ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

CONVENIO PARA OTORGAMIENTO DE OPERACIONES DE CREDITO


Enviado por   •  8 de Marzo de 2019  •  Práctica o problema  •  1.847 Palabras (8 Páginas)  •  109 Visitas

Página 1 de 8

CONVENIO PARA OTORGAMIENTO DE OPERACIONES DE CREDITO ENTRE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CHIBULEO LTDA. Y LA COOPERATIVA DE TRANSPORTES XXXXXXXXXX

COMPARECIENTES: Comparecen a la celebración del presente convenio, por una parte, Cooperativa de Ahorro y Crédito “CHIBULEO Ltda., representada por su Gerente General y Representante Legal el señor Ing. Ángel Rodrigo Llambo Chalan, con cedula de ciudadanía Nro. 180347675-1,  que para términos de este convenio se denominará simplemente como LA COOPERATIVA y por otra parte la COOPERATIVA DE TRANSPORTES XXXXXXXXXXX, representada por su Presidente el Sr. XXXXXXXXXXX con C.I: XXXXXXXXXX y el gerente el Sr. XXXXXXXXXX con C.I: XXXXXXXXXXX, conforme se justifica con la copia certificada de sus nombramientos que se acompaña como documentos habilitantes, parte a la cual, para efectos de este instrumento se los denominara simplemente LA COOPERATIVA DE TRANSPORTE.

Los comparecientes son ecuatorianos mayores de edad, domiciliados el primero en la ciudad de Ambato, los segundos en la ciudad de Ambato, Provincia de Tungurahua, legalmente capaces y hábiles para contratar y obligarse.

En virtud de lo expuesto, los comparecientes en forma libre y voluntaria, por los derechos que representan, acuerdan en suscribir el presente CONVENIO contenido en las siguientes cláusulas:

PRIMERA.- ANTECEDENTES:

  1. LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO CHIBULEO, es una Institución Financiera  legalmente constituida en el Ecuador, según consta del Acuerdo Ministerial, y regulada por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria debidamente autorizada para realizar todas las actividades financieras permitidas por las Leyes ecuatorianas, teniendo entre sus productos el otorgamiento créditos.

  1. LA COOPERATIVA DE TRANSPORTES XXXXXXXXXX. con RUC Nro. XXXXXXXXXX, legalmente constituida, mediante Acuerdo Ministerial N° y Número de Resolución SEPS-ROEPS-XXXXX-XXXXX, conformada por socios, dedicada a la actividad económica principal de servicios REGULARES  DE TRANSPORTE INTERPROVINCIAL DE PASAJEROS.

SEGUNDA.- OBJETO Y PROCEDIMIENTO:

a.- Otorgar créditos a los socios activos de LA COOPERATIVA DE TRANSPORTES que cumplan con las políticas de crédito de LA COOPERATIVA.

b.- Con los antecedentes expuestos LA COOPERATIVA DE TRANSPORTE, por intermedio de su rrepresentante legal y Presidente manifiestan que a la presente fecha existen socios que tienen la necesidad de modificar sus unidades de transporte actuales por otras correspondientes al año en curso o cualquier otro destino de crédito relacionado al perfil y actividad económica del socio para lo cual requieren hacer un crédito.

c.- LA COOPERATIVA DE TRANSPORTES por intermedio de su representante legal manifiesta que los socios de la cooperativa son personas que presentan un buen historial y con suficiente solvencia económica para responder  sus obligaciones, motivo por el cual, solicita a LA COOPERATIVA, sea quien facilite o financie previo a un análisis por parte de la Cooperativa quien calificará el crédito para su aprobación o negación.

d.- LA COOPERATIVA siendo una Institución del sistema financiero, autorizada a realizar actividades financieras, podrá otorgar créditos a los socios de LA COOPERATIVA DE TRANSPORTE, quienes deberán cumplir con los requisitos de acuerdo a su política crediticia y ser calificados como sujetos de crédito;

TERCERA.- OBLIGACIONES DE:

COOPERATIVA DE TRANSPORTES.

  1. LA COOPERATIVA DE TRANSPORTE, legalmente representada por el Sr. XXXXXXXXXXXX, en calidad de Gerente y representante legal y el Sr. XXXXXXXXXXXX en calidad de Presidente, de manera libre y voluntaria, entregarán un listado de personas a LA COOPERATIVA, a fin de que sean calificadas como sujetos de crédito.
  2. La Cooperativa de Transporte, facilitara cualquier información solicitada por la Cooperativa, a fin de realizar la confirmación de los datos del sujeto de crédito.
  3. LA COOPERATIVA DE TRANSPORTE, informará oportunamente a la Cooperativa de Ahorro y Crédito en caso de que exista alguna renuncia o venta de unidad, por parte de un socio, que tenga un crédito vigente por cancelar.
  4. En caso de que alguno de sus socios fueren notificado por la Cooperativa de que se encuentra impago en sus obligaciones LA COOPERATIVA DE TRANSPORTE ayudará en la gestión de cobro, a fin de que sus socios honren sus las obligaciones.
  5. LA COOPERATIVA DE TRANSPORTE por lo créditos concedidos a sus socios aperturará una cuenta de Ahorros en la LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO CHIBULEO, cuenta en la cual los socios que hubieren obtenido los créditos autorizan a que se transfiera a esta cuenta el valor correspondiente a una cuota de acuerdo a la tabla de amortización que a cada uno le corresponda, para lo cual firmarán una autorización para respaldar dicha transferencia.
  6.   Por los créditos concedidos a cada uno de sus socios, LA COOPERATIVA DE TRANSPORTE se compromete a realizar directamente los pagos de la caja común y depositarlos en cada uno de los créditos concedidos.
  7. En caso de incumplimiento en el pago de las obligaciones contraídas por sus socios LA COOPERATIVA DE TRANSPORTE de manera libre y voluntaria autoriza a LA COOPERATIVA, debite de su cuenta el valor correspondiente al valor de una cuota incumplida.
  8. LA COOPERATIVA DE TRANSPORTE con la finalidad de reponer los valores que fueron debitados de su cuenta por incumplimiento del o los pagos de sus socios, están autorizados y por lo tanto procederán a retener los valores que le corresponda a los socios por concepto de recaudación de valores por tickets y encomiendas u otros valores pendientes a favor de sus socios.
  9. LA COOPERATIVA DE TRANSPORTE se compromete guardar las reservas del caso de las informaciones proporcionadas o recibidas, es decir no entregar está a terceros, respetando el respectivo sigilo.

       COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO CHIBULEO

  1. Por su parte la Cooperativa entregará créditos a los socios de LA COOPERATIVA DE TRANSPORTES, denominado CREDIAMIGO EMPRESARIO, siempre y cuando cada uno de ellos hayan cumplido con los requisitos y políticas de crédito de LA COOPERATIVA.
  2. Otorgará créditos inmediatos que se requieran para mantenimiento del vehículo u otras necesidades a todos y cada uno de los socios que hayan sido calificados, mantengan su cuenta activa en LA COOPERATIVA y hayan cumplido con la política de crédito.
  3. LA COOPERATIVA ofrecerá créditos a todos los socios de LA COOPERATIVA DE TRANSPORTE con el producto CREDIAMIGO EMPRESARIO, el cual cumplirán con los siguientes requisitos:

                        - Solicitud de Crédito debidamente llenada y firmada

- Copia a color de Cédulas de Ciudadanía/identidad y papeleta de votación        actualizada, deudor, garante y cónyuges.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (11 Kb) pdf (89 Kb) docx (14 Kb)
Leer 7 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com