Bachillerato En Ciencias Y Letras
Enviado por celestecgcg • 25 de Abril de 2013 • 1.696 Palabras (7 Páginas) • 451 Visitas
Aspecto financiero y tributario.
Cuando la empresa requiere de recursos adicionales para capital de trabajo, para realizar inversiones en activos fijos, o para pagar pasivos de alto costo financiero, existen diferentes opciones como es la misma capitalización de los pasivos, Emisión de acciones o la capitalización de utilidades.
En esta oportunidad se tratara el tema de la capitalización de utilidades, por ser una medida que tiene un doble beneficio; financiero y tributario.
Aspecto financiero.
Desde el punto de vista financiero, la capitalización de utilidades, que es la no distribución de utilidades, permite a la empresa mantener en su poder unos recursos importantes y que generalmente son mucho mas económicos que recurrir a llevarlas a utilidades retenidas, puesto que las utilidades retenidas que ya hayan sido decretadas suelen generar intereses a favor de los socios, puesto que se convierte en un pasivo. Ningún socio estará muy de acuerdo en tener unas utilidades retenidas sin que le generen rendimiento alguno, en cambio si se capitalizan estas se convierten en cuotas partes o acciones, aumentando el aporte de los socios.
Quizás una de las formas más comunes y menos tenidas en cuenta por las empresas de debilitar las finanzas, es precisamente la distribución de utilidades. En nuestra cultura, los socios quieren más plata de las empresas, y en las pequeñas y medianas empresas las toman como su caja menor. Esta política lleva a que en muchos casos se desfiguren los estados financieros para lograr una mayor distribución de utilidades sin medir las consecuencias financieras que esto puede acarrear.
Toda empresa necesita de Capital de trabajo para poder operar y/o ampliar su planta de producción. Solo existen dos formas de financiar esas necesidades de efectivo, y es mediante la adquisición de pasivos con terceros o con nuevos aportes, ya sea de los socios actuales o mediante la incorporación de nuevos socios.
La financiación mediante pasivos resulta económicamente costoso. No es fácil encontrar acreedores que provean recursos a la empresa a un costo bajo. Además que se hace necesario comprometer buena parte de los activos para respaldar esos pasivos, restándole maniobrabilidad financiera a la empresa.
La mejor forma de financiar el capital de trabajo de la empresa es mediante la capitalización, la cual bien puede ser con nueva Emisión de acciones o mediante la capitalización de utilidades.
En las llamadas empresas de personas, empresas de responsabiliad limitada, que por lo general son las empresas de familia, empresas que son reacias a aceptar a terceros como socios, el echo de emitir acciones dirigidas a inversionistas externos, no es una buena idea, por lo que les puede resultar mas amigable el hecho de capitalizar sus utilidades como una forma de fortalecer el patrimonio de su empresa y sus aportes en la misma.
La capitalización de las utilidades no es otra cosa que trasladar las utilidades de la cuenta utilidades del ejercicio o la cuenta de utilidades retenidas a la cuenta de capital social.
Aspecto tributario.
La legislación tributaria colombiana ofrece un importante beneficio fiscal a las empresas que decidan no distribuir las utilidades. La intención del legislador con este tipo de medidas ha sido precisamente apoyar el fortalecimiento del sector productivo, incentivándolo a que capitalice sus utilidades.
El artículo 36-3 del Estatuto tributario establece que las utilidades que se capitalicen será un ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional, en cabeza de los socios, puesto que las utilidades de las empresas si estan gravadas.
El beneficio es para los socios, que al capitalizar las utilidades no le serán cobrados impuestos por estas. Recordemos que según el artículo 49 del estatuto tributario, parte de las utilidades que se distribuyan a los socios no son gravadas puesto que ya pagaron Impuesto de renta en cabeza de la sociedad, pero la otra parte si es gravada al momento de distribuirse a los socios. Pero según el artículo 36-3 del estatuto, si estas se capitalizan no se gravaran.
Esta es una buena medida para incentivar al socio para que no descapitalice la empresa, porque además de fortalecerla y de aumentar su participación en la misma, no pagara impuesto sobre esas utilidades.
Algunos aspectos legales.
Respecto a esta política es preciso hacer algunas apreciaciones legales que regulan este procedimiento.
En primer lugar, el artículo 151 del Código de comercio afirma que para poder distribuir utilidades, estas deben estar soportadas y justificadas en balances (Balance general, Estado de resultados) reales y fidedignos.
Para la distribución de utilidades se requiere de la aprobación de por lo menos el 78% de las acciones o cuotas partes. (Art. 155 Co. Co.)
La ley 446 de 1998 en su artículo 141, ofrece la posibilidad a los socios minoritarios de sociedades que coticen en bolsa, y que no tengan participación dentro de la administración de la empresa, de recurrir ante la Superintendencia de de valores, si por algún motivo sienten que sus derechos hayan sido afectados por decisiones de la Junta directiva o de la Asamblea de accionistas.
Capitalización de Impuestos como Alternativa de Crecimiento
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