CONVENCIÓN INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS DEL NIÑO
Enviado por ma15173974bas • 26 de Julio de 2021 • Ensayo • 1.776 Palabras (8 Páginas) • 104 Visitas
República Bolivariana de Venezuela[pic 1]
Ministerio del Poder Popular Para la Educación
Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales
Ezequiel Zamora
Guanare Portuguesa
CONVENCIÓN INTERNACIONAL DE
LOS DERECHOS DEL NIÑO
Profesor: Participante:
Freddy Vargas Orlando Briceño
C.I:V-27557083 4 Año Sección: A
Guanare Julio de 2021
CONVENCIÓN INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS DEL NIÑO
Hoy en día es un tema frecuente el referente a los derechos de los niños y adolescentes, en Venezuela a partir de 1990, año en el cual el Estado venezolano ratifica la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, generándose en el seno de las organizaciones sociales independientes del sector oficial que trabajaban con niñas, niños y adolescentes, conllevando a propuestas cuyo alcance llegaría hasta el cambio de instrumentos jurídicos en materia de niños, niñas y adolescentes y fortalecido por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999.
Dentro del esquema que se plantea la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, se señala su origen, implicaciones, actores involucrados y sus responsabilidades, igualmente, se hace mención a dos aspectos esenciales como son los deberes y derechos; luego, los principios de la Convención y sus contenidos, dejando sentado, al final, los límites de este recuento y la formulación de un llamado abierto a quienes no se habían ratificado. Ahora bien, uno de los avances alcanzados con la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño es el cambio de paradigma con respecto a la infancia.
En tal sentido, la Convención se fundamenta en la protección integral, que reconoce a los niños como sujetos de derecho y esto implica que tienen capacidad de acuerdo a su desarrollo para involucrarse en los asuntos que les conciernen, asumiendo, de igual modo, las responsabilidades inherentes al cumplimiento de deberes; aquí se refleja una nueva perspectiva en torno al niño y permite crear conciencia respecto a que éstos no son propiedad de sus padres ni indefensos de una obra de caridad, sino que son seres humanos con sus propios derechos. De manera que la Convención ofrece una perspectiva en el que el niño es un individuo y miembro de una familia y una sociedad, con derechos y responsabilidades que vayan de acuerdo a la etapa de su desarrollo, orientando así firmemente su mandato hacia la personalidad integral del niño.
Lo que respecta, al contenido de la convención se establecen los derechos deberes y garantías los cuales están consagrados en los 54 artículos establecidos en la misma, se han agrupado en cuatro áreas o grupos de derechos, de los cuales dos contemplan aspectos señalados en dos de los principios rectores que son supervivencia y participación; los derechos de supervivencia se corresponden con el derecho de todo niño, sin distinción alguna, a crecer sano y a disfrutar de alimentación, vivienda y servicios médicos adecuados establecidos en los artículos 6, 18, 24, 26 y 27; los derechos para el sano desarrollo que son los derechos para garantizar las condiciones de vida necesarias para un pleno desarrollo humano, que deben ser proporcionadas en el marco de la familia, con la asistencia del Estado están en los art 7, 15, 17, 18, 28, 29 y 31; los derechos de protección que corresponden a los derechos de todo niño a ser protegido contra la explotación y el maltrato ubicado en los art 16, 19, 22, 23, 33-35, 37, 38, 40; los derechos de participación que son los derechos de los niños a expresar lo que viven, piensan y sienten y a ser escuchados en los asuntos que afectan su vida, la de su familia y comunidad; conforman un marco para el ejercicio progresivo de la ciudadanía, en consonancia con el desarrollo de las capacidades de cada etapa de la vida del niño y del adolescente y se ubican en los art 12-15 y 17 respectivamente.
De manera general, se pueden mencionar el derecho a la no discriminación; el interés superior del niño, los niños y las niñas deben ser lo más importante cuando ha de decidirse sobre ellos y sus vidas; el derecho a una vida digna, a vivir bien, para crecer y desarrollarse correctamente; derecho a un nombre y una nacionalidad, a conocer a sus madres y padres y ser cuidados por ellos; derecho a expresar su opinión y ser escuchados y a participar en diferentes áreas de su comunidad; así como la responsabilidad de los padre y madres a la atención diaria, a la educación y desarrollo el cual recae sobre sus padres y las autoridades que han de ofrecer la asistencia adecuada; derecho a la salud y a los servicios sanitarios; derecho al juego, al descanso y la recreación. En función de todo ello la difusión de la Convención establece que los gobiernos, las instituciones y todas las personas han de dar al conocer estos derechos al todas las personas para que se respeten. Los 54 artículos que componen la Convención recogen los derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos de todos los niños, niñas y adolescentes.
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