CONVENIO DE KYOTO
Enviado por IvonnePortugal • 21 de Abril de 2015 • 10.100 Palabras (41 Páginas) • 1.666 Visitas
CONVENIO DE KYOTO
INDICE:
1. ANTECEDENTES
2. PROPÓSITO DEL CONVENIO DE KYOTO
3. IMPORTANCIA DEL CONVENIO DE KYOTO
4. BENEFICIOS DEL CONVENIO DE KYOTO
5. CONVENIO DE KYOTO (CK)
6. ANALISIS DEL CONVENIO DE KYOTO EN SU ESTRUCTURA
6.1 EL CUERPO
6.2 ANEXO GENERAL
6.3 LOS 10 ANEXOS ESPECIFICOS
6.4 ANALISIS DEL ANEXO ESPECÍFICO
7. RELACION DEL CONVENIO DE KYOTO CON BOLIVIA Y NUESTRO CODIGO TRIBUTARIO
CONCLUSIONES
RECOMENDACIONES
1. ANTECEDENTES
El título completo del convenio es convenio internacional sobre la simplificación y armonización de regímenes aduaneros. El convenio original fue adoptado en Kioto en mayo de 1973 y entro en vigor en septiembre de 1974. Se revisó durante varios años y fue definitivamente modificado en 1999. Las enmiendas están construidas en un protocolo de enmiendas que se concluyó en julio de 1999. Para facilitar la enmienda aremos referencia al convenio revisado de Kioto como “el convenio revisado” o “Kioto”, según el caso.
Hasta antes de su modificación en 1999, el convenio había recibido una modesta aceptación de la comunidad internacional. Es a partir de ese año, que nace el interés de nuestros principales socios comerciales en ser parte del mismo.
Considerando que la Unión Europea, Japón y Canadá lo ratificaron previamente, el impulso más significativo al convenio lo representa su adopción por los Estados Unidos en diciembre de 2005.
La India y Croacia ratificaron el convenio en noviembre de 2005, llegando a 40 el número de partes contratantes (actualmente 42 con los Estados Unidos y Luxemburgo), cifra requerida por el instrumento internacional para su entrada en vigor.
Este convenio nace como un instrumento internacional pendiente a disminuir las divergencias existentes entre los regímenes aduaneros de los distintos países, que pueden obstaculizar el comercio internacional. En tal sentido las normas contenidas en dicho convenio están orientadas a alcanzar el alto grado de simplificación y armonización del régimen aduanero a nivel mundial. (Internacionalmente como convenio revisado de Kioto).
2. PROPÓSITO DEL CONVENIO DE KYOTO
Kioto se diseñó para ayudar a las Partes Contratantes a lograr una administración aduanera moderna, mejorar la facilitación y el control, así como proporcionar un planteamiento más simple, armonizado y flexible.
Kioto contribuirá al comercio internacional: desarrollando prácticas y procedimientos aduaneros uniformes en todo el mundo; satisfaciendo las necesidades del comercio internacional y de las Aduanas a efectos de facilitación, a través de la simplificación de las prácticas y regímenes aduaneros; asegurando normas apropiadas de control aduanero; permitiendo que Aduanas respondan a los cambios importantes producidos en el mundo empresariales y en los métodos y técnicas administrativos; reduciendo los costes de los comerciantes y de los Gobierno respecto a la tramitación aduanera.
3. IMPORTANCIA DEL CONVENIO DE KYOTO
El convenio de Kyoto sirve de fundamento para construir regímenes aduaneros modernos y eficaces y por lo tanto esenciales para la modernización y la reforma aduaneras.
La necesidad de modernización y de reforma nunca ha sido mayor. Desde que el convenio original de Kyoto entro en vigor, ha habido muchos progresos que han cambiado la faz del comercio internacional, entre los que se incluye:
Globalización creciente del comercio
Crecimiento rápido en transporte internacional
Un entorno empresarial internacional altamente corporativo
Establecimientos de la Organización Mundial del Comercio (OMC)
Reducción de las barreras arancelarias a través de la OMC
Supresión de muchas barreras no arancelarias
Crecimiento del comercio electrónico y del uso de intercambio electrónico de datos (IED para el cumplimiento de servicios públicos
4. BENEFICIOS DEL CONVENIO DE KYOTO
El convenio revisado beneficia a mucha gente. Los comerciantes se beneficiaran de la facilitación mejorada y de la reducción de costes. Los exportadores y los transportistas se beneficiaran de los controles aduaneros uniformes y de un movimiento más rápido de mercancías y de personas
Los gobiernos se beneficiaran de controles más efectivos que aumentan la seguridad fronteriza y reducen la pérdida de ingresos aduaneros. En resumen KYOTO proporcionara al comercio internacional la previsibilidad y eficiencia que requiere el comercio moderno.
Promover el libre comercio se reducen costos del comercio comunitario y se presenta una política comercial común ante los países no miembros.
Los socios no solamente intercambian mercancías sino que además establecen un arancel común hacia el exterior donde las mercancías que ingresen a la unión provenientes de un país no asociado estarán sujetas al mismo arancel
5. CONVENIO DE KYOTO (CK)
El Convenio de Kyoto (CK) es el principal convenio de facilitación del comercio aduanero.
Los países que deseen convertirse en partes contratantes de este convenio internacional, deben aceptar el Cuerpo y el Anexo General del CK, que son vinculantes. El Anexo General del CK compromete a las partes contratantes a los siguientes principios fundamentales:
• transparencia y previsibilidad de las acciones que realiza la Aduana,
• estandarización y simplificación de la declaración de mercancías y los documentos de soporte,
• procedimientos simplificados para los operadores autorizados,
• máxima utilización de la tecnología de la información,
• mínimos controles aduaneros necesarios para garantizar el cumplimiento con las reglamentaciones,
• uso de la administración de riesgos y controles por auditoria,
• intervenciones coordinadas con otras entidades fronterizas, y
• colaboración con el sector comercial
El Secretario General de la OMA es el depositario del Convenio. Los países deben depositar su instrumento de adhesión o ratificación con el Secretario General del Consejo. El Convenio es administrado por el Comité de Administración del CKR cuyos miembros son las partes contratantes. Solo las partes contratantes tienen derecho a voto, pero todos los demás pueden participar como observadores. El Comité de Administración no cuenta con una función fiscalizadora o de resolución de disputas en caso de que una parte contratante incumpla con los estándares contenidos en el CKR. Los países que se adhieren a este Convenio cuentan con tres años para implementar los estándares y cinco años para implementar los estándares
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