Civil normal, el proceso judicial de divorcio
Enviado por GLOMERLO • 2 de Junio de 2015 • Informe • 1.393 Palabras (6 Páginas) • 381 Visitas
BARRERA MENDEZ ADELA ILDEGARDA.
V. S.
PÉREZ LORENZO JUAN MOISÉS.
JUICIO ORDINARIO CIVIL.
EXPEDIENTE:
SECRETARIA:
ESCRITO INICIAL.
C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO DEL DISTRITO
JUDICIAL DE NEZAHUALCOYOTL,
ESTADO DE MÉXICO.
P R E S E N T E
ADELA ILDEGARDA BARRERA MENDEZ, por mi propio derecho, señalando como domicilio para el único efecto de oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos los estrados del juzgado competente, autorizando para los mismos efectos a los CC. LICENCIADOS EN DERECHO FERNANDO JOSE ESCOBAR ALBA con número de cédula 3049605 y JOSÉ LUIS GÓMEZ DORANTES con número de cédula 3998421, ambas otorgadas a su favor por la Dirección General de Profesiones, dependiente de la Secretaria de Educación Pública, así como a los pasantes en Derecho ULISES MILKO TAPIA FLORES, GUILLERMO MALDONADO DAVILA y ARELI TERECITA BARRERA MENDEZ indistintamente, ante usted con la consideración y respeto debido, comparezco y expongo:
Que en la vía propia del juicio ordinario civil, vengo a demandar del C. JUAN MOISES PEREZ LORENZO, quien puede ser emplazado y llamado a juicio mediante exhorto que se sirva emitir su señoría al Juzgado competente en Valle de Chalco Solidaridad, en su domicilio ubicado en la calle Santa María, Manzana 46, lote 24, Colonia San Agustín, Atlapulco, Código Postal 57850, reclamándole el pago y cumplimiento de las siguientes:
P R E S T A C I O N E S.
a) La perdida de la patria potestad que ejerce el señor JUAN MOISES PEREZ LORENZO en favor de mis menores hijos MOISES y YAHITA ambos de apellidos PEREZ BARRERA, por la falta de suministrar alimentos.
b) El otorgamiento de una pensión alimenticia PROVISONAL Y EN SU MOMENTO DEFINITIVA en favor de nuestros menores hijos MOISES y YAHITA ambos de apellidos PEREZ BARRERA.
c) Las pensiones alimenticias de manera retroactiva, toda vez que desde agosto de 1996, abandono el domicilio conyugal y hasta la fecha nunca se ha preocupado por la alimentación, la educación, la salud, el vestido, el hogar y la diversión de nuestros menores hijos MOISES y YAHITA ambos de apellidos PEREZ BARRERA.
d) El pago de la cantidad de $250,000 (doscientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), misma que debido a la omisión del hoy demandado de proporcionar a nuestros menores hijos MOISES y YAHITA ambos de apellidos PEREZ BARRERA ayuda económica, la suscrita se vio en la necesidad de pedir prestado para solventar los gastos alimenticios.
e) La guarda y custodia provisional y definitiva a favor de la suscrita ADELA ILDEGARDA BARRERA MENDEZ de mi menores hijos MOISES y YAHITA ambos de apellidos PEREZ BARRERA.
g) El pago de gastos y costas que se originen con motivo de la tramitación del presente juicio.
Fundan y motivan esta demanda las siguientes consideraciones de hechos y de derecho que a continuación paso a exponer:
H E C H O S.
1. La suscrita y el señor JUAN MOISES PEREZ LORENZO, iniciamos vida en común en marzo de 1993.
2. De la unión libre referida en el hecho inmediato anterior, el demandado y la suscrita procreamos dos hijos que llevan por nombre MOISES y YAHITA ambos de apellidos PEREZ BARRERA, quienes actualmente tienen 13 y 11 años de edad, respectivamente. Tal como lo acredito con los atestados públicos de las actas de nacimiento que acompaño (anexo 1 y 2).
3. Establecimos como último domicilio conyugal en el que cohabitamos, el demandado y la suscrita el ubicado en ***
4. Sin embargo en agosto de 1996, por diversos y múltiples problemas que tenia con mi concubino, este decidió dejar el hogar conyugal y trasladarse a otro domicilio, sin que hasta la fecha, haya regresado al hogar conyugal, dejando de cumplir con sus obligaciones tanto con la suscrita como con sus hijos MOISES y YAHITA ambos de apellidos PEREZ BARRERA.
5. Tal es el caso, que a partir de nuestra separación, es decir en agosto de 1996, el hoy demandado se ha desentendido totalmente de los alimentos, de la educación, de la salud, del vestido, del hogar y la diversión de nuestros menores hijos MOISES y YAHITA ambos de apellidos PEREZ BARRERA.
6. El hoy demandado, desde agosto de 1996 a la fecha ha dejado de proporcionar alimentos a nuestros menores hijos MOISES y YAHITA ambos de apellidos PEREZ BARRERA y a la suscrita, sin causa justificable.
7. Ante la situación económica de la suscrita, y ante
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