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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO


Enviado por   •  14 de Enero de 2014  •  6.470 Palabras (26 Páginas)  •  210 Visitas

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

Contrato de arrendamiento que celebran por una parte el C. JULIAN REYNA, a quien en lo sucesivo se le denominara “EL ARRENDADOR” y por otra parte PATRICIA IRENA FERNANDA GARCIA, a quien en lo sucesivo se le denominara EL ARRENDATARIO, mismos que se sujetan al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas.

D E C L A R A C I O N E S

1.- Declara el arrendador:

a) Que es legítimo propietario y poseedor del inmueble identificado como manzana 32, lote 5, calle Guadalajara, Fraccionamiento Campos, en la ciudad de Tijuana, B.C.

b) Que a la fecha se encuentra corriente del pago del impuesto predial, así como de los servicios que actualmente se encuentran conectados al inmueble.

2.- Declara el arrendatario

a) Que conoce el inmueble que pretende tomar en arrendamiento por haberse encontrado físicamente en el mismo así como su estado material y que esta de acuerdo en tomarlo en arrendamiento en las condiciones en que se encuentra, asimismo declara estar en pleno uso de sus derechos y obligaciones para celebrar el presente contrato.

b) Que desea tomar en arrendamiento el inmueble antes referido para usarlo exclusivamente como bodega.

c) Que tiene capacidad jurídica para obligarse, en los términos del presente contrato.

C L A U S U L A S

PRIMERA.- ”EL ARRENDADOR” entrega y “EL ARRENDATARIO” recibe en arrendamiento el inmueble Identificado como casa habitacional ubicada en manzana 32, lote 5, calle Guadalajara, Fracc. Campos, en la ciudad de Tijuana, B.C.

SEGUNDA.- “EL ARRENDATARIO” recibe del arrendador el inmueble arrendado en óptimas condiciones de uso, completamente nuevo. Limpio y libre de todo tipo de contaminación, basura, escombros o desechos y con todos sus sistemas funcionando.

TERCERA.- DEL PRECIO: A partir de la fecha de firma del presente contrato y de conformidad con lo aquí previsto “EL ARRENDATARIO” conviene y se obliga a pagar a “EL ARRENDADOR” como contraprestación por el uso del INMUEBLE ARRENDADO, de manera puntual en el domicilio materia del presente contrato ubicado manzana 32, lote 5, calle Guadalajara, Fracc. Campos, en la ciudad de Tijuana, B.C. del cual “EL ARRENDATARIO” manifiesta conocer su ubicación o en cualquier otro domicilio que señale EL ARRENDADOR rentas mensuales por la cantidad de $500.00 (QUINIENTOS DOLARES MONEDA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 00/100 DLLS) o su equivalente en moneda nacional al tipo de cambio que rija el día del pago, por el inmueble arrendado.

CUARTO.- EL ARRENDATARIO se obliga a pagar al ARRENDADOR cualquier daño o perjuicio que pudiese sufrir el arrendador con motivo de cualesquier incumplimiento de las obligaciones contenidas de este contrato, así como de aquellas que sean consecuencia natural del mismo, conforme a la buena fe, al uso o a la ley; en la inteligencia de que queda expresamente y aceptado por el arrendatario que, al termino del contrato y una vez desocupado el inmueble, materia de la obligación y sin perjuicio de lo estipulado en el párrafo precedente el arrendador esta autorizado para cobrar gastos que por concepto de reposición, acondicionamiento, o renovación deberán hacerse al inmueble arrendado; y en su defecto el pago de cualesquier adeudo que tenga el arrendatario con la arrendadora con motivo del cumplimiento o ejecución forzada de este contrato. Por último queda entendido y aceptado por el arrendatario que el arrendador podrá cobrar cualquier adeudo u obligación que tenga el arrendatario con las compañías proveedoras de los servicios públicos con las que hubiere contratado. En caso de vender la Propiedad se les informara a los arrendatarios si están interesados en comprarla si no aceptaran la Propuesta se les avisara con tiempo para la desocupación del inmueble en caso de venderse la Propiedad.

QUINTA.- FORMA DE PAGO: “EL ARRENDATARIO” efectuara los pagos por mensualidades anticipadas, debiendo hacerlo el día decimo de cada mes. En caso de no cubrir el importe dentro de los primeros veinticinco días del mes que corresponda, EL ARRENDATARIO se obliga a pagar a “EL ARRENDADOR” además de la renta vencida una pena convencional por la cantidad de $50.00 DOLARES (CINCUENTA DOLARES 00/100 DLLS) por cada tres días de calendario de retraso, hasta en tanto la misma quede totalmente liquidada. En su caso, la pena convencional antes referida se aplicara por cada retraso de cada mes de renta que llegue a deber “EL ARRENDATARIO” al “EL ARRENDADOR” de acuerdo a lo previsto en el presente contrato adicionales al importe mensual pactado, cabe mencionar que el arrendador se pondrá en contacto los días correspondientes al pago para recoger la mensualidad pactada.

SEXTA.- “EL ARRENDATARIO” se obliga a pagar adicionalmente a la pena antes referida, intereses moratorios a razón del 12% (doce por ciento) mensual sobre saldos insolutos, los cuales se generan desde la fecha en que debió de haber pagado la renta (fecha en que incurre en mora), hasta la fecha en que pague el total de la misma. “EL ARRENDATARIO”, no podrá bajo ningún a circunstancia retener rentas ni pedir disminución de las mismas. Asimismo “EL ARRENDATARIO” renuncia a los derechos que le concede el artículo 2,319 del Código Civil para el Estado de Baja California.

SEPTIMA.- En caso de que el pago de la renta se vaya a efectuar en Moneda Nacional, dicho pago deberá hacerse al tipo de cambio que rija en la fecha de pago, o en el día hábil inmediato anterior a dicha fecha, en el caso de que la fecha de pago sea día inhábil.

OCTAVA.- La falta de pago oportuno de un solo mes de renta dará derecho a EL ARRENDADOR” para dar por terminado el presente contrato mediante simple notificación por escrito dirigida al “EL ARRENDATARIO” y por ende solicitar la desocupación y entrega inmediata del inmueble arrendado, sin responsabilidad alguna para dicho ARRENDADOR sin perjuicio de su derecho de conformidad con el presente contrato y aquellas otras que le correspondan a la ley aplicable.

NOVENA.- VIGENCIA Y PLAZO: El tiempo de vigencia del presente contrato será de un año, obligatorio para “EL ARRENDATARIO” Las obligaciones derivadas de este contrato iniciaran su vigencia a la entrega del inmueble en cuestión es decir el día 10 de Septiembre de 2013 y concluirán el 10 de Septiembre de 2014. “EL ARRENDATARIO” renuncia de manera expresa a los derechos consignados en los artículos 2,359 y 2,360 del Código Civil para el Estado de Baja California, respecto de la prorroga o renovación del término

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