total anual neta de cada senador es de un millón 996,879, lo que representa al mes 166,407 pesos.

Estas cifras representan las percepciones resultantes después de haber descontado el impuesto sobre la renta e incluye prestaciones como el aguinaldo, ayuda para despensa, seguro de vida y de gastos médicos mayores.

FUNCIONES ESPECÍFICAS

El Artículo 74 constitucional establece que son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados, entre otras cosas, aprobar anualmente el Presupuesto

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