COMPRA Y VENTA
Enviado por grande100 • 27 de Abril de 2014 • 1.425 Palabras (6 Páginas) • 227 Visitas
¿Qué es la compra y venta?
Es un contrato en virtud del cual una de las partes se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla en dinero. Aquélla se dice vender y ésta comprar. El dinero que el comprador da por la cosa vendida, se llama precio.
Se conoce popularmente como compraventa a aquel comercio en el cual se compran y venden cosas, especialmente aquellas usadas o antiguas y por supuesto con un valor mucho más accesible que en cualquier otro comercio en el cual se ofrecen piezas similares pero nuevas y sin uso.
Y por otro lado se conoce como contrato de compraventa a aquel contrato que suscriben dos personas y por el cual una de ellas se obliga a entregarle a la otra una determinada cosa y la otra parte se compromete a pagar una suma monetaria determinada previamente por la misma.
El contrato de compra venta por su trascendencia histórica es el más importante de los contratos, el cual viene a ser el principal móvil de la circulación.
A través del tiempo este tipo de contrato, se ha convertido en el acto de comercio más representativo y en la principal fuente de las obligaciones. Nace con la aparición de la moneda, pues al servir esta, como instrumento de pago, permitió la desaparición del trueque.
¿Qué hacen los corredores?
Es un licenciado en derecho habilitado por el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Economía, previo el cumplimiento de los requisitos que le señala la Ley Federal de Correduría Pública y su reglamento.
La función básica del Corredor Público es garantizar la seguridad y certeza jurídicas, ejerciendo un control de legalidad en las transacciones comerciales y otras materias de competencia federal, brindando un asesoramiento profesional e imparcial con la obligación de guardar el secreto profesional que le impone la Ley, lo que representa un elemento de confianza para quienes utilizan sus servicios; su actuación se circunscribe a lo siguiente:
Agente mediador: Transmite e intercambia propuestas entre dos o más partes y asesora en la celebración o ajuste de cualquier contrato o convenio de naturaleza mercantil.
Perito valuador: Estima, cuantifica y valora los bienes, servicios, derechos y obligaciones que se sometan a su consideración, por nombramiento privado o por mandato de autoridad competente.
Asesor jurídico: Asesora jurídicamente a los comerciantes en las actividades propias del comercio, con un alto sentido de responsabilidad y ética profesional.
Árbitro: Actúa a solicitud de las partes, en la solución de controversias derivadas de actos, contratos o convenios de naturaleza mercantil, así como las que resulten entre proveedores y consumidores, brindando solución a los conflictos comerciales mediante un proceso rápido, económico y equitativo.
Fedatario público: Actúa como fedatario público para hacer constar los contratos, convenios y actos jurídicos de naturaleza mercantil, excepto tratándose de inmuebles, así como en la emisión de obligaciones y otros títulos valor; en hipotecas sobre buques, navíos y aeronaves que se celebren ante él, así como para hacer constar los hechos de naturaleza mercantil.
Asimismo, actúa como fedatario en la constitución y en los demás actos previstos por la Ley General de Sociedades Mercantiles, incluso aquellos en los que se haga constar la representación orgánica.
¿Quiénes son los inversionistas?
Es una persona que tiene la capacidad de generar grandes cantidades de dinero con poco tiempo de dedicación, los inversionistas generalmente invierten en bienes raíces, la bolsa de valores o la creación de activos. Ejemplo si compra una propiedad esta se valoriza sin necesidad de estar presente, las inversiones en la bolsa de nueva york es un negocio de 5 horas al mes, y en la creación de activos siempre tienen administradores ello solo supervisan balances mensuales o semestrales o anuales.
La definición de inversionista incluye normalmente a las personas físicas (o naturales) y a las personas morales (o jurídicas). Respecto de este último, la definición de inversionista puede excluir varios tipos de entidades de acuerdo con su forma jurídica, su objetivo o su propiedad.
Por otra parte, otro elemento importante en el análisis de la definición de “inversionista” tiene que ver con el establecimiento del vínculo a través del cual las personas físicas o morales pueden llegar a ser considerados inversionistas. En general, éstas se consideran inversionistas en el sentido de un acuerdo si cuentan con la nacionalidad de uno de los Estados parte o si bien mantienen algún tipo de vínculo tales como la residencia permanente, el domicilio o la simple residencia.
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