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CODIGO CIVIL DEL ESTADO DE YUCATAN


Enviado por   •  14 de Junio de 2018  •  Documentos de Investigación  •  442 Palabras (2 Páginas)  •  252 Visitas

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LICENCIATURA EN DERECHO

JUSTICIA ALTERNATIVA GENERAL Y PENAL

9no . CUATRIMESTRE.

22-MAYO-2018

MEDIOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

INTRODUCCIÓN:

Para evitar que el sistema de justicia del país se siga sobre poblando, llevando a una lentitud inaceptable en la resolución de conflictos, los M.A.S.C. entran al ruedo, para lograr llevar a buen término conflictos originados por querella, donde las partes puedan llegar a arreglos antes de iniciar siquiera un juicio, liberando así los tan importantes juzgados para temas más delicados, como los perseguidos por oficio.

M.A.S.C’s

Los métodos alternativos de resolución, podrían definirse como aquiel mecanismo de solución de conflicto individual que escape a la regla común de someter el mismo a justicia formal. Se les consideraría como aquellos procedimientos que permital resolver los conflictos, evitando el recurso al sistema “oficial” o tradicional.

Se encuentran consagrados en la constitución, en su artículo 17 cuarto párrafo, donde se señala que:

“LOS MEDIOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS (MARCs) son aquellos medios no tradicionales distintos al Poder Judicial que dan solución a conflictos entre partes, esto es, mediante una negociación, acuero, o con la intervención de un tercero, como es el caso de la conciliación y el arbitraje, es decir, sin la intervención del Poder Judicial. Las leyes proverán mecanismos alternativos de solución de controversias. En la materia penal regularán su aplicación, asegurarán la reparación del daño y establecerán los casos en los que se requerirá supervisión judicial”.

Para distinguir un medio de otro, requerimos observar el nivel o grado de control que tenga el tercero en el procedimiento.

Los objetivos, si bien son varios, van enfocados en gran medida al mismo punto, son los siguientes:

  • Aminorar la carga procesal de los tribunales, reducir el costo y la demora en la resolución de conflictos.
  • Aumentar la participación de la comunidad.
  • Facilitar el acceso a la justicia
  • Proporcionar a la sociedad una forma más efectiva de resolución de disputas.

Existen muchas ventajas en el uso de estos medios, como los nombrados a continuación.

  • Rápidos.
  • Confidenciales.
  • Informales.
  • Flexibles.
  • Económicos.
  • Justos
  • Exitosos.

Existen diversos factores a considerar para elegir un adecuado medio alternativo, como son la naturaleza de la relación entre las partes, las cuestiones en juego, los futuros costos para la resolución de no llegar a un arreglo, relaciones con abogados externos, el estado del caso, entre otros.

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