CONTABILIDAD DE REMUNERACIONES
Enviado por Patricio Avila Zarate • 23 de Junio de 2016 • Apuntes • 3.470 Palabras (14 Páginas) • 239 Visitas
CONTABILIDAD DE REMUNERACIONES
- EL TÉRMINO REMUNERACIÓN SE EMPLEA PARA DESIGNAR A LA RETRIBUCIÓN
ECONÓMICA QUE RECIBE UN TRABAJADOR POR SUS SERVICIOS PERSONALES
PRESTADOS A OTRA PERSONA O EMPRESA.
- LAS REMUNERACIONES CONTEMPLAN 3 COMPONENTES PRINCIPALES: LOS
HABERES, LOS DESCUENTOS Y LA REMUNERACIÓN LÍQUIDA:
LOS HABERES CORRESPONDEN A TODAS LAS PARTIDAS QUE COMPONEN LA
REMUNERACIÓN:
SUELDO: VALOR FIJO PACTADO POR LOS SERVICIOS PRESTADOS, QUE SE CANCELA POR PERIODOS IGUALES, TAMBIÉN DENOMINADO “SUELDO BASE”
SOBRESUELDO: REMUNERACIÓN DE LAS HORAS EXTRAORDINARIAS, ES DECIR
AQUELLAS QUE EXCEDEN EL MÁXIMO LEGAL DE 45 HRS SEMANALES O LAS PACTADAS CONTRACTUALMENTE, SI FUESEN MENOS. LA HORA EXTRAORDINARIA SE CANCELA CON UN RECARGO DEL 50% DEL VALOR HORA POR CONTRATO, EN DÍA HÁBIL Y 100% EN DÍA FESTIVO.
COMISIONES: PORCENTAJE SOBRE LAS VENTAS, COMPRAS, COBRANZAS U OTRAS
OPERACIONES QUE EL EMPLEADOR EFCTÚA CON COLABORACIÓN DEL TRABAJADOR
GRATIFICACIONES: CORRESPONDE A LA PARTE DE LAS UTILIDADES CON QUE EL
EMPLEADOR BENEFICIA EL SUELDO DEL TRABAJADOR. ESTAS PUEDEN SER DE 3 TIPOS: LEGAL, CONTRACTUAL (ACORDADO POR LAS PARTES) O VOLUNTARIA.
OTROS HABERES DE TIPO OCASIONAL, COMO LOS BONOS, AGUINALDOS O PREMIOS,QUE PUEDEN SER DE CARÁCTER CONTRACTUAL O VOLUNTARIO.
FINALMENTE ESTÁN LAS ASIGNACIONES, QUE FORMAN PARTE DE LOS HABERES,
PERO NO CONSTITUYEN REMUNERACIÓN PARA EFECTOS IMPOSITIVOS NI
PREVISIONALES
LA REMUNERACIÓN BRUTA SE CONSTITUYE POR UNA COMBINACIÓN DE ESTOS
COMPONENTES
LOS DESCUENTOS SON RETENCIONES QUE EL EMPLEADOR EFECTÚA A LAS
REMUNERACIONES DE LOS TRABAJADORES EN CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES
LEGALES Y POR MUTUO ACUERDO.
LOS DESCUENTOS LEGALES SON DE CARÁCTER OBLIGATORIO Y ESTÁN DESTINADOS A FONDOS PREVISIONALES, PAGO DE IMPUESTOS Y RETENCIONES JUDICIALES.
LOS DESCUENTOS VOLUNTARIOS SON ACEPTADOS LIBREMENTE POR EMPLEADOR Y TRABAJADOR.
DESCUENTOS PREVISIONALES:
ESTÁN DIRIGIDAS A LA PROTECIÓN SOCIAL DEL TRABAJADOR Y SU FAMILIA, TIENEN
UN TOPE DE UF 74,3 Y SE COMPONEN DE:
FONDO DE PENSIONES: 10% PORCENTAJE FIJO
FONDO DE SALUD: 7% FONASA O ISAPRE
COMISIÓN Y SEGURO DE SOBREVIVENCIA: PORCENTAJE VARIA SEGÚN AFP
SEGURO DE CESANTÍA (AFC): PORCENTAJE DE 3% CON TOPE DE UF 111,4. EN LOS
CONTRATOS DE PLAZO FIJO EL PORCENTAJE ES CANCELADO INTEGRAMENTE POR EL EMPLEADOR, EN LOS CONTRATOS INDEFINIDOS, SE REPARTE UN 0,6% EL
TRABAJADOR Y UN 2,4% EL EMPLEADOR
DESCUENTOS DE IMPUESTO A LA RENTA:
LA LEY DE IMPUESTO A LA RENTA, AL REFERIRSE A LAS RENTAS DEL TRABAJO
SEÑALA EN SU ARTÍCULO 42, QUE SE APLICARÁ, CALCULARÁ Y COBRARÁ UN
IMPUESTO SOBRE LAS SIGUIENTES RENTAS…” SUELDOS, SOBRESUELDOS,
SALARIOS, PREMIOS, DIETAS, GRATIFICACIONES, PARTICIPACIONES Y
CUALQUIER OTRA ASIMILACIÓN QUE AUMENTE LA REMUNERACIÓN PAGADA POR
SERVICIOS PERSONALES, EXCEPTUANDO LAS IMPOSICIONES OBLIGATORIAS
QUE SE DESTINEN A LOS FONDOS DE PENSIONES.
EN EL ART 17 SE SEÑALA QUE NO CONSTITUYEN RENTA LA ASIGNACIÓN
FAMILIAR, LOS BENEFICIOS PREVISIONALES Y LA INDEMNIZACIÓN POR
DESAHUCIO, ADEMÁS DE LA ALIMENTACIÓN, MOVILIZACIÓN O ALOJAMIENTO, O
LA CANTIDAD QUE SE PAGUE EN DINERO POR ESTA MISMA CAUSA.
ESTE IMPUESTO TIENE CARÁCTER DE ÚNICO, ESTO SIGNIFICA QUE EL TRABAJADOR
DEPENDIENTE, QUE SOLO TENGA RENTAS PROVENIENTES DE SUELDOS, NO DECLARA NI
PAGA OTROS IMPUESTOS POR DICHAS RENTAS; DE AHÍ QUE SE LE DENOMINE IMPUESTO
ÚNICO A LOS TRABAJADORES (IUT )
EL IUT ES UN IMPUESTO PROGRESIVO EN TRAMOS, YA QUE LA TASA AUMENTA A MEDIDA
QUE AUMENTA LA RENTA Y SE DIVIDEN LAS RENTAS EN DIVERSOS TRAMOS. LA ESCALA
QUE FORMAN ESTOS TRAMOS DE RENTAS Y TASAS ES CONFECCIONADA Y ADMINISTRADA
POR EL SII, Y SE CONOCE COMO TABLA DE IUT. POR EJEMPLO, LA TABLA DE ENERO DE 2016 ES:[pic 1]
PARA CALCULAR EL IMPUESTO QUE CORRESPONDE A UNA REMUNERACIÓN MENSUAL, SE DEBE
DETERMINAR PRIMERO LA RENTA IMPONIBLE, QUE CORRESPONDE AL TOTAL DE HABERES MENOS
LAS ASIGNACIONES Y PARTIDAS NO CONSTITUTIVAS DE RENTA, ES DECIR, LOS DESCUENTOS
PREVISIONALES.
EL VALOR QUE SE OBTIENE AL RESTAR ESTOS ITEMS DE LA RENTA IMPONIBLE ES LO QUE SE
DENOMINA “RENTA TRIBUTABLE” O SIMPLEMENTE “TRIBUTABLE”. ESTE VALOR SE UBICA EN EL
TRAMO DE LA TABLA QUE CORRESPONDA, SE MULTIPLICA POR EL FACTOR DEL TRAMO Y SE LE
RESTA LA CANTIDAD A REBAJAR SEÑALADA EN LA TABLA, PARA OBTENER EL VALOR A
DESCONTAR POR CONCEPTO DE IMPUESTO ÚNICO.
POR EJEMPLO: UN TRABAJADOR CON CONTRATO INDEFINIDO, TIENE HABERES TOTALES POR $1.400.000, ASIGNACIONES TOTALES POR $100.000. SUPONGA UN 21% DE DESCUENTOS PREVISIONALES Y VALOR UF = $19.000
[pic 2]
1. CÁLCULO DE RENTA IMPONIBLE
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