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CODIGO PENAL


Enviado por   •  4 de Abril de 2019  •  Trabajo  •  2.997 Palabras (12 Páginas)  •  144 Visitas

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CODIGO PENAL

  • Art 10. Son delitos las acciones y omisiones dolosas o imprudentes penada por la ley.
  • Art 15. Son punibles el delito consumado y la tentativa de delito.
  • Art 19 y 20. Eximentes de responsabilidad penal.
  • Art 21. Atenuantes de la responsabilidad penal.
  • Art 22. Agravantes.
  • Art 27.  Son responsables criminalmente de los delitos los autores y los cómplices.
  • Art 28. Son autores quienes realizan el hecho por si solos conjuntamente o por medio de otro del que se sirven como instrumento.
  • Art 138. Homicidio. El que matare a otro, como reo de homicidio. ( prisión 10—15 años)
  • Art 139. Asesinato.  EL QUE MATARE A OTRO CON ALEVOSIA, PRECIO, RECOMPENSA O PROMESA, ENSAÑAMIENTO O PARA FACILITAR LA COMISION DE OTRO DELITO O PARA EVITAR QUE SE DESCUBRA.
  • Art 142. Homicidio imprudente. El que por imprudencia grave cause la muerte de otro. (prisión 1—4 años).
  • Art 143. Induzca al suicidio (prisión 4—8 años). Coopere en el suicidio con actos necesarios (prisión 2—5 años). La cooperación llegue hasta el punto de ejecutar la muerte (prisión 6—10 años).
  • Art 147. Lesión grave (prisión 3meses—3 años o M 6—12 meses). Lesión menos grave (multa1—3 meses). Maltratare o golpeare de obra a otro sin lesión (M 1—2 meses). Denuncia previa.
  • Art 149 delito de lesiones con pérdida de órgano principal.
  • Art 150. Delito de lesiones con pérdida de órgano no principal.
  • Art 152. Lesiones por imprudencia grave.
  • Art 153. Delito de malos tratos. Violencia de género. (P 6m—1 año ó TBC 31—80 días y PPA 1—3 años). Violencia domestica (p 3M—1 año ó TBC 31—80 días y PPA 1—3 años)
  • Art 169. Amenazas con  un mal que sea delito.
  • Art 163. Secuestro ( P 4—6 años)
  • Art 167. Delito de detención ilegal por funcionario o autoridad.
  • Art 171. Amenazas leves.
  • Art 172. Coacciones graves y leves.
  • Art 172 TER. Acoso a persona insistente y reiterada, sin estar autorizado.
  • Art 173. Trato degradante. Violencia habitual ( malos tratos habituales). Injuria o vejación leve a personas del 173.
  • Art 178. Agresión sexual.
  • Art 179. Violación.
  • Art 181 y 182 abuso sexual.
  • Art 185. Exhibicionismo ante menores o incapaces.
  • Art 186. Provocación ante menores o incapaces.
  • Art 187. Prostitución de menores.
  • Art 195. Omisión del deber de socorro.
  • Art 202 delito de allanamiento de morada. ( P6 meses—2 años)
  • Art 205. Calumnia. La imputación de un delito con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.
  • Art 208. Injuria: acción o expresión que lesiona la dignidad de otro, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.
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  • Art 226. Quien deje de prestar los deberes legales de asistencia con los hijos, ascendientes, etc.
  • Art 230. Abandono temporal de un menor o no temporal.
  • Art 232. Delito de mendicidad infantil. Quien utilice a menores para ejercer la mendicidad, aunque sea encubierta.
  • Art 234 delito de hurto. +400 euros. (P 6 –18 meses). Hurto – 400 euros( M 1—3 meses)
  • Art 235. Hurto agravado. (P 1—3 años)
  • Art 237. Delito de robo. Fuerza en las cosas para acceder o abandonar el lugar, o violencia o intimidación en las personas sea al cometer el delito, para proteger la huida, o sobre los que acudiesen en auxilio de la víctima o que le persiguieren.
  • Art 238. Robo con fuerza. Escalamiento, rompimiento de pared, fractura de armarios, uso de llaves falsas, inutilización de alarmas.
  • Art 240. Robo con fuerza (P 1—3 años).
  • Art 242. Robo con violencia o intimidación ( P 2—5 años)
  • Art 243. Extorsión.
  • Art 244. Robo y hurto de uso de vehículos. No apropiárselo, devolverlo menos de 48 horas, (TBC 31—90 días ó M 2—12 meses).
  • Art 245. Usurpación. (P1—2 años). Usurpación no morada ( M 3—6 meses )
  • Art 248. Estafa.
  • Art 253. Apropiación indebida.
  • Art 255. Defraudación de agua, gas, electricidad …
  • Art 263. Delito de daños. Daños en propiedad ajena +400 euros (M 6—24 meses). -400 euros ( M 1—3 meses)
  • Art 265. Daños en material policial, obras públicas,…    por valor de +1000 euros.
  • Art 267. Delito de daños por imprudencia grave + 80.000 euros.
  • Art 270. Delito contra la propiedad intelectual. Plagiar libros. (P 6m—4 años Y M 12—24 mees).
  • Art 273. Delito contra la propiedad industrial. ( P 6m—2 años y M 12—24 meses)
  • ART 298. Delito de receptación. Quien compre algo robado. ( P 6m—2 años)
  • Art 301. Delito de receptación. Quien venda algo robado.
  • Art 368. Delito contra la salud pública. Cultivo, elaboración o trafico de drogas. (P 3—6 años) y tanto al triplo.
  • Art 379. El que condujera un vehículo a motor o ciclomotor  a +60 km/h por vía urbana o +80 km/h por vía interurbana. Si condujere con tasa de alcohol en aire expirado superior a 0,60 mg/l de aire expirado o bajo influencia de psicotrópicos. (P 3—6 meses o M6/12 meses ó TBC 31/90 días). Retirada de permiso 1—4 años.
  • Art 380. Delito de conducción temeraria. El que condujere vehículo a motor o ciclomotor con temeridad manifiesta y pusiere en concreto peligro la vida o la integridad de las personas. ( P 6meses—2 años). Retirada de permiso de conducción 1—6 años.
  • Art 381. Conducción temeraria cualificada. Desprecio por la vida de las personas.
  • Art 383. Negarse a someterse a las pruebas de alcoholemia. (P6meses—1 año). Privación permiso de conducción 1—4 años.
  • Art 384. Quien condujere un vehículo a motor o ciclomotor sin haber obtenido permiso alguno, tras su perdida por puntos o retirada judicial. P 3—6 meses ó M 12—24 meses ó TBC 31—90 días.
  • Art 385. Originar riesgo a la circulación con obstáculos, anulando señalización, etc. P 6m—2 años ó M 12—24 meses  y TBC 10—40 días.        
  •                                                                                                                                                                                          
  • Art. 385 BIS. Vehículo a disposición judicial como prueba del delito.
  • Art 385 ter. En los delitos previstos en los art 379, 383 384, 385 el juez o tribunal, razonándolo en sentencia podrá rebajar en un grado la pena de prisión en atención a la menor entidad del riesgo causado.
  • Art 392. Delito de falsedad de documento público. Quien falsifique documento público. 400 bis si presenta un verdadero pero que no es de él. Permiso de conducir del hermano.
  • Art 404. Delito de prevaricación. 404-405-406.
  • Art 407 no perseguir delitos los funcionarios.
  • Art 410. El funcionario que no cumpla resoluciones judiciales.
  • Art 419. Cohecho. Recibiera dadiva.
  • Art 455. De la realización arbitraria del propio derecho.
  • Art 468. Del quebrantamiento de condena.
  • Art 550. Atentado a la autoridad. Son reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o con violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones propias de su caro, o con ocasión de ellas. P 1—4 años y M 3—6 meses si es contra autoridad. Demás casos P 6 meses—3 años. Miembro gobierno CCAA, senado P 1—6 años y M 6—12 meses.
  • Art 556. Resistencia o desobediencia grave a la autoridad o sus agentes. P 3meses—1 año ó M 6—18 meses.
  • Art 557.desordenes públicos. Quienes actuando en grupo alteraren la paz pública con actos de violencia sobre personas o cosas, P 6meses—3 años.
  • Art 561. Afirmar falsamente la existencia de bombas. P 3,1 meses –1 año ó M 3--18 meses.
  • Art 563. Tenencias de armas prohibidas. P 1—3 años.
  • Art 564. Tenencia de armas de fuego reglamentadas sin licencia.

Lecrim. 14 septiembre 1882.

  • Art 292 al 298 regulan el atestado.
  • Art 490. Cualquier persona puede detener.
  • Art 492. La autoridad o agente de la policía judicial tendrá obligación de detener.
  • Requisitos detención policial: 1 Informar delito cometido. 2 Razones y fundamentos de su detención. 3 Lectura verbal de los derechos del detenido.
  • Art 520. Derechos del detenido.
  • 1 Derecho a guardar silencio.
  • 2 Derecho a no declarar contra sí mismo.
  • 3 Derecho a designar abogado.
  • 4 Derecho a acceder a los elementos de las actuaciones que sean esenciales.
  • 5 Poner en conocimiento del familiar.
  • 6  Derecho a comunicarse telefónicamente con tercero.
  • 7 Derecho a ser visitado por autoridades consulares
  • 8  Ser asistido por intérprete.
  • 9 Ser reconocido por medico.
  • 10 Derecho a solicitar asistencia jurídica gratuita.

  • Art 795 Juicios rápidos.
  • Art 962. Procedimiento delitos leves.

L.O. 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana.

  • Art 9. DNI obligatorio a partir de 14 años.
  • Art 15. Entrada y registro en domicilio. Delito flagrante, permiso del dueño y resolución judicial. También en caso de catástrofe.
  • Art 16. Identificación de personas. Indicios comisión de infracción. Para prevenir un delito.
  • Art17.  Controles en vía pública.
  • Art 18. Comprobación y registros en lugares públicos.
  • Art 20. Registros corporales externos.
  • Art 35. Infracciones muy graves.
  • Art 36. Infracciones graves.
  • Art 37. Infracciones leves.                                                                                                                                                                                  

  • RD 240/07 sobre entrada libre circulación y residencia de comunitarios en España.

L.O. 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España.

  • Art 52. Infracciones leves.
  • Art 53. Infracciones graves.
  • Art 54. Infracciones muy graves.

  • R.D. 137/93 Reglamento de armas.

LPA 13/99 de 15 de Diciembre de espectáculos públicos y actividades recreativas en Andalucía. (LEPARA).

  • Art 19. Infracciones muy graves. 50001 pts—100000000 pts. 30050 euros—601012 euros
  • Art 20. Infracciones graves. 50001 pts. –5000000 pts.  300 euros—30050 euros.
  • Art 21. Infracciones leves .Apercibimiento o multa de hasta 50000 pts. 300 euros
  • Decreto78/2002 que aprueba el nomenclátor en Andalucía.
  • Orden de 25 de marzo de 2002 regula los horarios de los establecimientos en Andalucía.
  • Decreto 165/2003 d3 inspección de los establecimientos de LEPARA.
  • Decreto 247/2011 que aprueba la declaración responsable para la LEPARA.
  • Decreto 10/03 reglamento general de admisión.

LPA 13/03 de defensa y protección de los consumidores y usuarios en Andalucía.

  • Art 71. Infracción leve, grave y muy grave.
  • LEY 4/97 DE 9 DE JULIO DE PREVENCION Y ASISTENCIA EN MATERIA DE DROGAS. ART 37 INFRACCIONES LEVES, GRAVES Y MUY GRAVES.
  • LEY 28/05 DE MEDIDAS SANITARIAS FRENTE AL TABAQUISMO Y REGULADORA DE LA VENTA, SUMINISTRO, CONSUMO Y PUBLICIDAD DE LOS PRODUCTOS DEL TABACO. MODIFICADA POR LA LEY 42/2010. ART 19 INFRACCIONES LEVES, GRAVES Y MUY GRAVES.
  • LEY 50/99 SOBRE EL REGIMEN JURIDICO DE LA TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS. ART 13 INFRACCIONES LEVES, GRAVES Y MUY GRAVES. ( decreto 42/2008 desarrollo en andalucia.)
  • LEY 11/03 DE PROTECCION DE LOS ANIMALES. ART 38 INFRACCIONES MUY GRAVES, ART 39 GRAVES Y ART 40 LEVES.
  • Ley Orgánica 4/2010, de 20 de Mayo, del régimen disciplinario del CNP. Disp final 6ª también aplicable a los cuerpos de policía local. Infr. MG art 7. Infr. Graves art 8. Infr Leves art 9.
  • Ley Orgánica 12/95 de 12 de diciembre de represión del contrabando. Infr. Art 11 Contrabando de tabaco.
  • Ley 38/92 de 20 de diciembre de Impuestos Especiales. Ley IIEE. Art 65 impuestos Vehículos.
  • Ley Orgánica 4/2015 de 1 de julio de prevención de la seguridad ciudadana. Infr. At 35 MG, 36 Graves, 37 leves.
  • R.D.L. 5/2015 de 30 de Octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del estatuto básico del empleado público.
  •  R.D.L. 6/2015 de 30 de Octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
  • Ley 16/87 de ordenación de los transportes terrestres LOTT. Infr. MG art 140. Grave 141. Leve 142.
  • RD 1211/90 por el que se aprueba el reglamento de ordenación de los transportes terrestres.
  • RD 97/14 por el que se regulan las operaciones de transportes de mercancías peligrosas por carretera en territorio español. Infracciones LOTT.
  • RD 443/01 Transporte escolar y de menores.
  • D.L. 1/2012 de 20 de Marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del comercio interior en Andalucía. ART 83 leves. Art 84 Graves. Art 85 Muy graves.
  • DL 2/2012 de 20 de Marzo por el que se aprueba el texto refundido de la ley del comercio Ambulante en Andalucía.

1. Leves hasta 1500 euros.-------------2 Meses

2. Graves 1500—3000 euros---------- 1 año.

3. Muy graves  3000—18000 euros—2 años.        

  • LEY    7/06  DE  24  DE OCTUBRE  SOBRE  POTESTADES   ADMINISTRATIVAS EN  MATERIA  DE  DETERMINADAS  ACTIVIDADES  DE  OCIO  EN LOS  ESPACIOS  ABIERTOS  DE LOS  MUNICIPIOS  DE ANDALUCÍA.
  1. ART  6 INFR. MUY GRAVES---24001---60000 EUROS. 4 AÑOS.
  2. ART  7 INFR.GRAVES ---301---24000 EUROS. 3 AÑOS.
  3. ART  8 IINFR.LEVES. HASTA 300 EUROS. 1 AÑO.
  • LPA   7/02  DE  ORDENACIÓN  URBANÍSTICA  EN ANDALUCÍA  MODIFICADO  POR  EL  DECRETO  60/10  DE DISCIPLINA  URBANÍSTICA.
  1. ART 207 INFRACCIONES LEVES GRAVES Y MUY GRAVES.
  2. LEVES 600---2999 EUROS. INFR 1 AÑO--- SANCIÓN 1 AÑO.
  3. GRAVES 3000---5999 EUROS. INF 4 AÑOS---SANCIÓN 3 AÑOS.
  4. MUY GRAVES 6000----12000 EUROS. INF 4 AÑOS---SANCIÓN 3 AÑOS.

  • LEY   7/07  DE GESTIÓN  INTEGRADA  DE  CALIDAD  AMBIENTAL  GICA.
  1. INFRACCIÓN MUY GRAVE  5 AÑOS  SANCIÓN 3 AÑOS.
  2. INFRACCIÓN GRAVE   3 AÑOS          SANCIÓN  2 AÑOS.
  3. INFRACCIÓN LEVE       1 AÑO            SANCIÓN  1 AÑO.
  4. ART 138  INFFRACCIÓN DE CONTAMINACIÓN ACÚSTICA.
  5. ART 148  INFRACCIÓN VERTIDO DE RESIDUOS SÓLIDOS.
  • LEY   2/02 DE  GESTIÓN  DE  EMERGENCIAS  EN ANDALUCÍA.
  1. ART  50  INFRACCIONES MUY GRAVES, GRAVES Y LEVES.
  2. LEVES  0.01---6000 EUROS.
  3. GRAVES 6000.01---150000 EUROS.
  4. MUY GRAVES 150000.01---600000 EUROS.
  • CONSTITUCIÓN  ESPAÑOLA  DE  27  DE  DICIEMBRE  DE  1978.
  • L.O.  2/2007  DE  19  DE  MARZO  DE  REFORMA  DEL  ESTATUTO  DE  ANDALUCÍA.
  • LEY   7/85  DE   2  DE  ABRIL,  REGULADORA  DEL REGIMEN  LOCAL.
  • Real Decreto Legislativo  2/2004,  de  5  de  marzo, por el que se aprueba  el  texto  refundido  de  la  Ley Reguladora  de  las  Haciendas Locales.
  • RSCL  REGLAMENTO  DE  SERVICIOS  DE  LAS CORPORACIONES  LOCALES  DE 1955.
  • L.O.  2/86  DE  13  DE  MARZO,  DE  FUERZAS  Y  CUERPOS  DE SEGURIDAD.
  • LEY  13/01  DE  11  DE  DICIEMBRE  DDE  COORDINACIÓN  DE  LAS  POLICIAS  LOCALES  DE  ANDALUCÍA.( DECRETO   250/07   POR EL QUE SE ESTABLECE EL UNIFORME DE LA POLICIA LOCAL, DESARROLLADO POR LA ORDEN DE 16 FEBRERO DE 2009, DECRETO  93/03 DE HOMOGENEIZACIÓN DE LOS MEDIOS  TECNICOS DE LOS CUERPOS DE LA POLICIA LOCAL,DECRETO  346/03  DE REGULACIÓN DE LOS REGISTROS DE LAS POLICIAS LOCALES Y VIGILANTES MUNICIPALES, DECRETO 98/06 DE LA ORDEN AL MERITO DE LA POLICIA LOCAL, DECRETO  135/03 DE SEGUNDA ACTIVIDAD DE LOS POLICIAS LOCALES, DECRETO   201/03  PROMOCIÓN INTERNA, MOVILIDAD Y FORMACIÓN.
  • Ley Orgánica  1/ 2004,  de  28 de diciembre,  de Medidas  de Protección Integral  contra la Violencia de Género.
  • Ley Orgánica  3/2007,  de  22  de  marzo,  para la  igualdad  efectiva  de mujeres  y hombres.
  • Ley  12/2007,  de  26  de  noviembre, para la promoción  de  la  igualdad de género de Andalucía.
  • Ley  13/2007,  de  26  de  noviembre, de medidas de la prevención y protección integral  contra  la violencia  de género. (Andalucia)
  • Ley 35/95 de 11 de diciembre de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual.
  • Ley 4/2015 de 27 de abril del estatuto de la víctima del delito.

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