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CUCA O CUFIN


Enviado por   •  1 de Febrero de 2015  •  500 Palabras (2 Páginas)  •  294 Visitas

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¿CUCA o CUFIN?

Objetivo:

Analizar el campo de acción idóneo para amortizar la carga fiscal de una empresa.

Instrucciones:

Realiza una investigación sobre la Cuenta de Utilidad Fiscal Neta (CUFIN) y la Cuenta de Capital de Aportación (CUCA), posterior a ello, desarrolla los siguientes puntos:

a) Explica, ¿qué cuenta contable se debe reducir primero en una empresa, CUCA o CUFIN? Contesta detalladamente la pregunta mostrando la opción a elegir para amortizar la carga tributaria.

b) Finaliza la actividad mostrando un ejemplo real.

La Ley del ISR obliga a las personas morales a llevar, entre otras, las siguientes cuentas fiscales:

Cuenta de capital de aportación.

Cuenta de utilidad fiscal neta.

La primera de ellas representa el valor actualizado de las cantidades aportadas por los socios al capital; mientras que en la segunda se encuentran las utilidades acumuladas generadas por las empresas, por las cuales ya se pagó el ISR.

Las cuentas referidas son de gran importancia, pues en su momento serán utilizadas a efecto de determinar si las personas morales deben pagar el ISR cuando distribuyan dividendos o utilidades; o bien, saber si existe distribución de dividendos o utilidades en una reducción o liquidación de sociedades.

En este taller describiremos en forma clara y precisa la manera de constituir cada una de dichas cuentas, qué elementos las integran y cuáles son sus implicaciones fiscales.

El artículo 89 de la Ley del ISR establece que la Cuca se incrementará con los conceptos siguientes:

Las aportaciones de capital.

La primas netas por suscripción de acciones efectuadas por los accionistas.

Según el artículo 89 de la Ley del ISR, la Cuca se disminuirá con las reducciones de capital que se efectúen. Conceptos que no deberán incluirse en la Cuca

Conforme al artículo 89 de la Ley del ISR, el saldo de la Cuca que se tenga al día del cierre de cada ejercicio se actualizará con el factor siguiente:

INPC del mes del cierre del ejercicio de que se trate

(/) INPC del mes en que se efectuó la última actualización

(=) Factor de actualización

Cuando se efectúen aportaciones o reducciones de capital, con posterioridad a la actualización referida, el saldo de la cuenta que se tenga a esa fecha se actualizará por el periodo comprendido desde el mes en el que se efectuó la última actualización y hasta el mes en el que se pague la aportación o el reembolso, según corresponda.

La cufin no es otra cosa que las cantidades por las que la persona moral (pm) en cuestión ya pagó el isr correspondiente y que consecuentemente al momento del reparto de los dividendos o utilidades a los accionistas o socios, ya no se debe pagar isr, siempre y cuando la cufin sea

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