Contestacion
Enviado por gertru13 • 4 de Septiembre de 2014 • 9.074 Palabras (37 Páginas) • 188 Visitas
HECHOS
1.- En cuanto al hecho que señala la C. ________________________ en parte es cierto y en parte es falso. Cierto en el sentido que laboraba como SECRETARIA PRIVADA de la Presidenta del DIF de la Administración Anterior, cargo que es de plena CONFIANZA y que como acredita el artículo 90 Fracción X de la Ley De los Municipios del Estado De Quintana Roo que a la Letra Dice: “El Presidente Municipal tendrá las siguientes facultades y obligaciones: Fracción X. Nombrar y remover a los servidores públicos municipales cuya designación no sea facultad exclusiva del Ayuntamiento”; mismo que se relaciona con la prueba documental que la parte actora adjunta en su demanda, Asimismo, manifiesta que fue despedida de manera Injustificada el día 03 de Octubre por la C._________________, hecho que es totalmente falso, toda vez que por el contrario a partir de la fecha en que esta Administración tomo posesión, la C. __________________ por su propia voluntad dejó de asistir del 1 de Octubre de 2013 por más 3 días consecutivos a sus labores, lo que origina que automáticamente cese la relación laboral como lo establece el artículo 47 Fracción X de la Ley Federal Del Trabajo y 53 Fracción V de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado de Quintana Roo, por lo tanto, resulta totalmente improcedente la acción que la actora intenta en contra de este H. AYUNTAMIENTO, así como la falta de acción para solicitar las prestaciones que reclama. Lo que respecta al pago de la Segunda parte del aguinaldo del año 2012 así como parte proporcional del aguinaldo 2013 y pago de las dos quincenas laboradas del mes de Septiembre 2013 que solicita la C. GLORIA __________________________ es improcedente por que dichos pagos correspondía realizarlos a la administración anterior 2011- 2013.
2.- En cuanto al hecho que señala el C. ____________________________, en parte es cierto y en parte es falso. Cierto en el sentido que laboraba como Auxiliar de Comunicación Social, en la Administración Anterior mismo que se relaciona con la prueba documental que la parte actora adjunta en su demanda y falso en cuanto manifiesta que fue despedido de manera Injustificada el día 03 de Octubre por la C. ROSSANA ROMERO ÁVILA, hecho que es totalmente falso, toda vez que por el contrario a partir de la fecha en que esta Administración tomo posesión, la parte actora por su propia voluntad dejó de asistir del 1 de Octubre de 2013 por más 3 días consecutivos a sus labores, lo que origina que automáticamente cese la relación laboral como lo establece el artículo 53 Fracción V de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado de Quintana Roo, por lo tanto, resulta totalmente improcedente la acción que la actora intenta en contra de este H. AYUNTAMIENTO, así como la falta de acción para solicitar las prestaciones que reclama. Lo que respecta al pago de la Segunda parte del aguinaldo del año 2012 y pago de las dos quincenas laboradas del mes de Septiembre 2013 que solicita el C. ______________________, es improcedente por que dichos pagos correspondía realizarlos a la administración anterior 2011- 2013.
3.- En cuanto al hecho que señala el C. GASPAR MELCHOR PUC HERNÁNDEZ, en parte es cierto y en parte es falso. Cierto en el sentido que laboraba como Auxiliar de Comunicación Social, en la Administración Anterior mismo que se relaciona con la prueba documental que la parte actora adjunta en su demanda y falso en cuanto manifiesta que fue despedido de manera Injustificada el día 03 de Octubre por la C. ROSSANA ROMERO ÁVILA, hecho que es totalmente falso, toda vez que por el contrario a partir de la fecha en que esta Administración tomo posesión, la parte actora por su propia voluntad dejó de asistir del 1 de Octubre de 2013 por más 3 días consecutivos a sus labores, lo que origina que automáticamente cese la relación laboral como lo establece el artículo 53 Fracción V de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado de Quintana Roo, por lo tanto, resulta totalmente improcedente la acción que la parte actora intenta en contra de este H. AYUNTAMIENTO, así como la falta de acción para solicitar las prestaciones que reclama. Lo que respecta al pago de Aguinaldo y pago de las dos quincenas laboradas del mes de Septiembre 2013 que solicita el C. GASPAR MELCHOR PUC HERNÁNDEZ, es improcedente por que dichos pagos correspondía realizarlos a la administración anterior 2011- 2013.
4.-En cuanto al hecho que señala el C. LEONEL SANTOS TUYUB MARTÍN en parte es cierto y en parte es falso. Cierto en el sentido que laboraba como Director de Egresos en la Administración Anterior y cargo que es de plena CONFIANZA mismo que se relaciona con la prueba documental que la parte actora adjunta en su demanda, pero son falsos en cuanto a que manifiesta que fue contratado en fecha 12 de abril de 2011, cuando en realidad fue nombrado mediante Sesión Ordinara de Cabildo tal y como lo acredita la Ley De Los Municipios en su artículo 54 Fracción I y Artículo 66 Fracción I Inciso h en el entendido que cuando Cabildo nombra un nuevo Director de Egresos el cargo del anterior queda sin efecto, debiendo ser de su conocimiento que se deberá retirar voluntariamente de su labor sin responsabilidad para el H. Ayuntamiento sin embargo manifiesta que fue despedido de manera Injustificada el día 03 de Octubre por la C. ROSSANA ROMERO ÁVILA, hecho que es totalmente falso, toda vez que por el contrario a partir de la fecha en que esta Administración tomo posesión, por su propia voluntad dejó de asistir del 1 de Octubre de 2013 por más 3 días consecutivos a sus labores, lo que origina que automáticamente cese la relación laboral como lo establece el artículo 47 Fracción X de la Ley Federal del Trabajo y 53 Fracción V de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado de Quintana Roo, por lo tanto, resulta totalmente improcedente la acción que la actora intenta en contra de este H. AYUNTAMIENTO, así como la falta de acción para solicitar las prestaciones que reclama por lo que No fue objeto de DESPIDO INJUSTICADO como manifiesta. Lo que respecta al pago de la Segunda parte del aguinaldo del año 2012 así como parte proporcional del aguinaldo 2013 y pago de las dos quincenas laboradas del mes de Septiembre 2013 que solicita el C. LEONEL SANTOS TUYUB MARTÍN es improcedente por que dichos pagos correspondía liquidarlo a la administración anterior 2011- 2013.
5.- En cuanto al hecho que señala la C. MARÍA NIDELVIA MAY XIU en parte es cierto y en parte es falso; es cierto lo que la parte actora señala del puesto de Confianza que desempeñaba y salario que percibía; mismo que se relaciona
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