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CUADRO COMPARATIVO DEL CONCEPTO LEGAL DEL COMERCIANTE NATURAL Y JURIDICO


Enviado por   •  8 de Junio de 2020  •  Informe  •  835 Palabras (4 Páginas)  •  1.569 Visitas

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CUADRO COMPARATIVO DEL CONCEPTO LEGAL DEL COMERCIANTE NATURAL Y JURIDICO

ACTIVIDAD 1

Por:

Asignatura: Legislación Comercial

NRC 2024

Docente: Carlos Andrés Asprilla Córdoba

Contaduría Pública

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS

CUADRO COMPARATIVO DEL CONCEPTO LEGAL DEL COMERCIANTE NATURAL Y JURIDICO

DIFERENCIAS

PERSONA NATURAL

PERSONA JURIDICA

Obtiene calidad de comerciante por ejecutar una actividad comercial.

Forma una persona diferente de las individuales que la conforman

Se identifica con número de cédula y la Dian asigna un Nit.

Se identifica con el certificado de existencia y el Nit asignado por la Dian

No requiere demostrar capital para emprender su actividad

Requiere capital en dinero o en bienes para su constitución

Está formada por una sola persona

Puede estar constituida por una o más personas

Actúa por sí mismo con su nombre personal

Actúa por medio del Representante Legal

Responde con la totalidad de su patrimonio

Posee su propio patrimonio, el cual es diferente del patrimonio de los socios, para el cumplimiento de sus obligaciones se requiere inicialmente a la sociedad para que responda con el patrimonio

SEMEJANZAS

PERSONA NATURAL

PERSONA JURIDICA

Puede realizar actividades mercantiles, puesto que puede contratar y obligarse.

Se ocupa de algunas actividades que la ley considera mercantiles

Debe cumplir obligaciones y tiene derechos como titular de sí misma

Actúa como persona ficticia, con derechos y obligaciones, representada judicial y extrajudicialmente

Debe tener matricula mercantil

Debe tener matrícula mercantil

Se guía por el mismo código de comercio

Se guía por el mismo código de comercio

Constituida legalmente

Constituida legalmente

Pago de impuestos

Pago de impuestos

Ejerce actividades económicas en el país

Ejerce actividades económicas en el país

Registro de información fiscal

Registro de información fiscal

ACTOS MERCANTILES:

  1. La adquisición de bienes a título oneroso con destino a enajenarlos en igual forma, y la enajenación de los mismos.
  2. La adquisición a título oneroso de bienes muebles con destino a arrendarlos; el arrendamiento de los mismos; el arrendamiento de toda clase de bienes para subarrendarlos, y el subarrendamiento de los mismos.
  3. El recibo de dinero en mutuo a interés, con garantía o sin ella, para darlo en préstamo, y los préstamos subsiguientes, así como dar habitualmente dinero en mutuo a interés.
  4. La adquisición o enajenación, a título oneroso, de establecimientos de comercio, y la prenda, arrendamiento, administración y demás operaciones análogas relacionadas con los mismos;
  5. La intervención como asociado en la constitución de sociedades comerciales, los actos de administración de las mismas o la negociación a título oneroso de las partes de interés, cuotas o acciones.
  6. El giro, otorgamiento, aceptación, garantía o negociación de títulos-valores, así como la compra para reventa, permuta, etc., de los mismos.
  7. Las operaciones bancarias, de bolsas, o de martillo.
  8. El corretaje, las agencias de negocios y la representación de firmas nacionales o extranjeras.
  9. La explotación o prestación de servicios de puertos, muelles, puentes, vías y campos de aterrizaje.
  10. Las empresas de seguros y la actividad aseguradora.
  11. Las empresas de transporte de personas o de cosas, a título oneroso, cualesquiera que fueren la vía y el medio utilizados.
  12. Las empresas de fabricación, transformación, manufactura y circulación de bienes.
  13. Las empresas de depósito de mercaderías, provisiones o suministros, espectáculos públicos y expendio de toda clase de bienes.
  14. Las empresas editoriales, litográficas, fotográficas, informativas o de propaganda y las demás destinadas a la prestación de servicios.
  15. Las empresas de obras o construcciones, reparaciones, montajes, instalaciones y ornamentaciones.
  16. Las empresas para el aprovechamiento o explotación mercantil de las fuerzas o recursos de la naturaleza.
  17. Las empresas promotoras de negocios y las de compra, venta, administración, custodia o circulación de toda clase de bienes.
  18. Las empresas de construcción, reparación, compra y venta de vehículos para el trasporte por tierra, agua y aire, y sus accesorios.
  19. Los demás actos y contratos regulados por la ley mercantil

ACTOS NO MERCANTILES:

  • La adquisición de bienes con destino al consumo doméstico o al uso del adquiriente, y la enajenación de los mismos o de los sobrantes.
  • La adquisición de bienes para producir obras artísticas y la enajenación de estas por su autor
  • Las adquisiciones hechas por funcionarios o empleados para fines de servicio público
  • Las enajenaciones que hagan directamente los agricultores o ganaderos de los frutos de sus cosechas o ganados, en su estado natural. Tampoco serán mercantiles las actividades de transformación de tales frutos que efectúen los agricultores o ganaderos, siempre y cuando no constituya por sí misma una empresa
  • La prestación de servicios inherentes a las profesiones libereales.

REFLEXIÓN

¿CUÁL FUE EL APRENDIZAJE GENERADO A PARTIR DEL CONCEPTO LEGAL DE QUIEN ES COMERCIANTE?

Me quedó claro que los comerciantes son quienes se ocupan de las actividades que la ley considera que son mercantiles y estos deben cumplir con los requisitos que están contemplados en el código de comercio; aplica tanto para personas naturales como jurídicas.

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