Compraventa Y Permuta
Enviado por spiritreaper1390 • 21 de Mayo de 2014 • 630 Palabras (3 Páginas) • 311 Visitas
Unidad 2
COMPRAVENTA Y PERMUTA.
Análisis de los art. 1850 a 1907. C.C.J.
Cedeño Ramos Patricia Janet
21/02/2013
La compraventa.
“La compraventa es un contrato por virtud del cual una persona transfiere a otra la propiedad de un bien, a cambio de un precio cierto y en dinero.”
La compraventa, puede ser prefecta, esta si se cumple con todo lo pactado (precio y modo de pagar, lugar de entrega del bien, y Obligatoria cuando una de las partes se desiste de cumplir a lo que se había obligado en el contrato. En ocasiones la compraventa es confundida con el contrato de permuta, pero la gran diferencia radica en que en la primera el valor del bien vendido será cubierto de manera pecuniaria mientras que en el segundo estamos hablando del conocido “trueque” para lo anterior nuestra legislación civil nos hace una aclaración: …”Si el precio del bien vendido se ha de pagar parte en dinero y parte con el valor de otro bien, el contrato será de venta cuando la parte de numerario sea igual o mayor que la que se pague con el valor de otro bien. Si la parte en numerario fuere inferior, el contrato será de permuta.”
Restricciones para celebrar el contrato de compraventa.
Tienen restricción para celebrar el contrato de compraventa:
Los consortes no pueden celebrar entre sí, solo que el bien y el dinero con el que se va a pagar pertenezca en exclusiva a uno de ellos.
Los magistrados, jueces, árbitros, agentes del ministerio público y defensores oficiales no podrán comprar bienes que sean objeto de juicio que se tramite dentro de su jurisdicción.
Los hijos sujetos a patria potestad solamente pueden vender a sus padres los bienes que hayan adquirido por su trabajo.
Los copropietarios de un bien indiviso cuando no se hubiere pactado la renuncia del derecho del tanto, en los términos previstos en este código relativos a la copropiedad;
No pueden comprar los bienes de cuya venta o administración estén encargados:
a) Los tutores y curadores;
b) Los mandatarios;
c) Los albaceas o ejecutores testamentarios y los que fueren nombrados en caso de intestado;
d) Los interventores nombrados por el testador o por los herederos;
e) Los representantes, administradores e interventores en caso de ausencia;
f) Los servidores públicos; y
g) Las demás personas que administren bienes ajenos por cualquier causa, salvo que por mandato tengan la facultad para ello; y
Los bienes que hayan sido adquiridos por las personas mencionadas anteriormente serán nulos.
La entrega del bien puede ser:
La entrega material es cuando se entrega físicamente el bien o el título que lo represente.
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