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Comparación De Las Constituciones Venezuela Colombia


Enviado por   •  5 de Abril de 2015  •  1.418 Palabras (6 Páginas)  •  348 Visitas

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UNIVERSIDAD DE LOS ANDES

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS

ESCUELA DE DERECHO

ESTUDIO INTERACTIVO DERECHO A DISTANCIA.

TEORIA DE LA FUNCION PÚBLICA

COMPARACIÓN DE LA CLASIFICACIÓN LEGAL VENEZOLANA DEL FUNCIONARIO PÚBLICO Y EL SERVIDOR PÚBLICO EN COLOMBIA

Briceño Araujo César O.

VALERA FEBRERO 2014

COMPARACIÓN DE LA CLASIFICACIÓN LEGAL VENEZOLANA DEL FUNCIONARIO PÚBLICO Y EL SERVDOR PÚBLICO EN COLOMBIA.

En lo referente a la definición, características y clasificación del funcionario público existen, similitudes y diferencias entre los distintos ordenamientos jurídicos en Iberoamérica, a continuación se compara lo dispuesto en nuestro ordenamiento legal, con lo establecido en la normativa legal de Colombia.

FUNCIONARIO PÚBLICO EN VENEZUELA SERVIDOR PÚBLICO EN COLOMBIA

Tiene su basamento legal en el Art.146 de la CRBV “Los cargos de los órganos de la Administración Pública son de carrera. Se exceptúan los de elección popular, los de libre nombramiento y remoción los contratados y contratadas los obreros y obreras al servicio d la administración pública y los demás que determine la ley.

El ingreso de los funcionarios públicos y funcionarias públicas a los cargos de carrera será por concurso público, fundamentado en principios de honestidad y eficiencia. El ascenso estera sometido a métodos científicos basados en el sistema de meritos, y el traslado suspensión o retiro será de acuerdo con su desempeño Tiene su basamento legal en la Constitución Política de la Colombia, en el Art. 123. “Son servidores públicos los miembros de las corporaciones públicas, los empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente y por servicios. Los servidores públicos están al servicio del Estado y de la comunidad; ejercerán sus funciones en la forma prevista por la Constitución, la ley y el reglamento. La ley determinará el régimen aplicable a los particulares que temporalmente desempeñen funciones públicas y regulará su ejercicio.

Art. 125 Los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera. Se exceptúan los de elección popular, los de libre nombramiento y remoción, los de trabajadores oficiales y los demás que determine la ley. Los funcionarios, cuyo sistema de nombramiento no haya sido determinado por la Constitución o la ley, serán nombrados por concurso público.

El ingreso a los cargos de carrera y el ascenso en los mismos, se harán previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes. El retiro se hará: por calificación no satisfactoria en el desempeño del empleo; por violación del régimen disciplinario y por las demás causales previstas en la Constitución o la ley. En ningún caso la filiación política de los ciudadanos podrá determinar su nombramiento para un empleo de carrera, su ascenso o remoción.

Los funcionarios públicos, se rigen por la Ley del Estatuto de la Función Pública Los servidores públicos se rigen por el Estatuto Único Disciplinario o Ley 200 de 1995, y la Ley 909 de 2004

Los funcionarios públicos se clasifican en:

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