Como Elaborar Una Demanda De Responsabilidad Civil
Enviado por cladiaydaniel • 6 de Mayo de 2013 • 1.016 Palabras (5 Páginas) • 948 Visitas
DEMANDA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL
SEÑOR,
JUEZ CIVIL MUNICIPAL DE MEDELLIN - DE REPARTO
E. S. D.
REF: DEMANDA ORDINARIA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL DE GLORIA MARIA ALZATE CUERVO, CONTRA EL MUNICIPIO DE MEDELLIN – SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS.
CARLOS DANIEL GIL MOLINA mayor de edad, domiciliado en el Municipio de Medellín, identificado con la cedula de ciudadanía número 3.482.211 de Medellín, Abogado titulado y en ejercicio, portador de la Tarjeta Profesional número 8975 del Consejo Superior de la Judicatura, respetuosamente manifiesto que obrando como apoderado judicial de la Señora, GLORIA MARIA ALZATE CUERVO ,conforme al poder adjunto, quien es persona mayor de edad, con domicilio y residencia la ciudad de Medellín, mediante el presente escrito instauro Demanda Ordinaria de Menor Cuantía por Responsabilidad Civil Extracontractual contra EL MUNICIPIO DE MEDELLIN, Representada Legalmente por su Alcalde, el señor ANIBAL GAVIRIA CORREA, y/o quien haga sus veces, quien es persona mayor de edad, con domicilio y residencia en la ciudad de Medellín, para que se hagan las declaraciones y condenas que más adelante formularé, todo ello con base en los siguientes:
FUNDAMENTOS DE HECHO:
El día 18 de Enero del año 2013, la señora GLORIA MARIA ALZATE CUERVO, se dirigía como era habitual a su lugar de trabajo en la CR 45 N° 41B – 50. Conduciendo su vehículo marca Mazda, con placas K H K 739 de Envigado y por causa de una alcantarilla, que estaba siendo revisada por la Secretaria de Obras Públicas de Medellín, la cual no contaba con las respectivas señalizaciones verticales ( trabajos en la vía, cerramiento del área de trabajo y demás), igualmente la misma se encontraba totalmente descubierta, motivo por el cual el vehículo de la señora GLORIA MARIA ALZATE CUERVO, impacto con la alcantarilla, ocasionando desprendimiento de la llanta delantera izquierda, produciendo esto que el vehículo perdiera el control y diera rombos en la vía, finalmente colisionara con un tracto camión de placas T B A 076 de Medellín, que se encontraba transitando por la misma vía. Dando como resultado la pérdida total del vehículo de la señora GLORIA MARIA ALZATE CUERVO, daños físicos considerados en contusiones severas y varias fracturas, como se especifica más detalladamente en la historia clínica que anexo.
PRETENSIONES:
Como ha quedado probado y teniendo en cuenta que EL MUNICIPIO DE MEDELLIN, es civilmente responsable por los daños MATERIALES E INMATERIALES ocasionados a las personas que integran la parte demandante en la presente DEMANDA: Señora , GLORIA MARIA ALZATE CUERVO, Solicito se reconozcan los siguientes VALORES COMO REPARACION INTEGRAL DE LOS PERJUICIOS CAUSADOS:
PRIMERA: La cuantía de las pretensiones en razón de los perjuicios MATERIALES, estimados en la suma de 56 salarios mínimos legales vigentes y los INMATERIALES estimados en la suma de 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes para la Sra. GLORIA MARIA ALZATE CUERVO.
SEGUNDA: De la misma manera reconózcase a su hijo ANDRES GIL ALZATE el equivalente a 15 salarios mínimos mensuales legales vigentes en razón de los perjuicios INMATERIALES. (Perjuicios morales).
TERCERA: Y en calidad de cónyuge se me reconozca, a mi propio nombre CARLOS DANIEL GIL MOLINA el equivalente a 20 salarios mínimos mensuales legales vigentes en razón de los perjuicios INMATERIALES O LO QUE RESULTE PROBADO EN EL PROCESO BAJO EL PRINCIPIO DE LA REPARACION INTEGRAL,
...