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CONTABILIDAD DE REMUNERACIONES


Enviado por   •  23 de Junio de 2016  •  Apuntes  •  3.470 Palabras (14 Páginas)  •  239 Visitas

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CONTABILIDAD DE REMUNERACIONES

  • EL TÉRMINO REMUNERACIÓN SE EMPLEA PARA DESIGNAR A LA RETRIBUCIÓN

ECONÓMICA QUE RECIBE UN TRABAJADOR POR SUS SERVICIOS PERSONALES

PRESTADOS A OTRA PERSONA O EMPRESA.

  • LAS REMUNERACIONES CONTEMPLAN 3 COMPONENTES PRINCIPALES: LOS

HABERES, LOS DESCUENTOS Y LA REMUNERACIÓN LÍQUIDA:

LOS HABERES CORRESPONDEN A TODAS LAS PARTIDAS QUE COMPONEN LA

REMUNERACIÓN:

SUELDO: VALOR FIJO PACTADO POR LOS SERVICIOS PRESTADOS, QUE SE CANCELA POR PERIODOS IGUALES, TAMBIÉN DENOMINADO “SUELDO BASE”

SOBRESUELDO: REMUNERACIÓN DE LAS HORAS EXTRAORDINARIAS, ES DECIR

AQUELLAS QUE EXCEDEN EL MÁXIMO LEGAL DE 45 HRS SEMANALES O LAS PACTADAS CONTRACTUALMENTE, SI FUESEN MENOS. LA HORA EXTRAORDINARIA SE CANCELA CON UN RECARGO DEL 50% DEL VALOR HORA POR CONTRATO, EN DÍA HÁBIL Y 100% EN DÍA FESTIVO.

COMISIONES: PORCENTAJE SOBRE LAS VENTAS, COMPRAS, COBRANZAS U OTRAS

OPERACIONES QUE EL EMPLEADOR EFCTÚA CON COLABORACIÓN DEL TRABAJADOR

GRATIFICACIONES: CORRESPONDE A LA PARTE DE LAS UTILIDADES CON QUE EL

EMPLEADOR BENEFICIA EL SUELDO DEL TRABAJADOR. ESTAS PUEDEN SER DE 3 TIPOS: LEGAL, CONTRACTUAL (ACORDADO POR LAS PARTES) O VOLUNTARIA.

OTROS HABERES DE TIPO OCASIONAL, COMO LOS BONOS, AGUINALDOS O PREMIOS,QUE PUEDEN SER DE CARÁCTER CONTRACTUAL O VOLUNTARIO.

FINALMENTE ESTÁN LAS ASIGNACIONES, QUE FORMAN PARTE DE LOS HABERES,

PERO NO CONSTITUYEN REMUNERACIÓN PARA EFECTOS IMPOSITIVOS NI

PREVISIONALES

LA REMUNERACIÓN BRUTA SE CONSTITUYE POR UNA COMBINACIÓN DE ESTOS

COMPONENTES

LOS DESCUENTOS SON RETENCIONES QUE EL EMPLEADOR EFECTÚA A LAS

REMUNERACIONES DE LOS TRABAJADORES EN CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES

LEGALES Y POR MUTUO ACUERDO.

LOS DESCUENTOS LEGALES SON DE CARÁCTER OBLIGATORIO Y ESTÁN DESTINADOS A FONDOS PREVISIONALES, PAGO DE IMPUESTOS Y RETENCIONES JUDICIALES.

LOS DESCUENTOS VOLUNTARIOS SON ACEPTADOS LIBREMENTE POR EMPLEADOR Y TRABAJADOR.

DESCUENTOS PREVISIONALES:

ESTÁN DIRIGIDAS A LA PROTECIÓN SOCIAL DEL TRABAJADOR Y SU FAMILIA, TIENEN

UN TOPE DE UF 74,3 Y SE COMPONEN DE:

FONDO DE PENSIONES: 10% PORCENTAJE FIJO

FONDO DE SALUD: 7% FONASA O ISAPRE

COMISIÓN Y SEGURO DE SOBREVIVENCIA: PORCENTAJE VARIA SEGÚN AFP

SEGURO DE CESANTÍA (AFC): PORCENTAJE DE 3% CON TOPE DE UF 111,4. EN LOS

CONTRATOS DE PLAZO FIJO EL PORCENTAJE ES CANCELADO INTEGRAMENTE POR EL EMPLEADOR, EN LOS CONTRATOS INDEFINIDOS, SE REPARTE UN 0,6% EL

TRABAJADOR Y UN 2,4% EL EMPLEADOR

DESCUENTOS DE IMPUESTO A LA RENTA:

LA LEY DE IMPUESTO A LA RENTA, AL REFERIRSE A LAS RENTAS DEL TRABAJO

SEÑALA EN SU ARTÍCULO 42, QUE SE APLICARÁ, CALCULARÁ Y COBRARÁ UN

IMPUESTO SOBRE LAS SIGUIENTES RENTAS…” SUELDOS, SOBRESUELDOS,

SALARIOS, PREMIOS, DIETAS, GRATIFICACIONES, PARTICIPACIONES Y

CUALQUIER OTRA ASIMILACIÓN QUE AUMENTE LA REMUNERACIÓN PAGADA POR

SERVICIOS PERSONALES, EXCEPTUANDO LAS IMPOSICIONES OBLIGATORIAS

QUE SE DESTINEN A LOS FONDOS DE PENSIONES.

EN EL ART 17 SE SEÑALA QUE NO CONSTITUYEN RENTA LA ASIGNACIÓN

FAMILIAR, LOS BENEFICIOS PREVISIONALES Y LA INDEMNIZACIÓN POR

DESAHUCIO, ADEMÁS DE LA ALIMENTACIÓN, MOVILIZACIÓN O ALOJAMIENTO, O

LA CANTIDAD QUE SE PAGUE EN DINERO POR ESTA MISMA CAUSA.

ESTE IMPUESTO TIENE CARÁCTER DE ÚNICO, ESTO SIGNIFICA QUE EL TRABAJADOR

DEPENDIENTE, QUE SOLO TENGA RENTAS PROVENIENTES DE SUELDOS, NO DECLARA NI

PAGA OTROS IMPUESTOS POR DICHAS RENTAS; DE AHÍ QUE SE LE DENOMINE IMPUESTO

ÚNICO A LOS TRABAJADORES (IUT )

EL IUT ES UN IMPUESTO PROGRESIVO EN TRAMOS, YA QUE LA TASA AUMENTA A MEDIDA

QUE AUMENTA LA RENTA Y SE DIVIDEN LAS RENTAS EN DIVERSOS TRAMOS. LA ESCALA

QUE FORMAN ESTOS TRAMOS DE RENTAS Y TASAS ES CONFECCIONADA Y ADMINISTRADA

POR EL SII, Y SE CONOCE COMO TABLA DE IUT. POR EJEMPLO, LA TABLA DE ENERO DE 2016 ES:[pic 1]

PARA CALCULAR EL IMPUESTO QUE CORRESPONDE A UNA REMUNERACIÓN MENSUAL, SE DEBE

DETERMINAR PRIMERO LA RENTA IMPONIBLE, QUE CORRESPONDE AL TOTAL DE HABERES MENOS

LAS ASIGNACIONES Y PARTIDAS NO CONSTITUTIVAS DE RENTA, ES DECIR, LOS DESCUENTOS

PREVISIONALES.

EL VALOR QUE SE OBTIENE AL RESTAR ESTOS ITEMS DE LA RENTA IMPONIBLE ES LO QUE SE

DENOMINA “RENTA TRIBUTABLE” O SIMPLEMENTE “TRIBUTABLE”. ESTE VALOR SE UBICA EN EL

TRAMO DE LA TABLA QUE CORRESPONDA, SE MULTIPLICA POR EL FACTOR DEL TRAMO Y SE LE

RESTA LA CANTIDAD A REBAJAR SEÑALADA EN LA TABLA, PARA OBTENER EL VALOR A

DESCONTAR POR CONCEPTO DE IMPUESTO ÚNICO.

POR EJEMPLO: UN TRABAJADOR CON CONTRATO INDEFINIDO, TIENE HABERES TOTALES POR $1.400.000, ASIGNACIONES TOTALES POR $100.000. SUPONGA UN 21% DE DESCUENTOS PREVISIONALES Y VALOR UF = $19.000

[pic 2]

1.        CÁLCULO DE RENTA IMPONIBLE

...

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